Multas de tránsito: aprenda a descargar el paz y salvo y quedar al día

La página de la Secretaría de Movilidad tiene el botón “Consulta de comparendos”, ubicado en la parte inferior del sitio web, desde donde se podrá adelantar el trámite

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Este documento demuestra que un infractor ya está libre de toda multa. (Secretaría de Movilidad).

Desde el pasado 6 de febrero, cuando la Secretaría de Movilidad advirtió la forma en la que serán sancionados los infractores, muchas personas se han preguntado: ¿cómo descargar el paz y salvo de las multas de tránsito?

Pues bien, la cartera de Movilidad ofrece un servicio en donde los ciudadanos pueden consultar sus comparendos, recibos, embargos y prescripciones.

En este orden de ideas, los ciudadanos que necesiten saber sus acuerdos de pago, embargos o pago de comparendos pendientes, lo podrán consultar a través de la página de la secretaría, haciéndole clic al botón: “Consulta de comparendos”, que está ubicado en la parte inferior de la página.

Para obtener la certificación en la que se manifiesta que el deudor se encuentra a paz y salvo con la entidad, el ciudadano debe presentar a la Sede Administrativa de la Terminal de Transporte, diagonal 23 # 69 - 60, el documento de solicitud realizada por parte de la empresa transportadora, en la que se indique la placa del vehículo.

Ahora, de acuerdo con la guía de trámites y servicios de Movilidad, este trámite no tiene ningún costo y el certificado se obtiene en ocho días hábiles.

Por último, de acuerdo con la secretaría, las personas que sigan con dudas frente a este proceso, podrán dirigirse a la oficina de servicio al transportador en la zona operativa, oficinas de rodamiento 213, o consultar cualquiera de las siguientes tres líneas: la Línea 195 o los números (601) 4 23 36 30 (Servicio al ciudadano opción 8) atención 24 horas; o el número (601) 4 23 36 00 (Operadora opción 0) atención 24 horas

La decisión de la secretaría

El 6 de febrero la Secretaría de Movilidad estableció que ya no es necesario determinar quién conduce un vehículo para sancionar una infracción, aludiendo a que, a través de la sentencia C-321 de 2022, la Corte Constitucional estableció que el dueño de un vehículo es el responsable de su adecuada tenencia y debe velar porque el mismo cumpla con las normas de tránsito.

Apegado a este fallo, el propietario de un vehículo deberá garantizar que tenga la revisión técnico-mecánica y el SOAT vigente, así como no circular en horarios no permitidos, no exceder los límites de velocidad, detenerse en los semáforos, entre otros.

En este sentido, la Secretaría de Movilidad explicó a comienzos de esta semana que ahora en Bogotá no será necesario determinar quién conduce el vehículo para sancionar una infracción, y para ser exonerado de pagar la multa, una persona tendrá que entregar las pruebas necesarias para demostrar que fue víctima de fraude o hurto de su vehículo y así ser exonerado de la infracción.

“Invitamos a todos los bogotanos a cumplir con las normas de tránsito y así evitar la imposición de comparendos. La Secretaría de Movilidad garantiza el derecho al proceso contravencional, pero es mejor cumplir la norma para evitar estos procedimientos”, puntualizó el lunes 6 de febrero de 2023 la secretaria, Deyanira Ávila.

La entidad añadió que el ciudadano debe saber que, si el fallo de su proceso sale en su contra, deberá cancelar el cien por ciento de la multa junto con los intereses causados, ante lo cual la entidad invitó a las personas, para que en caso de ser multados, realicen el curso pedagógico dentro de los siguientes 11 días hábiles a la notificación del comparendo para acceder al 50% de descuento, realizando el respectivo curso pedagógico por infracción a las normas de tránsito.

“Los propietarios de los vehículos deben tener toda su información actualizada en el RUNT, como su dirección de residencia, su correo electrónico, para que se pueda hacer una debida notificación, porque siempre será responsabilidad del propietario tener sus datos al día”, añadió la secretaria Ávila.

Pilas con los tramitadores

Por último, la Secretaría de Movilidad hizo un llamado a la ciudadanía para que no se deje engañar por tramitadores que entregan información falsa y cobran por servicios que son gratuitos y deben hacerse sin intermediarios.

Es importante mencionar que, el propósito de las cámaras de fotodetección es garantizar el cumplimiento de la ley que deben tener todos las personas en la vía, para reducir la siniestralidad y las fatalidades en Bogotá.

Estas cámaras están ubicadas en lugares visibles y la ciudadanía siempre ha tenido acceso a la información sobre la ubicación de las mismas. Este mecanismo de fotodetección no es para recaudar fondos, es implementado para salvar vidas en las vías.

Infracciones que detectan las cámaras de fotodetección:

• Conducir a una velocidad superior a la permitida

• No respetar el paso de peatones

• Conducir sin portar el SOAT vigente

• Conducir sin la revisión técnico – mecánica al día

• Transitar en sitios prohibidos o en horas no permitidas (pico y placa)

• No detenerse ante una luz amarilla o roja en un semáforo.

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