La integración entre Avianca y Viva Air continúa siendo viable jurídicamente, luego de que la Aeronáutica Civil mantuvo su autorización al resolver las apelaciones presentadas a su primera decisión. En segunda instancia adicionó algunos condicionamientos que deben cumplir las aerolíneas si finalmente deciden fusionar sus negocios.
“La Secretaría de Autoridad Aeronáutica expidió la Resolución 00873 del 5 de mayo de 2023 mediante la cual resuelve en segunda instancia los recursos de apelación presentados por las aerolíneas Avianca, Viva Air, Wingo, Ultra Air, Latam, JetSmart y la Procuraduría General de la Nación, contra la Resolución 00518 del 21 de marzo de 2023, confirmando la aprobación de la operación de integración, y modificando algunos de los condicionamientos determinados para ella”, señaló al entidad encargada.
Una de las condiciones que deberá cumplir la compañía integrada es que se respeten y atiendan los derechos de los usuarios de Viva Air, a quienes se les deberán reembolsar los tiquetes de los vuelos cancelados o que se les permita volar si tienen reservas o tiquetes pendientes de ejecutar.
En la resolución de segunda instancia se resuelven los plazos en los que se deberá implementar y ejecutar el programa de protección a los pasajeros que resultaron afectados por la intempestiva suspensión de operación por parte de Viva Air, que debería ser entre los 15 días siguientes a la notificación del acto administrativo.
Uno de los puntos claves de la integración es la devolución de slots, los permisos de uso de la infraestructura aeroportuaria que tiene cada aerolínea y que son claves a la hora de programar la llegada y salida de vuelos. Al integrarse Viva Air y Avianca, acapararían el uso principalmente del Aeropuerto El Dorado por ser el principal puerto de esta y las demás aerolíneas, por lo que afectarían a la competencia.
La Aeronáutica Civil implementó un mecanismo para la devolución de slots de salidas y llegadas, “ajustándolos de tal manera que se utilice de forma más eficiente la infraestructura del Aeropuerto Internacional El Dorado, garantizando las condiciones de competencia y posibilitando la permanencia de Viva Air, señaló la entidad.
La tercera condición que se planteó para la integración será la supervivencia de Viva Air por tres años a partir de los tres meses de notificación de la resolución. Deben mantener al menos tres frecuencias desde el año siguiente, conservar el esquema de bajo costo (low cost) que manejaba la aerolínea quebrada y que se materialice como una alternativa a los usuarios del servicio de transporte aéreo, especialmente en las rutas que solo eran operadas por esta compañía.
Como cuarta condición, la Aeronáutica determinó que había un predominio en las frecuencias de la ruta Bogotá - Buenos Aires de llegar a realizarse la integración. En ese sentido, se determinó que deberán devolverse 7 frecuencias asignadas para garantizar de manera gradual una transición y aumento de oferta, sin afectar el número de sillas para los pasajeros interesados.
Habrá control de precios en las rutas donde la empresa integrada tenga el 100% de la participación, pero en segunda instancia se aclaró que solamente en aquellas que Avianca y Viva Air acaparaban para diciembre de 2022. Esto con el fin de proteger a los usuarios.
También se abre el espacio de negociación entre Avianca y Satena de hasta 8 meses para que discutan acuerdos interlínea y código abierto, entre otros aspectos, así como un aporte económico a la aerolínea estatal por parte de la compañía privada.
“De conformidad con lo anterior, a partir de la ejecutoria de la Resolución 00873 del 5 de mayo de 2023, el ente integrado tendrá cinco (5) días calendario para comunicarle al país, a los usuarios y a esta Autoridad Aeronáutica, su decisión final de implementar o no la integración”, concluyó la Aeronáutica.