Desde que el pasado 13 de febrero se presentó el proyecto de la reforma a la salud propuesto por la ministra Carolina Corcho y apoyado por el presidente de la República, Gustavo Petro, se han levantado varias oposiciones, no solo con respecto al documento de 180 páginas que propone múltiples cambios al sistema actual, si no hacía la forma como se presentó el proyecto ante el Congreso.
Incluso, tras la radicación del borrador ante la Cámara de Representantes, algunos parlamentarios cuestionaron que desde la cartera de Salud fuera planteada como una ley ordinaria, cuando muchos consideran que esto sería una ley estatutaria. Entre el grupo de congresistas se encuentra Humberto de la Calle, que ante las múltiples negativas del Gobierno con respecto a este tema en su cuenta oficial de Twitter, insistió en que el documento sea radicado como una transformación al estatuto o la ley transversal que rige hoy el sistema.
“Dice Roy: “tienen derecho o no las señoras a escoger su ginecólogo? Pues aquí no, acá es el que imponga el Estado”. Inverosímil q alguien niegue que el proyecto toca en su esencia el derecho a la salud. Es norma estatutaria”, escribió el senador de centro y exnegociador de los acuerdos de paz entre el Estado y las extintas Farc.
Recordemos que hace unos días el grupo de parlamentarios que piden sea debatido como una norma estatutaria, entre los que se encuentra, además, de Humberto de la Calle, Paloma Valencia, Hernán Cadavid y Jota Pe Hernández; enviaron una carta al presidente de la Cámara, David Racero señalando: “Los abajo firmantes tenemos la plena convicción de que el mencionado proyecto contiene sendas disposiciones que revisten carácter estatutario”.
Es importante mencionar que ambas radicaciones tiene diferencias significativas, pues en el caso de la ley ordinaria es un cambio sutil a la ley, mientras que en el caso de la estatutaria es una transformación completa a la política que rige un sector.
Por lo anterior, las leyes estatutarias llevan más tiempo en ser debatidas y normalmente son discutidas por el Congreso, además, como lo menciona el artículo 152 de la Constitución, esta requiere de una discusión más amplia y un análisis de mayo profundidad, pues con estas se modifica la concepción de los derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos y recursos para su protección. En esta línea, también modifica la parte de la administración de justicia, asuntos electorales, participación o estados de excepción.
Los argumentos de David Racero
El congresista del Pacto Histórico confirmó, pese a las peticiones y los argumentos de otros parlamentarios, que el debate se llevará a cabo en la Comisión Séptima de la cámara baja, de acuerdo con lo establecido en la Ley Quinta y la Ley Tercera del Congreso. Su decisión se basó en los pronunciamientos que ha realizado la Corte Constitucional ante los trámites de leyes ordinarias y estatutarias.
Para sustentar lo anterior citó la Sentencia C-791 de 2011, que analizó una demanda que pretendía derogar una reforma de ese año al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En ese recurso se apelaba que las modificaciones fueron tramitadas como una ley ordinaria y no estatutaria; sin embargo, el alto tribunal no encontró fallas en el proceso del Congreso de la República.