Cómo y en qué casos se pueden retirar las cesantías

Este aporte económico es un derecho del trabajador y para su retiro se deben cumplirse algunas condiciones

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Cómo y en qué casos se pueden retirar las cesantías. REUTERS/Luisa González
Cómo y en qué casos se pueden retirar las cesantías. REUTERS/Luisa González

Este martes 14 de febrero termina el plazo para que los empleadores consignen las cesantías que corresponden a los días laborados en 2022, pues son una prestación social que el empleador debe pagar a sus trabajadores, adicional al salario ordinario.

Hay que tener en cuenta que este dinero es liquidado anualmente cada 31 de diciembre, a través de un fondo en el que se debe consignar el valor correspondiente a un salario completo por un año laborado. Estas no podrán ser usadas directamente por los trabajadores, pues el aporte económico no es consignado a la cuenta de nómina del trabajador, sino que permanecen en el fondo de cesantías al que está afiliado hasta el momento que las requiera.

La Ley 50 de 1990 resalta que las cesantías son un derecho del trabajador para su retiro deben cumplirse algunas condiciones como: la terminación de contrato, la compra de vivienda, educación, reparaciones locativas o para financiar la educación superior de sus hijos o dependientes de los trabajadores.

Una de las razones para condicionar su retiro, solo en estos casos, es para custodiar y proteger el ahorro de los trabajadores.

Cómo y en qué casos se pueden retirar las cesantías.
Cómo y en qué casos se pueden retirar las cesantías.

Cabe señalar que la documentación solicitada para cada uno de los motivos varía dependiendo del fondo de pensiones donde tenga su aporte de sus cesantías.

Esta es la sanción que tienen las empresas que no consignen a tiempo el aporte en los fondos

Desde el Ministerio de Trabajo advierten la importancia que deben tener para las empresas el pago de las cesantías antes de la fecha que se ha pactado como plazo máximo, pues si no se hace este pago las compañías tendrán que pagar el valor de un día de trabajo por cada día de mora dependiendo del salario de cada empleado, lo que en nominas con un importante número de trabajadores puede suponer un importante impacto económico para las arcas de las organizaciones.

Las compañías tendrán que pagar el valor de un día de trabajo por cada día de mora dependiendo del salario de cada empleado

Cabe destacar que el pago de los intereses de las cesantías a los empleados venció el martes 31 de enero de 2023, valor que variaba dependiendo del tipo de rendimiento.

Los expertos en esta primera obligación del año para las empresas para con sus empleados señalan que si no existe liquidez para hacer el pago se tienen dos opciones: la primera, es poner en prioridad el pago de cesantías por lo que se debe organizar la contabilidad de la compañía, y la segunda -que por lo general es la más utilizada- es pedir un préstamo a una entidad bancaria, algo que no es tan bueno debido al considerable incremento de las tasas de interés como producto de la inflación que vive el país.

Para acceder a un crédito digital, y aprovechar las ventajas de flexibilidad y agilidad, para cumplir con el compromiso de pago de las cesantías, es necesario principalmente ‘organizar la casa’; con esto me refiero a que la información debe estar al día, como: pagos de seguridad social, nómina, impuestos, proveedores, etc”, asegura Esteban Velasco, CEO y cofundador de Sempli a Valoranalitik.

“No solo al día si no, con una administración eficiente; así la compañía contará con la información para acceder, con mayor probabilidad, a los recursos del sistema de crédito tradicional o alternativo”, añadió el experto para ese medio de comunicación.

Cómo se calcula el monto a consignar a los fondos por empleado

Uno de los interrogantes para los empleados el el monto que deben consignar las empresas a los fondos por el pago de cesantías y cómo este se calcula.

La operación es muy sencilla, y es que las empresas por cada empleado deben consignar a los fondos de pensiones el valor de un mes de trabajo.

En el caso de que un empleado aún no haya cumplido el año laborado en una empresa, de acuerdo con el Código Sustantivo de Trabajo, la fórmula para liquidar el pago de las cesantías es: el salario base, multiplicado por los días trabajados, y ese resultado se divide entre 360.

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