Así puede pagar los impuestos Predial y Vehicular de años anteriores a 2023 con descuento en Bogotá

Los contribuyentes deben primero estar registrados en la plataforma destinada por la Secretaría de Hacienda para los trámites en cuestión

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La Secretaría de Hacienda precisó
La Secretaría de Hacienda precisó que según la aplicación del Artículo 91 de la Ley 2277 de 2022, que establece reducción en la tasa de interés del 50% sobre obligaciones tributarias, será para aquellos contribuyentes que se encuentren en mora al 13 de diciembre de 2022. Cortesía: Infobae.

Como parte de la estrategia de la Secretaría de Hacienda para contribuir con las herramientas más útiles para el cumplir de las responsabilidades que tienen los residentes de la ciudad con Bogotá, la entidad dio a conocer una serie de recomendaciones para efectuar el pago de años anteriores de los impuestos Predial y Vehicular.

La entidad de Hacienda precisó que los poseedores de predios o vehículos con obligaciones en mora, de años anteriores, y con necesidad de hacer válido el pago; deben solicitar los recibos oficiales de pago (ROP) en los puntos de atención presencial o a través del portal web de la secretaría, los cuales se expedirán a nombre de quien figura como obligado del predio o del automotor.

Para llevar a cabo el proceso del pago de los impuestos en mora, los contribuyentes deben primero estar registrados en la plataforma destinada por la Secretaría de Hacienda para los trámites en cuestión.

Si el contribuyente no se encuentra registrado, debe ingresar a la nueva Oficina Virtual a través de la opción “Regístrate aquí” e iniciar el proceso con un correo electrónico y una clave.

Una vez se haya registrado debe digitar el usuario y la contraseña para acceder al botón de “Contribuyente”. En la barra superior encontrará la pestaña “Consultas” y posteriormente deberá seleccionar “Obligaciones Pendientes”, para detallar la información de las obligaciones pendientes a la fecha.

Pasos para descargar y realizar el pago de los impuestos

La Secretaría de Haciendo explicó que a través del siguiente paso a paso los contribuyentes con mora podrán hacer el pago de la responsabilidad con un descuento tributario del 50%, en los intereses.

  • Ingresar al portal de la Secretaría de Hacienda.
  • Acceder a la oficina virtual y acceder con su usuario y contraseña.
  • Una vez hayan ingresado a la opción de obligaciones, el sistema le solicitará el tipo de impuesto a generar el pago.
  • El sistema le va a relacionar en una tabla cada una de las vigencias que se encuentra en deuda.
  • A su vez, la tabla detallará que los valores se encuentran aplicados con el beneficio del 50% de descuento.
  • El contribuyente debe generar un Recibo Oficial de Pago para cada una de las vigencias que se encuentran en mora.
  • Tenga presenta las fechas al momento de descargar el ROP, ya que al ser años anteriores el sistema solo habilitará cinco días para el cumplimiento de la obligación.

Quiénes pueden acceder al descuento

La Secretaría de Hacienda precisó que según la aplicación del Artículo 91 de la Ley 2277 de 2022, que establece reducción en la tasa de interés del 50% sobre obligaciones tributarias, será para aquellos contribuyentes que se encuentren en mora al 13 de diciembre de 2022.

A su vez, la entidad agregó que los contribuyentes deben tener en cuenta que:

  • El beneficio está dirigido a contribuyentes con obligaciones vencidas anteriores al 13 de diciembre de 2022.
  • Aplica para quienes paguen sus obligaciones vencidas a más tardar el 30 de junio de 2023.
  • La medida incluye todos los impuestos distritales: Predial, Vehículos, ICA, ReteICA, Sobretasa a la gasolina, Delineación Urbana y los demás que recauda la ciudad.

Igualmente, los contribuyentes podrán aprovechar el beneficio de dos maneras: pagando la totalidad de sus obligaciones, es decir, realizando la cancelación del ciento por ciento de la obligación de la deuda por cada periodo de liquidación.

La segunda opción es una solicitud a una facilidad de pago que incluya todas las deudas en mora, por conceptos de impuestos. Para acceder a ese beneficio el contribuyente debe tener presente que:

  • El plazo para la solicitud debe hacerse antes del 15 de mayo de 2023.
  • Debe diligenciar el formato de solicitud.
  • Adjuntar copia de los recibos oficiales de pago del 30% del total de las deudas de todos los impuestos en mora.
  • El plazo máximo que otorgará la administración será de un año, a parir de la suscripción de la facilidad.
  • Si el deudor incumplió una facilidad de pago anterior, la Secretaría de Hacienda no le otorgará el beneficio.
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