Impuesto Predial: se vence el plazo para el pago con el 10% de descuento

La Secretaría de Hacienda invitó a todos las personas a contribuir voluntariamente con las familias más vulnerables o condición de extrema pobreza al momento de realizar el pago de la responsabilidad

La entidad destacó que después del viernes los contribuyentes ya no podrán solicitar el descuento y tendrán hasta el 14 de julio, como fecha límite, para realizar el pago de la obligación tributaria. Cortesía: Infobae.

La Secretaría Distrital de Hacienda invitó a todos los contribuyentes que deben realizar el pago anual del Impuesto Predial que realicen la obligación antes del viernes 12 de mayo, para acceder al descuento del 10% (por pronto pago).

La entidad destacó que después del viernes los contribuyentes ya no podrán solicitar el descuento y tendrán hasta el 14 de julio, como fecha límite, para realizar el pago de la obligación tributaria.

Los contribuyentes podrán realizar el pago del impuesto Predial a través de la Oficina Virtual de Hacienda “para que la falta de tiempo no te impida obtener el descuento del 10%”, destacó la Secretaría de Hacienda.

El secretario distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez, explicó que “los 64.501 inmuebles obligados restantes (el 2% del total) corresponden a aquellos que ya declararon o pagaron la obligación; a bienes que tienen información incompleta en el sistema; y a los inmuebles que han sido declarados exentos y excluidos”.

El funcionario invitó a todos los contribuyentes a contribuir voluntariamente con las familias más vulnerables o condición de extrema pobreza, a través de un aporte que se hace en el pago de los impuestos y que representa un 10% adicional a la obligación.

“En el 2022, la ciudad recibió 648 millones de pesos de aporte voluntario, que entregaron 14.185 contribuyentes al sistema ‘Bogotá Solidaria en Casa’. Esta plata permite entregarles ayudas monetarias a 2.411 familias en pobreza extrema en la ciudad”, añadió Ramírez.

¿Cómo pagar por línea?

La dependencia recordó que el pago rápido y seguro de los impuestos en Bogotá se puede realizar a través de la Oficina Virtual dispuesta en el portal web de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Una vez los contribuyentes ingresen al portal asignado por la entidad, podrán acceder al menú del impuesto predial, descargar la factura correspondiente al año gravable y seleccionar el botón de pagos online (PSE).

Qué hacer si no cuentan con el chip de la propiedad para realizar el pago

La Secretaría de Hacienda explicó los pasos que deben tener presente los contribuyentes del Impuesto Predial que no cuentan con el número del chip para realizar el pago.

Conforme con la entidad, se trata de algunos los predios que son nuevos o que no cuentan con la información completa y/o actualizada ante la secretaría, por tal motivo no se emitió la factura de pago del Impuesto Predial.

En esos casos, el contribuyente debe presentar una declaración y/ o actualizar los datos del predio en el portal habilitado por la entidad Oficina Virtual de Hacienda.

Una vez haya concluido el proceso de actualización o declaración podrá realizar la descarga de la factura y hacer el pago correspondiente de la obligación, a través del botón de pagos en línea.

Así puede hacer el pago en el caso de no contar con el chip:

  • Ingrese a www.haciendabogota.gov.co.
  • Seleccione “Ingreso en la nueva Oficina Virtual”.
  • Escriba su usuario y contraseña. “Recuerda que tu usuario es el correo electrónico que registraste”.
  • Luego haga clic en la opción “Contribuyente”.
  • En la barra superior, seleccione la pestaña “Declaraciones” y luego “Generar declaración”.
  • Elija el “Predial” y después “Año gravable 2023″.
  • El Sistema mostrará algunos datos del predio. En el portal podrá acceder a toda la información.
  • Selecciones los datos del predio de las listas desplegables.
  • Ingrese al área de terreno y/o de construcción y de clic en “Precálculo”.
  • Se generará los datos de la liquidación. Pulse el botón “Calcular”, ubicado en la parte inferior de la pantalla.
  • Si está de acuerdo con la liquidación, haga clic en “Solo firmar”, si es persona natural; en el caso de ser persona jurídica, haga clic en “Firmar y agregar”.