Drummond envió siete cartas a la JEP para salvar a sus directivos acusados de aliarse con las AUC para asesinar sindicalistas

Actualmente, los empleados cuentan con varios abogados externos de Estados Unidos y Bogotá para tratar de demostrar su inocencia ante las autoridades colombianas

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Drummond Colombia reforzó su defensa. De acuerdo con la compañía extranjera, las acusaciones que los relacionan con paramilitarismo son falsas.
Drummond Colombia reforzó su defensa. De acuerdo con la compañía extranjera, las acusaciones que los relacionan con paramilitarismo son falsas.

Drummond, la multinacional originaria del estado de Alabama (EE. UU.), enfrenta un lío judicial, ya que acusan a ocho de sus directivos de unirse con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) para el asesinato de varios trabajadores sindicalizados de esa empresa.

Lo anterior ha llevado a que los empleados refuercen su equipo legal con abogados estadounidenses y de Bogotá para tratar de demostrar su inocencia en este caso.

A pesar de que poco se conoce de este caso en la justicia ordinaria, en la Jurisdicción Especial para la Paz, también conocida como Jep, se viene adelantando las investigaciones, en las que se ha escuchado a excontratista de la empresa y a un exparamilitar, vinculados al macrocaso 08.

La declaración más reciente en este caso es la de Jairo de Jesús Charris, alias Miguel, jefe de seguridad del contratista Jaime Blanco Maya. Los dos se encuentran condenados por participar con los paramilitares en las muertes de Valmore Lorcano y Víctor Orcasita en marzo del 2001.

Charris señaló que orden de desaparecer a sindicalistas venía directamente Gary Drummond, quien es el dueño de la empresa. Y que este plan también era conocido desde Colombia, principalmente por Augusto Jiménez, expresidente de la compañía en Colombia.

Con su jefe directo, Charris estuvo presente cuando los directivos de la empresa daban instrucciones a los paramilitares. Pero la oficina de abogados Prias Cadavid envió siete cartas a la JEP en las que afirman que Charris y Blanco están mintiendo, por lo cual los demandarán ante la Fiscalía General de la Nación.

Además, dichas cartas señalan que las demandas en Estados Unidos se han desestimado, por falsos testimonios, y que buscaban otorgar millonarias indemnizaciones.

“Drummond nunca ha pagado o asistido a ningún grupo ilegal en Colombia, ni paramilitares ni guerrilla”, señaló una de las cartas de que conoció El Tiempo. También, la defensa de Drummond entregó 2.200 archivos con los que busca probar tanto en la JEP como en la justicia ordinaria que los testigos en su contra son falsos.

Los abogados de la compañía dicen que se han girado millonarias sumas de dinero con el fin de que los testigos declaren, mientras que los acusados de estas prácticas señalan que estos pagos son para garantizar la seguridad de testigos.

Fiscalía pidió a la JEP información sobre la probable financiación de Drummond a grupos paramilitares

El 2 de noviembre de 2022, la Fiscalía General de la Nación elevó una petición de información a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) sobre las declaraciones del exgobernador de Magdalena Trino Luna sobre los pagos que habría realizado la multinacional Drummond a grupos paramilitares.

La petición de la Fiscalía fue revelada por la W Radio, en un documento que la emisora conoció en exclusiva y en el que la fiscal delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, Diana Mercedes Salazar Solís, pide a la JEP que le allegue “la resolución de aceptación o acta compromisoria, respecto a la verdad” para poder determinar si es necesario llamar al confeso parapolítico para que amplíe sus declaraciones sobre la presunta financiación de la multinacional a grupos paramilitares, así como información respecto a los homicidios del presidente y vicepresidente de Sintramienérgética, Valmore Locarno y Víctor Hugo Orcasita, ocurridos el 12 de marzo de 2001.

A continuación, se reproduce el documento que la emisora colombiana publicó en exclusiva:

“1. De un lado, de acuerdo con la solicitud probatoria elevada por el apoderado de la parte civil, doctor Iván Otero, en cuanto depreca escuchar en declaración al exgobernador de Magdalena, Trino Luna, por cuanto, dice, ante la Jurisdicción Especial para la Paz, ha señalado el conocimiento directo que tenía sobre los pagos de Drummond a los grupos armados ilegales. En ese sentido, el Despacho ordena, en principio, para establecer su condición de sometimiento voluntario y eventual conocimiento respecto a estos hechos, solicitar y/o inspeccionar el radicado No. 900258-79.2019.0.00.001, seguido ante esa jurisdicción, a efecto de obtener la resolución No. 2522 de 12 de julio de 2022 de aceptación el programa o ata compromisoria, respecto a la verdad. Igualmente, copia de las versiones rendidas, a efecto de establecer si dio cuenta de la financiación de las autodefensas, por la multinacional y/o el homicidio del Presidente y Vicepresidente de Sintramienergética, Valmore Locarno y Victor Hugo Orcasita”.

“2. De otra parte, en atención al informe de policía judicial No.9-518201 (F. 50/C71), respecto de PUBLIO HERNÁN MEJÍA GUTIÉRREZ, (...), según resolución 004975 de 18 de septiembre de 2019, dentro del caso 003 “muertes ilegítimas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”, en punto del sometimiento, ante la Jurisdicción Especial para la Paz, solicitar y/o inspeccionar la aceptación de sometimiento, el programa o acta compromisoria,, respecto de la verdad, en caso de haberla presentado el suscrito, con el propósito de esclarecer si el mismo refiere la identificación e individualización de otros presuntos responsables, en el homicidio agravado de los directivos sindicales de Sintramienergética, Valmore Locarno y Victor Hugo Orcasita, ocurrido el 12 de marzo de 2001, en Valledupar, así como obtener copia de las versiones rendidas con este suceso”.

“3. Con el mismo propósito, solicitar y/o inspeccionar la aceptación de sometimiento, el programa o el acta compromisoria, respecto de la verdad, en tratándose de Eduardo Sanmiguel Peña; así como obtener copia de las versiones rendidas y relacionadas con este suceso. De la misma manera, de ser procedente, obtener los datos de ubicación, para escucharlos en declaración”.

Lo anterior, se dispone, en el término de treinta (30) días, a través de policía judicial, previa coordinación y comunicación, tanto con el Grupo de Estrategia de Paz de la Subdirección de Políticas Públicas y Estrategia Institucional de la Fiscalía General de la Nación como con el Despacho”.

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