Reforma pensional: quiénes tendrían que cotizar obligatoriamente en Colpensiones

Tras revisar el texto, el Comité Autónomo de la Regla Fiscal sugirió que se baje el umbral de quienes deben cotizar obligatoriamente en Colpensiones

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 REUTERS / Luis Jaime Acosta
REUTERS / Luis Jaime Acosta

Luego de revisar el texto de la reforma pensional, propuesta por el Gobierno Petro, Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF) realizó algunas sugerencias sobre el articulado, a fin de que resulte sostenible en el corto, mediano y largo plazo.

Entre ellas, modificar el umbral de personas que –de aprobarse la reforma– deberán cotizar con el fondo de pensiones del Estado: Colpensiones, siempre y cuando no excedan los 3 salarios mínimos.

“Corregir el umbral mejora la equidad de la reforma y reduce el costo fiscal en 20% del Producto Interno Bruto (PIB), cerca de $236 billones, en valor presente”, se lee en el informe de la CARF. En donde, también, se explica que:

“Con la reforma se tienen las cotizaciones a Colpensiones por ingresos de hasta 3 salarios mínimos y la totalidad de los traslados (desde los fondos de pensión) esperados para el periodo comprendido entre 2025 y 2100″.

Su propuesta, concretamente, es que el umbral se reduzca de aquellos quienes devengan hasta tres salarios mínimos a las personas que reciben uno, para evitar que en el 2025: “Las cotizaciones sean mayores en 1,7% del PIB (más de $20 billones) y en 2100 la diferencia llegue a ser de 0,9% del PIB (cerca de $11 billones). Lo anterior se explica porque el componente de prima media va a recibir todas las cotizaciones que se produzcan por ingresos de 3 salarios mínimos o menos”.

Esas cotizaciones llegarían al régimen de prima media, según el diario El Colombiano y, entonces, “las obligaciones por parte de Colpensiones aumentan en el mediano y largo plazo frente al escenario actual (...) Las mesadas y devoluciones dependen del umbral que se defina para el pilar contributivo que va a Colpensiones, además de parámetros como edad de pensión, semanas, tasa de reemplazo, entre otros”.

Con este escenario en mente, se reducirían drásticamente los traslados de fondos privados a Colpensiones, al menos, hasta el año 2025.

Una tendencia que se mantendría hasta el año 2040, cuando empiecen a pensionarse las personas cuyos ahorros fueron trasladados al fondo de pensiones estatal, por no superar el monto establecido.

Y ya para el 2060, se espera, que “converjan a cero” los traslados, luego de completarse el plan del Gobierno. “En ese momento, en 37 años según el proyecto de ley radicado (...), la Nación tendrá que asumir por completo la obligación de mesadas y devoluciones”.

Sin embargo, el Comité Autónomo de la Regla Fiscal, sugiere que, de haberse transformado el umbral, entre más bajo sea “las transferencias del gobierno a Colpensiones son mayores en los primeros años porque llegan menos recursos. Sin embargo, el Fondo de Ahorro se agota más tarde porque los subsidios son menores (...) . El acervo de ahorro se vuelve mayor a lo largo del tiempo cuando el umbral es entre 1,5 y 1 salario mínimo. El menor subsidio que generan estos umbrales menores redunda en un mayor ahorro nacional”.

Y concluyen, citando al proyecto de ley, en donde se establece que “el Fondo Común (que recibe las cotizaciones gestionadas por Colpensiones) recibiría más recursos que los que recibe bajo el sistema vigente, disminuyendo la transferencia que debe realizar el gobierno (para pagarles a los pensionados). Lo anterior, genera espacio fiscal pues permite que el gobierno asigne el excedente de recursos a otros gastos”.

Sin embargo, los trabajadores del pilar contributivo que superen –en caso de no modificarse– los tres salarios mínimos, tienen la posibilidad de aportar este monto a Colpensiones y el sobrante a un fondo de pensiones privadas, hasta que alcancen la edad de pensión, cuando, ambos aportes sean sumados y se haga un promedio único del valor mensual a recibir.

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