Varias organizaciones de víctimas y colectivos habían denunciado la elección de Jorge Rodrigo Tovar Vélez, hijo del exparamilitar Rodrigo Tovar Pupo conocido como ‘Jorge 40′, con las que se buscaba la nulidad de su elección. El Consejo de Estado falló las tutelas a favor del representante, quien podrá continuar en su curul N° 12 de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz (CITREP).
Según informó el abogado Hollman Ibáñez, especialista en procesos electorales, y quien estaría a cargo de la representación de Tovar Vélez en las dos demandas, la Sección Quinta del Consejo de Estado emitió el fallo el 28 de abril negando las pretensiones de los demandantes.
Por lo tanto, el alto tribunal decidió mantener en firme la elección del representante a la Cámara, tras decidir sobre las demandas acumuladas al radicado 11001-03-28-000-2022-00036-00, con las que se pretendía anular la elección de Tovar Vélez.
Estas demandas tardaron casi un año en ser resueltas luego de que, en mayo del 2022, la Sección Quinta las admitió con el auto de la magistrada Rocío Araújo Oñate. Las demandas solicitaban que se anularan los actos administrativos que permitieron al hijo de alias Jorge 40 inscribirse como víctima en el Registro Único de Víctimas y, por tanto, también el de su inscripción a las curules destinadas a representar las poblaciones de los territorios más afectados por el conflicto armado.
La primera demanda había sido presentada por la Fundación para la Defensa de la Información Legal y Oportuna – Dilo Colombia. Señalaban que, según información de prensa, Tovar Vélez podría estar vinculado a bienes adquiridos producto del actuar delictivo de su papá, además llevaban a poner en duda su condición de víctima.
Así mismo, señalaban que no tenía el arraigo territorial correspondiente para ejercer la representación de la población afectada por el conflicto en la Circunscripción 12, la zona donde tuvo injerencia el Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), que fue comandado por su papá, Jorge 40. Señalaba que la mayor parte de su vida la desarrolló en Valledupar.
La otra demanda, según había informado el Consejo de Estado, solicitaba declarar nula la elección de Tovar Vélez porque estaría inhabilitado para ser congresista “por haber ejercido la autoridad civil, política o administrativa durante los 12 meses previos a su elección, al haberse desempeñado como funcionario del Ministerio del Interior hasta cuatro meses y medio antes del proceso electoral en el que obtuvo la curul objeto de disputa”.
En esta también se ponían en duda los requisitos como víctima necesarios para aspirar a las Citrep. Señalaban que el relato del hecho victimizante, el desplazamiento forzado que asegura haber sufrido por el accionar de su papá, tenía inconsistencias y contradicciones.
El Consejo de Estado había admitido las dos demandas para su estudio en juicio de legalidad. Sin embargo, desde un inicio negó las pretensiones que solicitaban suspender la elección de Tovar Vélez por contar con el registro de RUV y el acto administrativo de elección correspondiente. Luego de fallar, la decisión fue que sí cumplía los requisitos para ocupar el cargo.
Según el abogado Ibáñez Parra, el “representante estaba incurso en actos constitutivos de doble militancia y finalmente, por presuntamente encontrarse demostrados, respecto del señor Jorge Rodrigo Tovar Vélez, los elementos de la inhabilidad consagrada en el numeral 2 del artículo 179 constitucional”.
Esto por una demanda del colectivo José Alvear Restrepo que señalaba que Tovar Vélez apoyó la candidatura de Juan Manuel Daza Iguarán, del partido Centro Democrático, realizando actos públicos que fueron registrados y aportados como prueba a esta demanda de nulidad, y era incompatible con su aspiración a una Citrep que no podían tener alianzas políticas.
Rodrigo Tovar logró en las elecciones del 13 de marzo, inscrito en la lista de la Asociación Paz es Vida PAVIDA, con un total de 17.687 votos, para representar a las zonas rurales de La Guajira, Cesar y Magdalena.