Abecé del proyecto de ley de sometimiento a la justicia: más medidas restaurativas, no habrá tratamiento político y otros puntos clave

El articulado, presentado por el Ministerio de Justicia, establece que solo aplicará para estructuras criminales de alto impacto, que no tengan origen político y que se basen en delitos como el narcotráfico o similares

De acuerdo con el ministro Néstor Osuna, los criminales que se sometan a la ley podrán quedarse con hasta el 6% de sus bienes, de los cuales buena parte serán destinados a reparación de víctimas. Twitter (@MinjusticiaCo)

54 artículos contiene el proyecto de ley de sometimiento a la justicia, a través del cual “se establecen mecanismos de sujeción a la justicia ordinaria, garantías de no repetición y desmantelamiento de estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto”. ‘paz total’.

Esta iniciativa, contemplada como segunda reglamentación enmarcada en la política de ‘paz total’, busca el desarme y entrega de grupos criminales como el Clan del Golfo o Los Pachenca a cambio de beneficios penales.

El articulado, presentado ante el Consejo Superior de Política Criminal, precisa que no se tocarán las normas vigentes sobre la extradición, se enfocará en las medidas restaurativas y otorgará permisos a los condenados, siempre y cuando sean avalados por un juez de acuerdo a su etapa de resocialización.

Por ejemplo, el inciso dos establece cinco criterios de grupos armados que deben acogerse a este proyecto en caso de ser aprobado. En ese sentido, menciona lo contemplado en el artículo dos de la Ley 2272 de 2022 sobre los grupos que se deben considerar criminales de alto impacto:

1. Aquellas organizaciones criminales compuestas por un número alto de personas.

2. Que se encuentren estructuradas de forma jerárquica y/o en red.

3. Que estén dedicadas a la comisión continua y permanente de delitos que también están contemplados en la Convención de Palermo

4. Que cumplan funciones en una o en varias economías ilícitas, entre ellas el narcotráfico

Sumado a esto, habrá una instancia de alto nivel, también contemplada en el artículo 2 de la Ley 2272 de 2022, la cual se encargará de caracterizar la estructura armada como criminal de alto impacto o no. En este apartado, hay dudas sobre si se incluirán grupos como la Segunda Marquetalia u otros actores residuales de las extintas Farc.

Los requisitos de los grupos criminales para acogerse a la ley

El artículo 10 contempla nueve obligaciones colectivas que deben cumplir para acceder al tratamiento penal, estas son:

1. Expresar la intención colectiva “de contribuir al cumplimiento efectivo de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición”.

2. Manifestar la intención de desmantelar tanto la estructura criminal de alto impacto como sus redes de apoyo.

3. La suspensión de todo tipo de actividades ilegales.

4, 5 y 6. La entrega de armas, personas secuestradas y menores de edad reclutados.

7. La entrega del inventario de bienes y activos vinculados o adquiridos para el desarrollo de las actividades ilegales del grupo

8. La entrega de información precisa sobre las redes de apoyo de la estructura, incluyendo “colaboradores, determinadores y beneficiarios de las actividades ilícitas de la estructura y sus redes de apoyo”

9. Otras medidas que se dispongan durante las conversaciones entre el Gobierno nacional y el grupo de alto impacto

Ahora, el proyecto de ley presentado ante el Consejo de Política Criminal apunta ocho obligaciones que deben tener los integrantes de grupos criminales que se sometan a la misma. Dentro de ellas están el reconocimiento de responsabilidad penal en la comisión de delitos; aportar verdad a las víctimas y reparación material y simbólica; participar en los programas de justicia restaurativa que disponga el poder judicial; aportar información determinante a la Fiscalía General de la Nación y aportar datos y todo tipo de información que permita la búsqueda y el hallazgo de personas desaparecidas.

Sobre estas medidas, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, reiteró que no habrá ningún mecanismo de justicia transicional, sino que los criminales que se entreguen serán sometidos a la justicia ordinaria pero bajo esta ley, en caso de ser aprobada.

Por otra parte, el artículo 43 menciona los beneficios por la entrega anticipada de bienes: “En este evento, el procesado se hará acreedor al beneficio de hasta el seis (6%) del valor de los bienes que efectivamente sean entregados y que sean monetizables o tengan en sí mismos capacidad para la restauración de las víctimas”. Al respecto, el ministro Osuna aclaró que este porcentaje ya está contemplado en la Ley de Extinción de Dominio.

Por ahora, solo falta el concepto del Consejo de Política Criminal, el cual está conformado por funcionarios como el fiscal general y la procuradora, Margarita Cabello. Posteriormente será presentado ante el Congreso y, de acuerdo con Alirio Uribe —uno de los ponentes—, podría ser enviado con mensaje de urgencia para aprobación.

Conozca acá el documento completo: