Procuraduría levantó suspensión a subdirectora de servicios funerarios de la Uaesp

De acuerdo con la decisión de la Sala Disciplinaria de Instrucción, la decisión de Sandra Elizabeth García, personera Delegada para la Coordinación de Potestad Disciplinaria (e), de suspender a Lisbeth Ramírez Moreno por tres meses se dio sin tener sustento probatorio

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La Procuraduría resolvió revocar la medida de suspensión provisional por el término de tres (3) meses, ordenada contra la doctora Ingrid Lisbeth Ramírez Moreno, en calidad de subdirectora de Servicios Funerarios y Alumbrado Público de la Uaesp. Uaesp.
La Procuraduría resolvió revocar la medida de suspensión provisional por el término de tres (3) meses, ordenada contra la doctora Ingrid Lisbeth Ramírez Moreno, en calidad de subdirectora de Servicios Funerarios y Alumbrado Público de la Uaesp. Uaesp.

El 15 de febrero, la Sala Disciplinaria de Instrucción de la Procuraduría General levantó la suspensión por tres meses a la subdirectora de Servicios Funerarios y Alumbrado Público de la Unidad Administrativa de Servicios Públicos (Uaesp) Ingrid Lisbeth Ramírez Moreno, luego de haber sido apartada de su cargo el 16 de enero de 2023, por presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos para la operación de los cementerios de Bogotá.

De acuerdo con la decisión de la Sala Disciplinaria de Instrucción, la decisión de Sandra Elizabeth García, personera Delegada para la Coordinación de Potestad Disciplinaria (e), de suspender a Ramírez Moreno por tres meses se dio sin tener sustento probatorio.

“Esta colegiatura determina que el tercer requisito para que proceda la suspensión provisional de la investigada, no está debidamente probado, lo que significa que, la exigencia de ley, no se ha cumplido y, por lo mismo y tanto, se determina que es procedente disponer la revocatoria de la medida de suspensión”, se puede leer en la decisión de los procuradores delegados Luis Francisco Casas y Diomedes Yate.

Sobre este tercer requisito es importante acotar que en el Código General Disciplinario, en su artículo 217, regula la suspensión temporal de los servidores públicos, y advierte que para que esta se dé tienen que configurarse tres elementos, entre los que está que el servidor, en su cargo, pueda reiterar la conducta por la que es investigado. En el caso de Ramírez Moreno, este no se pudo demostrar.

Es por esto que la Sala, al valorar el material probatorio aportado tanto por la Personería como por la defensa de Ramírez Moreno, advierte que “contrario a lo señalado por la Personería Delegada para la Potestad Disciplinaria II de Bogotá”, en el expediente “no se cuenta con elementos de juicio que permitan acreditar que la doctora Ramírez Moreno pueda continuar o reiterar la conducta investigada, siendo del caso precisar que, esta afirmación no tiene efectos vinculantes con respecto a las resultadas en la investigación propiamente dicha”.

Por lo que resuelve: “Revocar la medida de suspensión provisional por el término de tres (3) meses, ordenada contra la doctora Ingrid Lisbeth Ramírez Moreno, en calidad de subdirectora de Servicios Funerarios y Alumbrado Público de la Uaesp”.

En la decisión de la Procuraduría también se ordena “devolver el expediente a la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal”, que un primer momento lo había a la Sala Disciplinaria de Instrucción para analizar la decisión de la Personería para la Potestad Disciplinaria II de Bogotá.

A continuación se puede leer el documento completo:

¿Por qué suspendieron a Ramírez Moreno?

Los hallazgos, seis administrativos, tres disciplinarios y uno con presunto alcance penal, están relacionados con las entregas de los informes y fallas de la supervisión. (Alcaldía)
Los hallazgos, seis administrativos, tres disciplinarios y uno con presunto alcance penal, están relacionados con las entregas de los informes y fallas de la supervisión. (Alcaldía)

La decisión de apartar a Ramírez Moreno de su cargo surgió por el escándalo de los presuntos actos de corrupción en la Uaesp de Bogotá, pues según aseguró el empresario Sergio Venegas, este se vio obligado a pagar sobornos para administrar uno de los cementerios públicos de la capital colombiana y que, supuestamente, su usaron hornos crematorios para desaparecer a manifestantes del paro nacional sigue dando coletazos.

La decisión la tomó Sandra Elizabeth García, personera Delegada para la Coordinación de Potestad Disciplinaria (e), ya que, a su juicio, existían “elementos de juicio para establecer que su permanencia en el cargo permite que continúe reiterando las presuntas omisiones en la vigilancia y control del servicio público funerario”.

Para suspenderla, García recordó que la Personería ya habían iniciado las correspondientes indagaciones contra Ramírez y otro de los servidores de la Uaesp: “el 12 de diciembre del año 2022 la Personería de Bogotá abrió investigación disciplinaria a Ramírez Moreno (...) y a Carlos Quintana, exdirector de asuntos legales y jurídicos de dicha entidad”.

También señaló en noviembre de 2022 se llevaron a cabo las investigaciones respecto a las denuncias sobre los manejos en los camposantos, en las que la Personería “logró establecer una presunta omisión de servidores públicos de la Uaesp toda vez que determinó que las salas de velación no entraron nunca en funcionamiento, el laboratorio de tanatología se encuentra cerrado, el operador se encuentra en mora en el pago de servicios públicos que ha llevado a la inoperabilidad de hornos crematorios”.

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