Patinetas eléctricas en Bogotá: esta es la normativa para su uso

La Alcaldía del Distrito Capital estableció el protocolo de funcionamiento para el transporte en este vehículo

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Quienes decidan transitar en patinetas eléctricas deben tener claro que no pueden exceder los 20 Km/h.
Quienes decidan transitar en patinetas eléctricas deben tener claro que no pueden exceder los 20 Km/h.

En Bogotá, el uso de las patinetas eléctricas se ha popularizado en los últimos años y se ha adoptado como el medio de transporte preferido por muchos, pues es más limpio, eficaz y accesible. Esto, debido a las medidas del pico y placa, los trancones, la ineficiencia e inseguridad del transporte público o la creciente preocupación por el cambio climático.

Así, este medio de transporte, que en un principio llegó al país como un juguete de tecnología, se transformó en una de las opciones de modalidad eléctrica más accesible para los bogotanos. Algunos, impulsados por la opción exenta de licencia de conducción o SOAT, deciden comprar una patineta eléctrica.

Sin embargo, este medio de transporte no está del todo exento de reglas, pues según información compartida por la Alcaldía de Bogotá, las patinetas deben cumplir con un protocolo de funcionamiento mínimo, que se divide en las especificaciones técnicas como la velocidad y los dispositivos.

La velocidad no podrá ser superior a 20 km/h y cada patineta deberá tener freno, timbre, luz blanca delantera, luz roja trasera, pie de apoyo, dispositivo para su geolocalización (GPS) y número único de identificación visible.

En cuanto a los espacios de estacionamiento para las patinetas alquiladas o no, Movilidad delimitará las zonas en las que se pueden estacionar las patinetas eléctricas y tendrán un cupo limitado. No podrán ofrecer en alquiler un vehículo diferente a patinetas y tampoco podrá integrar elementos distintos a la infraestructura física acordada anteriormente.

Asimismo, la alcaldía aclaró que, aunque no se encuentran textualmente definidas en el Código Nacional de Tránsito, encajan dentro de la definición de un vehículo, entendido como todo aparato montado sobre ruedas que permite el transporte de personas, animales o cosas de un punto a otro por vía terrestre pública o privada abierta al público. En ese sentido, las patinetas están sometidas a las disposiciones del Código Nacional de Tránsito y entran en el régimen sancionatorio aplicable a los conductores de estos vehículos.

Entretanto, quienes decidan transitar en patinetas eléctricas deben tener claro que no pueden exceder los 20 Km/h, deben usar elementos de seguridad como cascos, rodilleras y elementos reflectivos para que, durante la noche, puedan identificarse en zonas donde haya poca luz.

La Alcaldía de Bogotá también compartió cuáles son los deberes que deben cumplir las personas que se movilicen en este tipo de medios:

- Ubicar las patinetas únicamente en los espacios autorizados por la Secretaría Distrital de Movilidad.

- No podrá movilizarse en una patineta más de una persona de forma simultánea.

- No podrá transportar objetos que disminuyan la visibilidad o que lo incomoden en la conducción.

- Acatar la Circular 006 del 12 de diciembre de 2018, “Recomendaciones de tránsito para vehículos tipo patinetas con o sin motor” expedida por la Secretaría Distrital de Movilidad, o la que la modifique, sustituya o adicione.

- Acatar el Código Nacional de Policía y el Código Nacional de Tránsito Terrestre.

Igualmente, las patinetas deberán circular por las ciclorrutas y calzadas de calles que no sean vías principales siempre y cuando transiten hacia el mismo sentido de los carros. Por ningún motivo pueden transitar por los andenes.

Patinetas Alquiladas

La Alcaldía de Bogotá también definió la normativa a la hora de alquilar una patineta eléctrica. En ese sentido, las empresas proveedoras deben incentivar la seguridad vial de los menores de edad que usen las patinetas. Deben incentivar el uso de casco en sus usuarios e implementar medidas que contribuyan al uso de las patinetas eléctricas en los horarios con mayor tráfico. También deben contribuir a que el usuario estacione la patineta en los espacios autorizados, todas las patinetas estén en óptimas condiciones, los cobros sean los correctos y todos los canales de atención al usuario deben estar siempre disponibles.

Además de los actuales seguros contra accidentes, cada empresa deberá adoptar un protocolo para la atención de incidentes, siniestros y emergencias que contenga los procedimientos, actores involucrados y recursos necesarios. En cuanto al horario de funcionamiento, comenzará a las 5 de la mañana y terminará a las 10 de la noche.

De acuerdo a la slcaldía, los proveedores deberán informar a los usuarios, mediante avisos en las patinetas y en la app, las reglas que deberán cumplir para el uso del espacio público. Antes del alquiler, deben proveer información de normas de circulación y precios contemplando recargos, multas y otros costos.

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