La JEP dará apertura a la investigación de casos de violencia sexual en el marco del conflicto armado

Tras una solicitud de la Procuradora General, la Jurisdicción Especial anunció la apertura del macrocaso 11, mediante el cual se priorizará la investigación de los hechos de violencia sexual y otros crímenes motivados por el género u orientación

Imagen de la Procuraduría y la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) confirmó la apertura del macrocaso 11, mediante el cual se priorizará la investigación de los hechos de “violencia sexual y otros crímenes motivados por el género, sexo, orientación o identidad de género de las víctimas durante el conflicto armado” en Colombia.

El anuncio se dio tras más de una semana de la solicitud de la Procuradora General, Margarita Cabello, de abrir un nuevo macrocaso dedicado exclusivamente a investigar y establecer la verdad sobre delitos de violencia sexual y de género ocurridos en el marco del conflicto armado en Colombia.

La solicitud la había realizado la Procuradora Cabello el 8 de marzo, durante la conmemoración del día de la mujer, allí señaló la necesidad de en la mayor brevedad iniciar las acciones investigativas por parte de la JEP:

Se trata de una reivindicación de la verdad, con justicia y dignidad, a la que nos unimos como representantes de la sociedad desde 2021. La apertura del macrocaso 11 no da más espera. Lo dijimos, lo reiteramos en 2022 ante el anuncio de priorización y hoy insistimos en que la decisión sea tomada en el menor tiempo posible”.

Respuesta de la JEP

El presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, Roberto Carlos Vidal, confirmó a la revista Semana, que se realizará finalmente la apertura del caso 11, para establecer culpables de los delitos sexuales cometidos en el marco del conflicto armado.

No solo hemos contemplado la posibilidad, sino que tomamos la decisión de abrirlo. Estamos en el proceso de hacerlo porque es un caso complejo que requiere grandes recursos de investigación y ya estamos armando los equipos que se encargarán de ese caso”.

Precisamente en el más reciente informe de la Comisión de la Verdad, la violación fue de las modalidades de violencia sexual que se ejerció con mayor frecuencia. De igual forma, la Unidad para las Víctimas calcula que de las más de nueve millones de víctimas registradas solo el 8% ha declarado.

Varios colectivos de víctimas esperan la apertura del caso y el desempeñar oportuno del Tribunal de Paz, para que se pueda establecer culpables, dar condenas y asegurar la no repetición de tan abominables delitos que atentan contra la integridad humana.

JEP expulsa a general vinculado a la retoma del Palacio de Justicia

La decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP tomó la decisión de expulsar al general Jesús Armando Arias Cabrales debido a que no hizo aportes concretos a la verdad en el caso de la toma y retoma del Palacio de Justicia en noviembre del año 1985 en el desarrollo de resolución de un recurso interpuesto al excomandante.

De acuerdo con la información que se dio a conocer el 16 de marzo de 2023, el excomandante quedará a disposición del juzgado 15 de ejecución de penas y medidas de seguridad de Bogotá. Allí tendrá que seguir cumpliendo la condena impuesta por la Corte Suprema de Justicia de 35 años.

Así lo anunció la JEP en la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que determinó la exclusión “de la JEP al general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, por no haber hecho aportes plenos y concretos a la verdad sobre el caso del Palacio de Justicia”.

En el curso del proceso, se conoció que el compareciente “negó un hecho indiscutible, como lo fue el control que ejerció sobre los comandantes de las unidades de la XIII Brigada a su cargo, así como de otras unidades tácticas y de inteligencia desplegadas el 6 y el 7 de noviembre de 1985″.

La JEP también señaló que durante la audiencia que tuvo lugar el 17 y 18 de enero de 2023, el general Arias Cabrales no realizó nuevos aportes a la verdad sobre el caso de la retoma del Palacio de Justicia, de manera que solo se tenía información que había sido establecida en la justicia penal ordinaria.

A esto se suma que: “ante la falta de aportes plenos, exhaustivos, francos y detallados sobre la toma y retoma del Palacio de Justicia en noviembre de 1985, Arias Cabrales vulneró el régimen de condicionalidad que deben cumplir todos los comparecientes ante la Jurisdicción”.

De esta forma, la Sala de la JEP determinó que durante los días en los que se realizó la audiencia, Arias tuvo una actitud “indolente e indiferente con el objetivo de la diligencia”, además, anunció que “sus respuestas resultaron en varias ocasiones revictimizantes y ofensivas con las víctimas”.