
A través de un comunicado, Migración Colombia explicó lo sucedido en los hechos por los que el politólogo Fernando Segura denunció que fue víctima de presuntos actos de discriminación por parte de los funcionarios de la entidad.
De acuerdo con la información que le compartió Fernando Segura a Infobae, los funcionarios de Migración calificaron como “anormal” y “atípico” que un hombre adoptara a una bebé, pues al momento de salir del país, eso fue lo que les hizo creer que los documentos eran falsos, y lo que llevó a Migración Colombia a quedarse con los documentos originales.
Sobre los hechos, a través de un comunicado Migración Colombia respondió a la denuncia del politólogo Segura y aseguró que el trámite de control migratorio fue realizado conforme a las normas y con apego a la legalidad, por lo que se le solicitó la documentación necesaria por ser la primera vez que la menor salía del país como adoptada.
Migración Colombia explicó los documentos presentados por Segura debían ser validados por el Oficial de Migración con el fin de certificar la autenticidad del registro civil de la menor.
“Para el caso particular publicado por el ciudadano Fernando Segura, se debe informar que la exigencia y verificación de la documentación aportada por el viajero, debía ser validada por el Oficial de Migración conforme a la normativa vigente, ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, con el fin de verificar la autenticidad y validez del registro civil de nacimiento de la menor de edad, para establecer su filiación y parentesco con sus padres”.
Por eso, según el Código de Infancia, Ley 1098 de 2006, en el artículo 128 se establece que: “el niño, la niña o el adolescente adoptado sólo podrá salir del país cuando la sentencia que decrete la adopción esté ejecutoriada. Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”.
En el comunicado, Migración también explicó que de acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del “Resuelve” de la sentencia de adopción presentada por Fernando Segura, se establece que se deben expedir copias auténticas de la providencia para algunos fines legales como, por ejemplo, la salida de la menor del país.
El problema estuvo, según la información que se compartió desde Migración, que Fernando Segura aun cuando el “Resuelve” es claro, “no presentó la copia auténtica”.
Migración Colombia también explicó que en la guía y manual de Control Migratorio sobre niños, niñas y adolescentes, en el caso puntual de los NNA adoptados, se le requiere al Oficial de Migración ingresar al sistema la información del menor para que en futuras salidas del país no se le solicite de nuevo.
“Conforme a lo establecido en la guía y manual de Control Migratorio sobre niños, niñas y adolescentes, para el caso de los NNA adoptados, se estipula que el Oficial de Migración deberá dejar consignado en nuestros sistemas de información, los datos que figuran en la sentencia de adopción, esto para que en posteriores salidas del país del NNA no se solicite nuevamente la sentencia”.
Al ser un proceso de adopción, el procedimiento explica que “al momento de salir del país por primera vez con el menor de edad adoptado deberán presentar la sentencia de adopción proferida por el juez de familia, la cual debe estar ejecutoriada, e igualmente acompañada del documento de viaje del menor de edad y el registro civil”
Ante los hechos que llevaron a la denuncia de Fernando Segura por discriminación, Migración Colombia envió un mensaje de recomendación a los padres y madres de menores de edad colombianos que vayan a salir del país a revisar con anterioridad los requisitos exigidos por la ley para evitar dificultades en el proceso migratorio.
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