Qué es el título 42 y cómo afecta su final a los migrantes colombianos

Esta política migratoria fue implementada por el expresidente Donald Trump durante la pandemia del covid-19

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Un oficial de la patrulla fronteriza estadounidense habla con migrantes reunidos entre las vallas fronterizas primaria y secundaria cuando Estados Unidos se prepara para levantar las restricciones del Título 42 de la era COVID-19, cerca de San Diego, California, Estados Unidos. 10 de mayo de 2023. REUTERS/Mike Blake
Un oficial de la patrulla fronteriza estadounidense habla con migrantes reunidos entre las vallas fronterizas primaria y secundaria cuando Estados Unidos se prepara para levantar las restricciones del Título 42 de la era COVID-19, cerca de San Diego, California, Estados Unidos. 10 de mayo de 2023. REUTERS/Mike Blake

Este jueves 11 de mayo en Estados Unidos dará fin a la controvertida política migratoria conocida como ‘Título 42′ que permitía la expulsión inmediata y sin posibilidad de asilo de migrantes que ingresan al país por la frontera con México de forma irregular.

Esta medida regía desde la pandemia del covid-19 por el Gobierno del presidente de ese momento, Donald Trump, quien la implementó bajo el argumento de “prevenir los contagios” en el país. Ahora, el Gobierno estadounidense ha anunciado algunos programas, en los que los migrantes podrán mirar si son aptos para recibir asilo u otro beneficio desde sus países de origen.

Dentro del plan de Joe Biden es la creación de “centros regionales de procesamiento” en todo América Latina -principalmente en Guatemala y Colombia- donde se preseleccionarán a los migrantes que puedan ingresar al país.

Para acceder a este programa de reubicación, de acuerdo con las autoridades, las personas deberán cumplir con los siguientes requisitos: tener un familiar en Estados Unidos que sea residente o ciudadano y que esté dispuesto a patrocinarlo, y presentar una aplicación ante uno de los centros de procesamiento de migrantes que se abrirán en Colombia en los próximos días.

Después de eso, una vez se aplique, se deberá esperar respuesta de autoridades del país norteamericano, que se podría demorar unas “pocas semanas”. También se señaló que si la persona es beneficiaria del programa de reunificación familiar podrá entrar legalmente a Estados Unidos y obtener un permiso de trabajo mientras tramitan su residencia.

En los centros de procesamiento también atenderán a migrantes de otros países que busquen aplicar a asilo o refugio. Se espera que al mes procesen entre 5 mil a 8 mil solicitudes.

“Estos procesos, una vez finalizados, permitirán que las personas examinadas y con peticiones de familia ya aprobadas, puedan entrar con libertad condicional (parole) a los Estados Unidos, caso por caso”, dice la comunicación del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés).

De acuerdo con el Departamento de Estado, el costo de la operación de estos Centros de Procesamiento será financiado únicamente por el Gobierno de Estados Unidos.

Cabe mencionar que, en sus tres años de vigencia, el Título 42 se aplicó casi 2,8 millones veces, según informó la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés), cifra de la cual el Partido Republicano se enorgullece pero que ha despertado quejas en organizaciones de derechos humanos que abogan por asistencia para estas personas.

¿Qué pasará ahora con los ingresantes irregulares?

La estrategia de Biden se basa en una serie de ejes y lineamientos. El primero de ellos es el Título 8, una disposición migratoria vigente desde hace décadas y que también se aplicó durante los últimos años.

Esta medida permite a las autoridades expulsar a quienes entren al país sin la documentación necesaria, aunque a diferencia del Título 42, no se trata de un proceso tan automático e impersonal.

Antes de proceder con la deportación, un oficial de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración realiza una “entrevista de miedo creíble”, en la cual se evalúa si existe la posibilidad de que el sujeto sea perseguido o torturado en caso de ser devuelto a su país.

En caso de que se resuelva que hay riesgo de ello, se da inicio a un proceso migratorio que llevará al migrante ante un juez, que evaluará el caso. En caso de que concluya que no existe un peligro, se activa la “deportación acelerada”.

En tanto se define la situación, el sujeto puede permanecer en los Estados Unidos o bien puede ser enviado a México, en el marco de la política “Quédate en México”.

Otra de las diferencias de esta regla es que trae aparejadas sanciones ya que si el migrante deportado intenta nuevamente ingresar al país sin documentación válida, le será prohibida la entrada durante por lo menos cinco años y podría enfrentarse a procesos penales.

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