Decreto de austeridad: no más viajes en primera clase, regalos corporativos y eventos innecesarios

Deberán privilegiarse las reuniones virtuales y justificarse los viáticos y contrataciones

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Previo al inicio de las festividades de Semana Santa, el presidente Gustavo Petro y el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, se reunieron para firmar el nuevo ‘Plan de Austeridad del Gasto’, consignado en el decreto 444 del 2023, para las entidades que hacen parte del presupuesto general de la nación.

En 20 pilares el texto busca poner en cintura a los funcionarios del Gobierno que, de ahora en adelante, deberán justificar sus gastos y ajustarse a nuevas medidas de ahorro presupuestal, como el teletrabajo, las reuniones virtuales y la reducción de horas extras.

Uno de los primeros temas que trata el decreto es el de la modificación de la planta de personal y la contratación de servicios profesionales, en ambos puntos debe revisarse de manera puntual la necesidad de contratar personal extra, excepto cuando, este sea requerido por presidencia para cumplir con asuntos prioritarios de la agenda nacional.

Asimismo, debe procurarse una revisión exhaustiva de los esquemas se seguridad asignados por la UNP y la disminución de gastos en sedes gubernamentales, por lo que se privilegiaran el teletrabajo y las reuniones virtuales.

“Las entidades deberán promover y dar prelación a los encuentros virtuales y no presenciales sobre las actividades que impliquen desplazamiento físico de los servidores públicos, de manera que estos sean mínimos y plenamente justificados”, señala el artículo sexto del decreto.

Además, “deberán abstenerse de iniciar cualquier tipo de contratación que implique mejoras suntuarias u ostentosas, tales como el embellecimiento, el ornato, la instalación o adecuación de acabados estéticos de bienes inmuebles”

Por otro lado, cuando los funcionarios deban realizar viajes y, solo en caso necesario de que necesiten salir de la ciudad, el Gobierno cubrirá hospedaje y desplazamiento, únicamente en aquellos casos en los que dichos gastos no sean cubiertos por algún otro organismo del Estado.

“Los gastos de viaje se autorizarán únicamente si no están cubiertos por la entidad o por las entidades que organizan los eventos”, se lee en el decreto, que añade: “Cuando la totalidad de los gastos para manutención y alojamiento que genere la comisión de servicios sean asumidos por otro organismo o entidad, no habrá lugar al pago de viáticos”.

Y, al igual que en el caso de las contrataciones, los viajes deberán estar justificados para cada persona; es decir, habrá que dar cuenta de la “necesidad de que asistan el número plural de sus servidores, individualizando la justificación por cada uno de ellos, según el empleo que desempeña”.

Mientras que, para el caso de viajes internacionales: “Toda comisión de servicios y de estudios al exterior de servidores públicos de entidades que pertenecen a la rama ejecutiva del orden nacional, debe justificar la exigencia de la presencia física y deberá contar con la autorización previa del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República”. Y, a no ser que se trate de un viaje para promover el financiamiento de la Nación, este deberá realizarse en clase económica, siempre y cuando el trayecto no dure más de 8 horas.

Ya por último, en cuanto a los eventos oficiales, tema en el que el Gobierno Petro ha sido fuertemente criticado, se estableció que, al igual que con el trabajo deberán priorizarse las reuniones virtuales, con excepción de los encuentros de alto nivel, en los demás casos deberá restringirse la compra de regalos corporativos y la contratación de servicios de publicidad, “Se exceptúan de la anterior disposición los gastos que efectúe el departamento administrativo de la Presidencia de la República y los gastos para reuniones protocolarias o internacionales que requieran realizar los ministerios de Relaciones Exteriores, de Comercio, Industria y Turismo (exclusivamente para actividades encaminadas al fomento del comercio exterior)”.

Lo mismo para “las condecoraciones que debe otorgar el Ministerio de Defensa Nacional Fuerzas Militares y Policía Nacional que deban otorgar para dar cumplimiento a los estatutos de carrera y las disposiciones en materia de estímulos y ascenso, las cuales deberán generar un ahorro en los gastos causados por estos conceptos por lo menos del 10 %, respecto a la vigencia anterior”.

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