Son muchos los animales que por sus condiciones, tamaños o dietas no deben ser retirados de su hábitat; especies como leones, cocodrilos, hipopótamos, pumas, cobras, entre otros, son algunos ejemplos de estos que no deberían vivir ni adentro o en los jardines de un hogar.
Hoy en día existen leyes que autorizan a la ciudadanía disponer de perros, gatos, ratones, algunas aves y peces, hámster, gallos, gallinas, vacas (según el espacio) para ser considerados como especies de compañía o trabajo.
Pero que, a su vez, especifica que especies no deben ser retirados de su hábitat natural para el cuidado tanto de estos animales, como de las personas y el medio ambiente.
Qué animales no deberían ser tenidos en cuenta como especies de compañía
Para responder esta pregunta, la Secretaría de Ambiente de Bogotá detalló una lista de los animales más traficados y tenidos de forma ilegal en la ciudad, los cuales son comercializados para disponer de estos como animales de compañía.
Según la entidad ambiental distrital especies como loras, tortugas, monos cariblancos, pericos carisucia, tarántulas, serpientes, entre otros, son los animales silvestres que más se comercializan y se tienen ilegalmente como mascotas.
Cindy Leguízamo, profesional de la Subdirección de Flora y Fauna Silvestre de la Secretaría de Ambiente, explicó que “los animales se adquieren clandestinamente a través de traficantes o intermediarios que comercializan las especies por debajo de cuerda”.
Al ser una actividad ilegal, la Secretaría de Ambiente precisó que los mecanismos empleados para la extracción, transporte y comercialización son crueles, lo que determina que muchos de estos mueran y sean pocos lo que logran llegar con vida a su destino.
Según esto, las especies que no deben ser consideradas como animales de compañía son:
- Reptiles silvestres.
- Aves silvestres.
- Arañas.
- Serpientes.
- Felinos silvestres.
- Monos
- Entre otras especies que puedan resultar peligrosas para la integridad física de las personas.
Cabe recordar que, la caza, el transporte, la comercialización y la tenencia ilegal de fauna silvestre son prácticas que son consideradas como un delito ambiental y son sancionadas conforme a la Ley 1333 de 2009 “proceso sancionatorio ambiental”.
El Código Penal contempla penas entre 48 y 108 meses de prensión para los sujetos que se apropien, extraigan, exploten, mantengas o aprovechen los recursos naturales sin los permisos respectivo o que busquen lucrarse ilegalmente de estas prácticas.
Con el fin de garantizar la protección y prevención de las especies silvestre del territorio nacional, la entidad distrital de Ambiente invitó a la ciudadanía a denunciar o reportar los casos de riesgos o de amenaza que involucren individuos de faunas silvestres.
Para ello, las personas se podrán comunicarse a través de las líneas telefónicas de la entidad distrital (también por WhatsApp): 317 4276828, 318 8277733, 318 7125560, 318 2616876 y (601) 3778854 en horarios de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. o los canales de atención del Ministerio de Ambiente: +57 6013323400, WhatsApp +57 3102213891 y la Línea gratuita nacional: 018000919301.
La Secretaría de Cultural, Recreación y Deporte agregó que existen varios lugares como zoológicos donde animales silvestres pueden ser admirados, sin necesidad de llevarlos a los hogares.
A su vez, la entidad añadió que existen otros espacios donde los humanos pueden compartir la fauna y flora, estos lugares son conocidos como bioparques o reservas que tiene como fin generar conciencia sobre el cuidado del medio ambiente y todos los elementos que conforman los ecosistemas.
Cuidado de los animales de compañía
“Amigo bogotanito: un animal no es un juguete, hay que cuidarlo y estar pendiente de él,” la Secretaría de Cultura resaltó que la responsabilidad de contar con una de estas especies de compañía equivale a una gran responsabilidad, por lo cual la decisión de adoptar o tener una mascota deberá ser siempre una decisión de familia.
La secretaría distrital enfatizó que el decidir tener un animal de compañía es un compromiso que debe tener la persona o el cuidador para que la mascota pueda sentirse protegido y un ambiente positivo. Para lograr esto, la entidad compartió algunos consejos:
- Dedicarle tiempo.
- No maltratarlo.
- Darle un lugar en la casa.
- Satisfacer sus necesidades de salud y alimento.
- Llevarlos periódicamente al veterinario.
- Responsabilizarse por su esquema de vacunación.
- Educar a la mascota para la convivencia con otros seres en el hogar.
- Educar a la mascota para la convivencia con otros seres en espacios públicos.
Finalmente, las autoridades de protección animal le recordaron a la ciudadanía en general que según la Ley 1774 de 2016 en la que se estipula a los animales como seres sintientes, las personas que agredan la integridad física de estos o causen su muerte pueden acarrear en una pena de prisión de 12 a 36 meses de prisión.
“E inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes”, añadió la Ley 1774 de 2016