En medio de la avalancha de proyectos convertidos en ley durante los últimos días del Congreso de la República se cuenta uno especial para la participación de las mujeres. La Cámara de Representantes aprobó la conciliación un proyecto que establece la participación paritaria en las diferentes ramas y órganos del poder público.
Según la representante y autora de la iniciativa Catherine Juvinao, esta iniciativa le garantiza a las mujeres ocupar, por lo menos, el 50% de los altos cargos del Estado. De acuerdo con la senadora Angélica Lozano, es “un paso histórico para la participación de las mujeres en Colombia”.
El proyecto que solo necesita la firma del presidente de la República para ser ley, establece que los cargos del máximo nivel decisorio del poder público deberán estar integrados la mitad de ellos por mujeres. Así mismo en los otros niveles y en las delegaciones oficiales diplomáticas o en el exterior.
En este último, las normas existentes solo establecían que se debían incluir mujeres, pero no se establecía en qué nivel. Con el nuevo texto se deja claro que deberá ser en paridad, por lo que el número de hombres y mujeres deberá ser equitativo en las delegaciones en el exterior.
Esto representa un incremento de la participación de las mujeres en los cargos del Estado, que desde el 2000 era del 30%. Ahora, con la modificación de la Ley 581, se logra la paridad, un paso decisivo, pero al que le faltan otros aspectos para garantizar el acceso a niveles decisorios tanto a ellas como a otros géneros.
“Se aprobó la conciliación del proyecto para participación paritaria solo en cargos del Estado. Lastima que no se haya aprobado la paridad electoral, para que las mujeres ocupen el 50% de las listas a cargos de elección popular”, señaló el magistrado del Consejo Nacional Electoral, César Lorduy.
La razón de la crítica es que el texto de la norma aprobada dice que las listas de inscripción de candidatos a elección tanto popular como en consulta, que tengan cinco o más candidatos, deberán contener un mínimo de 30% “de uno de los géneros. Además, a partir de 2026, las listas en las que se elijan menos de cinco curules deberán tener al menos una mujer.
“Esa es la razón por la cual insisto en que se acoja el texto del Código Electoral aprobado por el Senado, en donde se contempla que en las listas en donde se elijan 5 o más curules para corporaciones de elección popular deberán conformarse por un mínimo de 50%”, agregó Lorduy.
La participación de las mujeres en política está rezagada como lo muestran las cifras. De acuerdo con la Misión de Observación Electoral MOE, “solo el 22,88% de las personas que fueron elegidas a Concejos, Asambleas y JAL, son mujeres”, y en el país solo hay dos gobernadoras y dos alcaldesas de las 32 ciudades.
Para esa veeduría electoral, el proyecto era clave para promover la participación femenina en cargos de poder del Estado. Pero planteó que aún hacen falta debates y ajustes normativos que hacer para abrir las posibilidades a todos los grupos poblacionales para participar.
Por ejemplo, desde la MOE proponen que se creen mecanismos para integrar a grupos históricamente subrepresentados en la conformación de poder, como personas con pertenencia étnica. Así mismo, señalan que el proyecto de ley aprobado tiene una visión binaria, por lo que deja en el limbo a las identidades trans.
“Garantizar la participación en condiciones de igualdad y sin trato discriminatorio para las mujeres no puede culminar allí”, señaló María del Rosario Perea, coordinadora de Inclusión y Diversidad de la MOE. Entre sus llamados está que en las listas de circunscripciones especiales también se excluyeron los principios de paridad, por lo que todavía hay camino que andar.