400 vehículos serán subastados en Bogotá: conozca los detalles

La subasta será realizada conforme avanza el Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024, por lo que se busca mitigar el cambio climático del lote de vehículos declarados en abandono

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los vehículos podrán ser adquiridos con hasta un 20% de descuento. Foto archivo
los vehículos podrán ser adquiridos con hasta un 20% de descuento. Foto archivo

Bajo la implementación de la Ley 1730 de 2014, la Secretaría de Movilidad de Bogotá realizará la subasta de 400 vehículos que se encuentran desde hace más de un año en los diferentes patios ubicados en la ciudad, entre estos se podrán encontrar automóviles, camionetas, camperos y motocicletas catalogados como “vehículos para uso” o “vehículos para chatarra”.

Se espera que estos vehículos puedan ser vendidos en precios que se ubican entre los 45 y 300 millones de pesos, que deberán ser destinados para labores de fundición y disposición final de los residuos por lo que no pueden ser utilizados para autopartes; dentro del informe que entrega la secretaría por vehículo, se comunica qué partes deben ser cambiadas, puesto que el precio y modificación de papeles serán establecidos por la entidad, pero el valor de los arreglos si correrá por cuenta de quien lo adquiera.

La subasta será realizada conforme avanza el Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024, por lo que se busca mitigar el cambio climático del lote de vehículos declarados en abandono. Esta subasta estará abierta hasta el viernes 10 de marzo de 2023, Bajo el proceso de subasta de vehículos considerados en estado de abandono, la Secretaría de Movilidad ha realizado ocho subastas efectivas, en las cuales se han vendido 1.388 vehículos en condición de chatarra.

¿Cómo puedo registrarme?

  • Debe ingresar al portal www.superbid.com.co y hacer clic en “Registro.
  • Luego debe elegir su contraseña y usuario (login).
  • Lo siguiente es validar su login, pues este le permitirá identificarlo a la hora de realizar sus ofertas
  • Finalmente para terminar el registro, debe leer y aceptar el “Procedimiento de Utilización del Portal Superbid Colombia”, haciendo clic en “CONFIRMAR”, enviando la fotocopia de su cédula y el RUT y 24 horas después tendrá la activación de su registro.

Recuerde habilitarse antes de cada subasta

  • Ingresar el login y la contraseña, regresar al inicio y seleccionar la subasta de su interés.
  • Hacer clic en “HABILÍTATE” y recibirá un correo con la confirmación de su solicitud de habilitación, con un link que lo direccionará a las Condiciones de Oferta y Pago (COP) de la subasta seleccionada.
  • Leer el contrato dispuesto por Superbid para participar en las subastas, marcar la declaración de aceptación de términos y hacer clic en aceptar.
  • A continuación puede participar en la subasta, siguiendo las condiciones específicas dispuesta por nuestro intermediario comercial Superbid Colombia.

¿Cómo participar de las subastas?

  • Debe registrarse para la subasta de vehículos para chatarra o de vehículos para uso.
  • Habilitese para participar en la subasta.
  • Oferte por el lote de su interés.
  • Esté pendiente el día de cierre de la subasta.

¿Cuándo un vehículo es considerado en estado de abandono?

La Ley 1730 de 2014 entrega a la Secretaría de Movilidad la facultad de declarar en abandono a los vehículos que se encuentren en los patios de la entidad por la comisión de una infracción a las normas de tránsito, de la misma forma este debe llevar un tiempo superior a un año dentro de los patios sin que su dueño los reclame.

Para poder declarar un vehículo en estado de abandono, la Secretaría Distrital de Movilidad debe publicar en un periódico de amplia circulación nacional, el listado total de los vehículos; el propietario de cada vehículo tendrá 15 días hábiles para presentarse y subsanar su deuda con el distrito, esto correspondiente a la causa que dio lugar a la inmovilización y cancelar lo adeudado por concepto de servicios de parqueadero y grúa.

Pasados los 15 días hábiles, se considera como vencido el término de tiempo de reclamación del vehículo, por lo que la ley autoriza al organismo de tránsito para que este declare en abandono el vehículo inmovilizado.

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