Corte Suprema de Justicia le reiteró al Congreso que la creación de la Corte Agraria es “innecesaria”

El alto tribunal insistió en que sí se debe aprobar la jurisdicción agraria, pero sin necesidad de incluir la implementación de un nuevo tribunal, pues las funciones que asumiría ya están en manos de instancias como el Consejo de Estado

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La Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia le reiteró al Congreso que la jurisdicción agraria se puede aprobar sin la Corte Agraria. Colprensa (Archivo)

A través de un pronunciamiento conocido el miércoles 19 de abril, la Corte Suprema de Justicia reiteró el llamado hecho por otros órganos judiciales sobre la creación de una Corte Agraria, contemplada en el proyecto de ley que crea la jurisdicción rural.

En esencia, el alto tirbunal indicó que es “innecesaria” la consolidación de una nueva instancia que, de acuerdo con el Gobierno nacional en cabeza del Ministerio de Justicia, responde a la necesidad de la población campesina víctima del conflicto y que no ha sido reparada por el sistema judicial actual.

Al respecto, el presidente de la Corte Suprema, Fermando Castillo, manifestó que “con la actual infraestructura, capacidad e idoneidad del sistema judicial colombiano, es innecesaria la creación e implementación de una justicia especializada que dirima los conflictos de uso, tenencia y propiedad de la tierra en el país”. De paso, dijo que se le deben hacer ajustes al proyecto de acto legislativo que es tramitado en el Congreso.

El togado recordó otra misiva hecha por los ese tribunal y los presidentes del Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura en la cual le explicaron al presidente de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes que se puede aprobar e implementar la jurisdicción especial agraria sin necesidad de crear una nueva Corte, pues las funciones que ejercería ya están a cargo de la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema.

“Este ajuste en el proyecto remueve los obstáculos temporales, logísticos, económicos y financieros que conllevaría para el país una nueva Corte Agraria y Rural”, manifestaron los presidentes del Consejo Superior de la Judicatuta, la Corte Suprema y el Consejo de Estado en el pronunciamiento emitido el jueves 13 de abril.

En esa misiva, también afirmaron que es apremiante la aprobación del proyecto de ley como parte de la implementación del punto 1 —Reforma Rural Integral— del Acuerdo Final de Paz firmado entre el Estado colombiano y la extinta guerrilla de las Farc; por ello, enfatizaron que en manos del Congreso está si esa iniciativa impulsada por la administración Petro, tiene luz verde para su posterior sanción.

Recordaron también que tanto el Consejo de Estado y la misma Corte Suprema pueden cumplir funciones como “órganos constitucionales de cierre”, y detallaron que el primer tribunal resuelve conflictos administrativos, mientras que el segundo se encarga de conciliar los particulares.

Por otra parte, el ministro de Justicia Néstor Osuna volvió a insistir en la aprobación de esa jurisdicción especial y dijo que “históricamente, los pleitos de tierras se han resuelto a bala” y que fue el Acuerdo Final de Paz el que puso la hoja de ruta para la creación e implementación de esa justicia como parte del cumplimiento del primer punto de lo refrendado en 2016: la Reforma Rural Integral.

Asimismo, ha explicado que para los procesos de primera instancia se debe contar con un número nutrido de jueces en los territorios que nunca han tenido contacto con el aparato judicial. Por ello, tanto la jurisdicción como la Corte permitirían realizar procesos ágiles y ligeros, pero efectivo en los fallos. También detalló que la creación de la Corte Agraria permite que los procesos relacionados con la tierra en Colombia no se dividan en diferentes instancias, sino que sean tomados solamente por ese tribunal para que esos procesos sean fallados en el menor tiempo posible.

Osuna también ha enfatizado en que, si bien habría un alto impacto en materia fiscal, expresó que es por el bien del cumplimiento del Acuerdo Final de Paz y esos efectos reales se verán cuando se analice la ley estatutaria que desarrolle esa jurisdicción.

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