Al considerar que es “inconveniente para las familias colombianas”, el senador Miguel Uribe Turbay anunció que demandó el Plan Nacional de Desarrollo (PND) ante la Corte Constitucional. De acuerdo con el congresista del Centro Democrático, la que será la hoja de ruta para el restante del gobierno de Gustavo Petro salió adelante en el Congreso mediante “pupitreo”.
El senador de la bancada de oposición aseguró que, al igual que con las reformas de salud y laboral, el PND tendría “vicios de procedimiento en su trámite legislativo”, porque desde el Ejecutivo tenían afán en sacarlo adelante y por eso exhortó a los magistrados del tribunal constitucionalista para que “en el marco de la independencia de poderes le exijan al Gobierno cumplir con la Constitución”, aseveró el legislador uribista en un video oficial de su perfil de Twitter.
Allí, Uribe Turbay describió varios de los problemas que él y sus compañeros opositores le encontraron al proyecto denominado como Colombia Potencia Mundial de la Vida, que fue de los últimos actos legislativos que lideró el expresidente del Congreso Roy Barreras.
“Además de haber sido aprobado irregularmente, este plan es inconveniente para los colombianos pues aumenta el riesgo de corrupción, promueve la expropiación, dificulta la transición energética y deteriora el sector productivo, entre otros”, aseguró el senador, quien dijo que el supuesto pupitrazo en el PND habría vulnerado los principios constitucionales previstos en los artículos 157, 160, 161 y 228 de la Constitución Política.
“También se vulneraron algunas disposiciones legales de la Ley Quinta, lo que determina que en el proceso legislativo en Senado y Cámara no se cumplió el principio democrático de publicidad, participación política parlamentaria, de consecutividad y de instrumentalidad de las formas”, dijo.
Aunque Roy Barreras desmintió en diálogo con Infobae Colombia que los congresistas votaron artículos que no se habían discutido en los casi tres meses, que duró el trámite del PND, Miguel Uribe aseguró que no solo no les “brindaron las garantías propias del debate”, sino que también “las mesas directivas de ambas corporaciones optaron por votar en bloque el articulado impidiendo que se conociera su contenido y se debatiera artículo por artículo, pese a la solicitud que hicimos varios congresistas”, aseguró.
“Incluyeron en la votación en bloque artículos nuevos que ni siquiera se habían discutido o se conocían faltando al principio de publicidad, confianza legítima, buena fe y moralidad”, dijo.
En sus argumentos para demandar esa iniciativa, que se suma al aluvión de acciones legales que ya tiene el proyecto, el congresista opositor aseguró que el Gobierno no les dio el tiempo suficiente para que “los congresistas conocieran y estudiaran el objeto de los artículos propuestos”.
Es más, aseguró que como “la votación se realizó de manera desinformada” y las directivas del legislativo jamás “publicaron el informe de conciliación”, los senadores y representantes habrían tenido que votar, casi que a ciegas, los artículos del proyecto clave del Gobierno Petro.
“Seguimos haciendo oposición pensando en los colombianos. No permitiremos que Petro siga haciendo daño”, concluyó Miguel Uribe.
La demanda del senador Uribe se conoce luego de que el Partido Conservador también anunció acciones legales hacia el PND, específicamente contra el artículo 61, en el que se contempla la expropiación exprés. “Hay una figura de expropiación que pondrá en peligro la propiedad privada en el campo rural de los colombianos que hemos defendido en el partido”, aseguró el director de esa colectividad, el senador Efraín Cepeda.
En el texto del PND se le permite al Gobierno “facilitar y dinamizar los procesos de tierras por oferta voluntaria” que, de acuerdo con el congresista de la bancada goda no se define cómo será ese trámite. ¿Qué dice realmente el artículo?
“En aquellos casos en los que los propietarios no procedan a la venta, la Agencia Nacional de Tierras adelantará el análisis de la explotación económica del predio, requiriendo a su propietario por una única vez, para que proceda a la enajenación de aquellas áreas que no se encuentren bajo aprovechamiento económico y que excedan la extensión de la UAF. Cuando el propietario no acceda a la enajenación, la ANT aplicará los procedimientos agrarios a los que haya lugar”, reza el texto del PND.