La Corte Constitucional declaró inconstitucional la exigencia de 1.300 semanas de cotización para que las mujeres en Colombia obtengan la pensión de vejez. Esto, luego de estudiar una demanda en contra de un apartado del artículo 9° de la Ley 797 de 2003, “por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales”.
De igual forma, indicó que el Congreso de la República tendrá hasta el 31 de diciembre de 2025 para regular el tema. De no cumplirse la fecha estipulada, de acuerdo con el alto tribunal, las mujeres se pensionarán a las 1.000 semanas, de manera progresiva, a partir de 2026.
Al respecto, Infobae Colombia consultó al profesor de Seguridad Social e investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario Fabián Hernández, que aclaró algunos puntos y dejó entrever que la decisión de la Corte Constitucional no es tan buena como se esperaría.
Lo bueno y lo malo
Aseguró que como bueno se debería ver el hecho de que a las mujeres se les rebajen las semanas necesarias para acceder a una pensión, porque la Corte entiende que por cuestiones de género, quienes se quedan en las casas a cuidar las personas, a los ancianos, a los inválidos de la familia, son las mujeres y por ello, durante ese tiempo, pues no cotizan y eso llevaría a que no logren las semanas necesarias, que son 1.300.
Entonces, precisó, eso aliviaría la posibilidad de que exigiéndoles menos semanas pudieran llegar al beneficio pensional.
Anotó que, en realidad, las personas que se quedan al cuidado de las familias o que desarrollan estas actividades no remuneradas no participan en el sistema. Entonces, dijo, “bajar las semanas va a beneficiar a un grupo realmente pequeño de mujeres”, porque el promedio real de participación femenina en el sistema es de 480 semanas.
Para él, por un lado, es interesante y deseable en lo social, pero en realidad el efecto en reconocimiento de una gran cantidad de pensiones, como se espera, no es real.
Por otro lado, manifestó que se plantea un efecto negativo en materia económica, porque para acceder a la pensión se necesita que uno la compre por medio del pago de 1.300 semanas.
“Si a mí me la venden en solo 1.000 para darme exactamente el mismo producto, tiene que haber un subsidio por esas 300 semanas restantes. Y la pregunta no es ¿qué interesante que se bajen las semanas?, sino ¿de dónde saldrá ese dinero para para rellenar el tiempo de 300 semanas que estas personas no paguen al sistema?”, cuestionó.
Subrayó que por eso la Corte le dice al Gobierno y al Legislativo que les da hasta el 31 de diciembre del 2025 para que se inventen formas para que la mujer pueda acceder de manera remunerada al mercado de trabajo. En ese evento en que se bajen las semanas, pues que el Gobierno también se invente de dónde va a salir la plata.
Advirtió que si de aquí a esa fecha el Gobierno no lo hace, entonces la Corte dará la orden de que en 2026 se reduzcan 50 semanas y de ahí 25 por año hasta 2036. Además que, moralmente, esto plantea que las mujeres en Colombia participan de situaciones de pobreza, que entonces no van a cambiar en diez años y que luego en diez años las mujeres seguirán igual de pobres.
“Eso angustia. ¿Eso significa que el país no va a salir adelante?, ¿eso significa que el país no va a poder reconocer salarios y trabajos realmente bien remunerados para estas personas?, ¿significa que necesariamente dentro de diez años vamos a seguir viendo la misma pobreza sin avanzar ni un paso? Esa visión no se tiene y pues es dramática”, enfatizó Hernández.
Los requisitos
Ante los requisitos que se exigen para pensionarse, el profesor de Seguridad Social e investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario aseguró que se necesitan los dos: tener cotizadas 1.000 semanas y tener 57 años de edad.
Sobre esto, apuntó que esto es lo requerido para un aseguramiento, es decir, se compra el seguro de pensión de vejez por medio del pago de cuotas, que son 1.300 cuotas y el siniestro para los efectos de aseguramiento es cumplir la edad.
“Si uno no compra, es decir, no paga la semana, no tiene derecho a pensionarse, así se siniestre, así cumpla los 57 o 62 años, Igualmente, si uno se siniestra y cumple 57 o 62 años y no tiene las semanas correspondientes, pues no compró el seguro y habrá algo que se llama indemnización sustitutiva, es decir, sustituye la pensión por una devolución de un dinero. Entonces, los dos requisitos son igualmente necesarios”, aclaró Hernández.
Qué pasa con los que ya tienen los requisitos cumplidos
En este momento, según él, no pasa nada con las mujeres que ya tienen los requisitos cumplidos. Esto, porque la primera reducción que se presentaría sería de 50 semanas en 2026, lo que significa que en el 2026 no se requerirían para las mujeres 1.300 semanas, sino 1.250, mientras en 2027 sería 1.225, en el 2028 sería 1.200 y así sucesivamente.
“Esto no es de aplicación inmediata y decir que ‘yo tengo 1.000 semanas y ya voy a salir corriendo a pensionarme’”, lamentó.
Reforma pensional
El proyecto de reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro trae un artículo que establece una reducción de 50 semanas por cada hijo (máximo tres hijos) que tenga la mujer. Sobre esto, dijo que esa reducción es más interesante porque lo que sé del proyecto de ley es que esas 50 semanas se verían representadas en un bono económico que se le tendría que entregar a Colpensiones o a la administradora de fondos privados (AFP).
Ahí, indicó, ya se habla de plata. Se le dice a la mujer: “Mire, usted se va a cuidar a su hijo recién nacido un año, no trabaje y yo le repongo por con un dinero esas 50 semanas”. Entonces, añadió, que ahí no hay un vacío como en la decisión de la Corte, porque para bajar de 1.300 a 1.000 semanas implica un vacío de 300 semanas que no se cotizan, mientras que en el proyecto de ley se plantea esa posibilidad de 50 semanas por hijo.
“Si son tres hijos, serían tres años que la mujer no cotizaría, pero sí hay un dinero que tendrá que decir la norma de dónde sale que reemplaza esas 50 semanas”, puntualizó.
Por supuesto, confirmó que eso significaría el crecimiento del déficit pensional, porque es un 23% menos de tiempo que la persona va a cotizar. Luego, es un porcentaje importante de la cotización.
De acuerdo con el profesor, no hay una diferencia entre las personas de bajos ingresos y las de alto ingresos en la referencia de la Corte, lo cual significa que una persona que devenga un salario mínimo con 1.000 semanas se verá beneficiada porque no tiene que cotizar 1.300, entonces el esfuerzo económico del país es reducido porque es llenarle un salario mínimo.
“No hay ninguna distinción con una persona que se gane 20 salarios mínimos. Esta mujer que gane 20 salarios mínimos estaría igual de beneficiada con esas 1.000 semanas y para pagarle una pensión sobre 20 salarios mínimos vamos a requerir mucho más dinero, sobre todo, si ella dice ‘llegué a las 1.000, ya para qué cotizo más’”, precisó al anotar que ese dinero aún no se sabe todavía dónde va a salir.
El papel de Colpensiones y los fondos privados
Frente a papel de Colpensiones y que mucha más gente se iría a pensionar en dicho fondo público y no en los privados, anotó que si la mujer ve que se pensional con 1.000 semanas en Colpensiones, pues no hace nada en el fondo privado.
“Se acaban los fondos privados para las mujeres. No habría razón para una mujer para estar en el fondo privado”, concluyó.