
Tras la crisis de viajeros por la suspensión súbita de operaciones por parte de la aerolínea Viva Air, la Superintendencia de Transporte decidió tomar el control de la compañía. La autoridad señaló que la empresa se encuentra en una situación crítica económica y administrativamente, por lo que recomienda una reorganización empresarial.
El 6 de marzo, la Superintendencia notificó la Resolución No. 705 del 3 de marzo de 2023 con la que se impuso la “medida de sometimiento a control” a la aerolínea Fast Colombia S.A.S., que de acuerdo con la entidad se encuentra en Proceso de Recuperación Empresarial.
En el documento, la autoridad portuaria le solicitó a la Superintendencia de Sociedades que admita en proceso de reorganización empresarial a Viva Air, debido a que por su crisis interna afecta directamente la prestación del servicio público de transporte aéreo y a los usuarios.
Las medidas especiales del sometimiento a control le dan a la compañía dos días para formular un plan de Recuperación y Mejoramiento que permita superar la situación que originó la expedición de la resolución, así como las situaciones críticas señaladas.
En el segundo punto se “ordena un reporte de información necesaria que permita determinar el órgano de administración o agente externo que tomó la decisión administrativa y operativa de suspender la prestación del servicio público aéreo y los análisis técnicos, administrativos y financieros en que se soportó la decisión”.
La súbita suspensión de las operaciones de la aerolínea fueron relacionadas como una presunta presión ante el proceso de integración con Avianca. Según el ministro de Transporte, Guillermo Reyes, esta compañía habría adquirido acciones de Viva sin la autorización de la Aeronáutica Civil que continúa evaluando el proceso. La aerolínea negó que los accionistas hayan tenido influencia en las decisiones.
El control por parte de la Superintendencia también ordena a Fast Colombia a que se abstenga de “realizar actos contrarios a la ley”. Además, le ordena que debe restablecer la sede administrativa y los servicios asociados a ellos en tres días calendario, a partir de la notificación de la resolución.
La autoridad de Transporte “conmina a Fast Colombia S.A.S. en Proceso de Recuperación Empresarial, a que, dentro del día hábil siguiente a la ejecutoría de este acto administrativo, defina a los pasajeros el estado de reservas emitidas y confirmadas”.
Desde ahora, Viva Air deberá notificar a la SuperTransporte toda reforma estatutaria de la compañía que deberá ser autorizada, así como se le prohíbe presentar actos administrativos para constitución de garantías sobre bienes, enajenaciones, operaciones que no provengan de los giros ordinarios de los negocios.
“Se advierte a la aerolínea que deberá preservar el pasivo recibido por los recursos recaudados por la venta anticipada de tiquetes, tiqueteras y por aviación no regular de pasajeros, de lo cual deberá presentar reporte en el término de tres (3) días calendario y, en lo sucesivo, el último día hábil de cada mes, hasta cuando se superan las condiciones que dieron origen a la presente decisión”, se ordena en la resolución.
Estas medidas de control continuarán hasta que se supere la crisis generada a los viajeros. Si no se atienden las órdenes establecidas en la resolución, la Superintendencia podrá remover a los administradores, la junta directiva y al encargado de control fiscal, según se determine, lo que implicará una inhabilidad para ejercer el comercio que podría llegar hasta la vigencia de 10 años.
La decisión de Viva Air de suspender todos sus servicios afectó a más de un millón de pasajeros, tanto por quienes no saben qué pasará con sus tiquetes, como quienes quedaron a la deriva en terminales aéreas, incluso en otros países del continente. Otras aerolíneas han debido suplir la oferta de los servicios, ante la negativa de la aerolínea para ofrecer una solución.
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