Evasores de impuestos: estas son las penas y multas que enfrentarán de acuerdo con la reforma tributaria

Las sanciones que se determinaron en la reforma tributaria, contemplan penas de hasta 9 años de cárcel para quienes evadan impuestos ante la DIAN, incluyendo multas económicas

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Sanciones económicas y penas de cárcel serán impuestas a evasores de impuestos. REUTERS/Luisa González
Sanciones económicas y penas de cárcel serán impuestas a evasores de impuestos. REUTERS/Luisa González

Uno de los temas puestos sobre la mesa en la reforma tributaria que fue aprobada en el Congreso de la República en el año 2022, la cual tiene varios artículos en los que se realizarían cambios importantes a las sanciones en relación con la evasión de impuestos, ha sido una de los focos de atención más importantes en 2023.

En este sentido, considerando la reforma, las penas carcelarias para quienes evadan impuestos podrían ir desde los 4 a los 9 años de prisión, lo que se aplicaría a evasores ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), entidad que se encuentra adscrita al Ministerio de Hacienda.

De acuerdo con el documento, el objetivo de estas modificaciones sobre los evasores de impuestos sería aumentar la cantidad de contribuyentes en el país. Es así que se propuso que aumentaran las sanciones para quienes realizan esta práctica frente en el territorio nacional. Una de las medidas para lograr el fortalecimiento de medidas, incluye las penas carcelarias.

En este sentido, el artículo de la reforma tributaria también integró otro tipo de sanción, en este caso económico, para quienes oculten bienes o reincidan en la práctica. Estos funcionarán a partir de tres momentos. Por un lado, la multa estipulada a la omisión, si reincide, esta será mucho más estricta y se sumará la privación de la libertad con una detención entre los 36 y los 60 meses de prisión, como segunda medida.

La tercera ocasión en la que se aplica la sanción, sería con una pena de prisión más alta, aunque, según señala el documento, los beneficios de rebajas vigentes tienen la capacidad de interferir con el proyecto.

Cómo funcionará la medida

De acuerdo con la información del texto, los casos que aplicarían para la medida, tendrían que ser sancionados con penas de cárcel de 3 a 5 años cuando se trata de un monto igual o superior a 100 salarios mínimos mensuales vigentes, pero no más de 2.500 salarios mínimos.

En este sentido, se establecen los siguientes casos de defraudación que tendrían sanción, siempre que estén en la obligación de declarar:

- Personas que no realicen la declaración tributaria

- Personas que en su declaración tributaria omitan información acerca de sus ingresos

- Personas que incluyan gastos o costos que no existen

- Personas que reclamen créditos fiscales, anticipos improcedentes o retenciones con el fin de evadir impuestos

- Personas que generen un menor valor a pagar o mayor saldo a favor en sus declaraciones

Por otro lado, en casos donde el valor sea mayor a 2.500 salarios mínimos, pero menos de 5.000, las penas previstas se incrementarán en una tercera parte, mientras que para los casos donde el valor supere los 5.000 salarios mínimos, las penas aumentarán a la mitad.

El caso de Rappi y la presunta evasión de impuestos

Uno de los sectores que más ha llamado la atención durante este año ha corrido por cuenta de las aplicaciones móviles, las cuales, con sus amplios catálogos de servicios, han modificado distintas formas de consumo, en este caso la alimentación.

Es por ello que el caso de Rappi no pasó desapercibido luego de que la Asociación Colombiana de Industria Gastronómica (Acodres), en cabeza del presidente ejecutivo, Guillermo Gómez París, señalara la radicación de una denuncia por una presunta evasión de impuestos a la plataforma de domicilios Rappi, la cual fue liderada por afiliados a la asociación.

De acuerdo con la información, Luis Carlos Reyes Hernández, director de la DIAN, recibió la denuncia, donde señala que: “no está adelantando el respectivo recaudo del impuesto al consumo por las ventas de comidas y bebidas preparadas en establecimientos gastronómicos”.

Además, el gremio que reúne a más de 10.000 restaurantes en todo el territorio nacional, señaló en el comunicado que:

“... esta situación es contraria a lo establecido en el Estatuto Tributario y lesiona tanto el nivel de ingresos que el Estado debería percibir por impoconsumo, como los escasos ingresos que los establecimientos gastronómicos logran percibir, en un momento en el que la presión de la inflación en los costos no les permite obtener ganancias representativas a pesar de la recuperación del consumo después de la pandemia”.

Por su parte, la respuesta de Rappi fue contundente al señalar que:

“Rappi no comercializa ni compra para revender los productos y servicios que adquieren los usuarios o consumidores en la ‘Plataforma Rappi’. En ese sentido, Rappi presta servicios tecnológicos a los usuarios de su ecosistema”.

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