La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional mantener el convenio que obliga al pago de la cuota alimentaria para niños y niñas y otros miembros de la familia, aunque el responsable se encuentre en el extranjero.
Con la petición, de acuerdo con el Ministerio Público, se busca asegurar que, aunque los padres de familia residan en el exterior, continuarán cumpliendo con sus obligaciones alimentarias.
Según el viceprocurador General de la Nación, Silvano Gómez Strauch, con ese tratado la Porcuraduría busca “garantizar la vida digna, el mínimo vital y los derechos fundamentales de aquellas personas, primordialmente miembros de la familia o vinculadas legalmente, frente a quienes asiste una obligación de solidaridad y equidad en razón a que no pueden procurarse su sostenimiento por sí mismas”.
Es de recordar que el convenio sobre el cobro de la cuota alimentaria fue aprobado por el Congreso de la República a través de la Ley 2212 de 2022. Se trata de un instrumento con el que se busca asegurar el derecho de niños, niñas y adolescentes e integrantes de las familias, a recibir los recursos que les permitan garantizar su acceso a la alimentación, educación, ropa, salud, entre otros.
De acuerdo con la norma, el convenio nació con el fin de mejorar la cooperación entre los Estados en el cobro de alimentos para niños, niñas y otros integrantes de la familia, al igual que para erigir un sistema que permita garantizar sus derechos.
El ente de control, por su parte, señaló que con el convenio busca proteger a la familia como institución “básica y fundamental” de la sociedad, ya que no solo se facilitan los trámites jurídicos para el cobro de la cuota alimentaria, sino también, evita la evasión de las obligaciones “de quienes se encuentran fuera de la jurisdicción estatal respectiva”.
El viceprocurador general de la Nación además destacó que el instrumento es una “solución a la situación de las personas sin recursos que tienen derecho a obtener alimentos de otras que se encuentran en el extranjero”.
Según la ley colombiana, la cuota alimentaria puede llegar a ser hasta del 50% del salario mensual, y esta se reparte de manera proporcional al número de hijos que el responsable del pago tiene. Dicho monto económico cobija, además de los alimentos, salud, educación, vivienda, vestuario y recreación.
Inasistencia alimentaria sería despenalizada en Colombia
En las últimas semanas surgió un debate nacional sobre el interés del Gobierno colombiano de que la inasistencia alimentaria deje de ser considerada como un delito en el país. Así quedó expresado en la reforma al Código Penal que radicó el ministro de Justicia, Néstor Osuna, ante el Congreso de la República.
En diálogo con Blu Radio, la exmagistrada Stella Conto, criticó la alternativa del Gobierno nacional, señalando que, “si convertimos la inasistencia alimentaria solo como una deuda civil nunca existirá una solución, pues en Colombia no hay pena por esto y no existiría la alternativa (…) El problema es integral y no lo estamos asumiendo, las cuotas que se están señalando son supremamente bajas. Las mujeres tienen que confirmarse con lo que el juez da; ni del punto de vista civil y penal, el tema se está solucionando”.
Complementando el argumento de Conto, en entrevista con el mismo medio, el abogado constitucionalista Gildardo Acosta por lo tanto calificó de “acertado” el llamado que hizo la Procuraduría General de la Nación a la Corte Constitucional para mantener el convenio a través del cual se obliga al pago de la cuota alimentaria a los padres que residan en el extranjero pues, en su concepto, “se volvería una presión del Estado” para no despenalizar la inasistencia alimentaria.