Confirman condena contra comandante paramilitar ‘Don Antonio’: sus acciones dejaron más de 1.500 víctimas

Además de Edgar Ignacio Fierro, otros 15 miembros que hacían parte del frente José Pablo Díaz de las AUC tendrán que enfrentar la condena y pedir perdón a las víctimas

Guardar
Confirman condena contra Edgar Ignacio
Confirman condena contra Edgar Ignacio Fierro, ‘Don Antonio’ a 8 años de prisión REUTERS/Luisa González

Desde la Corte Suprema de Justicia se confirmó la condena en contra de Édgar Ignacio Fierro, alias ‘Don Antonio’, exparamilitar de las AUC, quien además de enfrentar una pena en centro carcelario de 8 años, también deberá pedir perdón a las víctimas.

Por el proceso de Justicia y Paz también tendrán que enfrentar condena otros 15 integrantes que formaban parte, como Fierro, del frente llamado José Pablo Díaz de las AUC en el que operaban.

Esta decisión viene luego de un proceso de análisis aplicado a los recursos de apelación que fueron interpuestos por cerca de once personas que se encargaron de representar a las víctimas y que permitieron confirmar la responsabilidad penal de Edgar Ignacio, así como de los otros 15 postulados que hacían parte del bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia.

Cabe recordar que tanto Fierro como los demás integrantes eran investigados por actos como desplazamiento forzado, cobro injusto y violento de dinero, homicidio, desaparición forzada, entre otras conductas que arrojaron un saldo de 1.500 víctimas durante sus acciones. Además, que la condena había sido dictada en diciembre de 2018.

Los hechos habrían ocurrido en las regiones del Magdalena, Cesar y Atlántico del territorio colombiano, además de otras partes del país, y habrían iniciado aproximadamente desde el año 2003.

De acuerdo con la sentencia que fue conocida por W Radio, sobre la reparación a las víctimas, señaló que: “... identificó cada hecho dentro de los distintos patrones de macrocriminalidad, así como las personas que reunían la condición de víctimas, y les tasó los perjuicios materiales e inmateriales”.

En cuanto a las medidas a las que tendrían derecho, mencionó que se encuentran consideradas la “... rehabilitación, restitución, satisfacción, garantías de no repetición y sobre la dimensión colectiva del daño”.

Sobre la indemnización a las víctimas

Por este hecho, el grupo de representantes de las víctimas habían hecho la solicitud de indemnización a personas a las cuales la Fiscalía General de la Nación no había acreditado su posición de víctimas. Además, había otros que solicitaban más precisiones en relación con las víctimas reconocidas.

En este proceso, la Sala Penal de la Corte Suprema ratificó la mayor parte de la sentencia y en ella reconoció como víctimas indirectas de los hechos a un grupo de 18 personas que no habían sido consideradas desde la parte inicial del proceso.

El día en que ‘Don Antonio’ fue absuelto por falso testimonio contra Silvia Gette

Durante el año 2020, el exjefe paramilitar fue acusado por mentir luego de que inculpara a la exrectora de la Universidad Autónoma de Barranquilla como autora del asesinato que acabó con la vida del ganadero Fernando Cepeda. Los hechos habrían ocurrido en el mes de agosto del año 2003.

El caso venía sonando desde mediados de ese año cuando se esperaba el fallo de primera instancia quien además, era la mano derecha alias ‘Jorge 40′, quien fue deportado a los Estados Unidos.

De acuerdo con la determinación del juez en ese momento, el abogado Camilo Bocanegra, señaló que:

“Después de un largo proceso se absuelve a mi defendido por los delitos que fue acusado, y por los que nunca debió haber llegado a juicio, un proceso donde la Fiscalía llevo unos testigos, hoy todos imputados por falso testimonio, y una investigadora del CTI, con dos sentencias ejecutoriadas por haber sobornado testigos para declarar en contra de los acusados en este proceso, y culpar del homicidio del ganadero Fernando Cepeda a su viuda”.

En relación con el delito de falso testimonio, el juez de ese momento determinó que: “... no se acreditó con esa meridiana claridad que exige el artículo 381 del Código de Procedimiento Penal, que los procesados en sus intervenciones, en cuanto a lo sustancial frente a los hechos y a las circunstancias que rodearon el homicidio de Fernando Cepeda, hayan faltado a la verdad dentro de la investigación penal adelantada por la Fiscalía…”.

Por este hecho, tanto la Procuraduría General de la Nación, como la Fiscalía y el abogado representante de Silvia Gette apelaron la decisión.

Guardar