Fiscal Barbosa le pidió claridad a Gustavo Petro sobre el levantamiento de órdenes de captura contra disidentes de extintas Farc

En la lista enviada a la Fiscalía hace casi dos semanas aparece el nombre de Javier Alonso Veloza, alias “Jhon Mechas”

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El lunes 20 de febrero
El lunes 20 de febrero el fiscal general y el presidente de la República se reunieron nuevamente en la Casa de Nariño. Foto: De archivo / Reuters

En la tarde del martes 21 de febrero se conoció que el fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa, le manifestó al presidente Gustavo Petro varias observaciones con respecto a la solicitud liderada por el alto comisionado para la Paz, Danilo Rueda, de levantar las órdenes de captura vigentes contra 20 sujetos, entre ellos 11 integrantes de disidencias de las extintas Farc.

En la misiva de la entidad judicial, el funcionario pidió más claridad sobre esta solicitud que recae en los que fueron reconocidos por el Ejecutivo como delegados del Estado Mayor Central de la extinta guerrilla. En dicha lista aparecen nombres como Javier Alonso Veloza García, alias Jhon Mechas, responsable de hechos violentos como el ataque al helicóptero en que viajaba Iván Duque en 2021, y el atentado contra un CAI en Bogotá en junio de 2022.

“Una vez allegada la mencionada solicitud, la Fiscalía General de la Nación requirió al alto comisionado para la Paz para que informara si las personas reconocidas como miembros-representantes del autodenominado Estado Mayor Central de las Farc-Ep fueron certificadas o no como miembros de la extinta guerrilla de las Farc-Ep, en el marco del Acuerdo Final para la Terminación del conflicto armado y la consolidación de una paz estable y duradera”, precisó el organismo de control fiscal en su misiva.

De igual manera, ese documento expuso que el funcionario del Gobierno nacional argumentó esta petición en la resolución 0014 del 9 de febrero de 2023 suscrita por el presidente de la República y en la cual afirmó que el Estado Mayor Central de las Farc es una estructura que decidió no cumplir lo pactado en La Habana, motivo por el cual 20 integrantes de esa estructura fueron reconocidos como delegados de la misma para participar en los acercamientos exploratorios contemplados dentro de la ‘paz total’.

En ese sentido, el fiscal Barbosa solicitó precisar si esas personas “hacen parte de un grupo armado organizado al margen de la ley que decidió no suscribir el aludido acuerdo de paz y si, por lo tanto, son integrantes de una organización criminal con la cual será adelantado un proceso de paz”, de acuerdo con lo contemplado en el artículo 2 de la Ley 2272 de 2022, que resume a la ‘paz total’ como política de Estado.

Además, la Fiscalía solicitó información completa no solo de Jhon Mechas, sino también de Edgar de Jesús Orrego, Farby Edisson Parra, Robinson de Jesús González, Willington Henao Gutiérrez, Carlos Eduardo García Téllez, Iván Jacobo Idrobo Arredondo, Deison Rodrigo Ortiz Camallo, Wilmar Pasu Rivera, Anderson Andrei Vargas y Oscar Eduardo Sandoval.

Cabe indicar que al término de la reunión adelantada el lunes 20 de febrero con el presidente Petro en la Casa de Nariño, el fiscal dio a conocer que le había entregado nueve reparos al mandatario con respecto al proyecto de ley de sometimiento a la justicia.

Estos se centran en aspectos técnicos, como los topes de los bienes que se les entregará a los integrantes de estructuras criminales que se acojan, el hecho de que la Fiscalía no tiene como función aprobar listados o verificar el cumplimiento de las funciones y la aplicación del principio de oportunidad.

También, la cabeza del organismo judicial le hizo saber a Petro que las víctimas tienen que ser amparadas en el proyecto de ley, pues según él, “no se encuentra el esquema de reparación, su rol en los procesos” y hasta advirtió de una “indeterminación” sobre la reparación. El octavo reparo fue hecho sobre el artículo 46 —”sentencias complementarias”— , que estaría violando el principio de cosa juzgada.

Sobre este ‘pero’, precisó que en el articulado “hablan de que un juez proferirá una sentencia colectiva, pero el artículo dice que si después aparecen hechos atribuibles a personas que están en la sentencia colectiva, se tiene que abrir de nuevo la discusión para introducir de nuevo ese elemento dentro de esa sentencia”. Cuestionó, en ese orden, la dureza con la cual se cumplirá la sentencia.

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