La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) le recordó a los contribuyentes con deudas tributarias que este viernes 30 de junio se vence el plazo para que se pongan al día pagando solo el 50% de los intereses de mora, tal como lo establece la Ley 2277 de 2022 (Reforma Fiscal para la Igualdad y Justicia Social).
Para tal fin, la entidad ha puesto dispuesto a disposición canales presenciales y no presenciales para que a los ciudadanos se les facilite pagar sus deudas. Es posible agendar una cita virtual a través de la página web (www.dian.gov.co) o llamar al número (601) 3078064 para obtener información acerca de los procesos de interés.
Los ciudadanos también podrán ser citados por la entidad para que asistan a los distintos puntos de atención en las ciudades del país, para que así obtengan información del estado de sus procesos y los recibos de pago con el cálculo de los intereses del beneficio.
Así mismo, se informó que “en el marco la jornada ‘Al día con la DIAN, le cumplo al país’, y de acuerdo con la priorización de estrategias para gestionar deudores de actividades económicas que requieren un mayor control para el cumplimiento de obligaciones, la administración tributaria desarrollará esta semana diferentes actividades para invitar al pago de las obligaciones en mora”, dijo la Dian.
La entidad trabaja para evitar la evasión de impuestos, por lo que hace algunos meses denunció ante la Fiscalía a varios ciudadanos morosos que adeudan en conjunto más de 14 billones de pesos. “Son personas que han hecho estos cobros de IVA, por ejemplo, a los clientes, pero no le han pasado esa plata al Estado. Se están financiando con plata de todos los colombianos”, afirmó Luis Carlos Reyes, director de la entidad.
Por ejemplo, cerca de 10.479 contribuyentes que realizan actividades económicas relacionadas con los sectores de explotación de minas y canteras, petróleo y gas tienen obligaciones tributarias en mora que se acercan a 3,62 billones de pesos.
De hecho, la Dian identificó que el 72% de los contribuyentes con cartera morosa más alta realizan extracción de petróleo en crudo (51%); comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos, gaseosos y productos conexos (9%), extracción de hulla (carbón de piedra) (7%) y Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y de gas natural (5%).
En cuanto a la zona de influencia geográfica, el 92% tiene el domicilio para realizar sus operaciones en Bogotá (81%), Antioquia (5%), Cundinamarca (3%) y Bolívar (3%). Además, el 57% de los deudores están catalogados como grandes contribuyentes, el 39% son personas jurídicas y el 4% restante son personas naturales.
Las facilidades de pago que ofrece la Dian
La Dian ha dispuesto de mecanismos para que los deudores puedan pagar las moras a cuotas. Para solicitar estas facilidades de pago, el deudor debe hacer una carta en la que se hace la solicitud y se explica sobre cuáles moras desea que se aplique la facilidad, el plazo con el que se busca pagar, la prioridad de las cuotas y documentos que soporten una garantía para ello.
Estas facilidades pueden ser otorgadas por la entidad en un plazo de un año y se requieren como condiciones ser un asalariado o asalariada y aportar un certificado de riesgos, para lo cual se pide una denuncia de bienes que incluya la ubicación e identificación de los mismos.
Dian y la Fiscalía citaron a 1.200 morosos
El 8 de mayo del 2023, la Dian mostró su preocupación por los más de 321.000 deudores que no se habían puesto a paz y salvo con las obligaciones, que en ese momento sumaban $14 billones. Por eso, entre las medidas que tomó la entidad se encuentra trabajar de manera conjunta con la Fiscalía General de la Nación para que se pongan al día con el pago de los impuestos.
Para ayudarle a los deudores, la Dian anunció que hasta el 15 de mayo tenían los contribuyentes que se encontraban atrasados en el pago de los impuestos tendrían plazo para radicar y llegar a un acuerdo de pago con la entidad. Esto, con el fin de facilitar el pago de las obligaciones pendientes, beneficio que otorgó la reforma tributaria de Gustavo Petro.
Gracias al beneficio, los contribuyentes que se encontraban en mora podrían normalizar las obligaciones pendientes al pagar solo el 50% de los intereses y el 40% de las sanciones e intereses de las declaraciones de impuestos que hayan omitido presentar que en la que se deba hacer alguna corrección.
“Según lo definido por la reforma tributaria, la reducción a 50% de la tasa de interés de mora aplica si el contribuyente paga el valor total del impuesto adeudado. En el mes de mayo la tasa de usura es del 45.41%, descontando los dos puntos porcentuales (2%) señalados en la norma = 43,41%, aplicando la reducción del 50% paga una tasa de interés del 21.7% hasta el 31 de mayo de 2023″, explicó la Dian en ese momento.
La entidad también recordó que únicamente podrán acceder a facilidades de pago con plazo de un año o inferior los deudores que no hayan incumplido con las facilidades para el pago durante el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.