Cuál es el plazo para inscribirse como candidato a las elecciones territoriales

La Registraduría Nacional del Estado Civil entregó el calendario electoral tanto para la ciudadanía como para los que quieran aspirar a alguno de los cargos de elección popular

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Elecciones territoriales: candidatos tendrán plazo hasta el 4 de mayo para inscribirse. (Registraduría)
Elecciones territoriales: candidatos tendrán plazo hasta el 4 de mayo para inscribirse. (Registraduría)

La Registraduría Nacional del Estado Civil ya está adelantando todas las acciones para garantizar las elecciones territoriales que se celebrarán el 29 de octubre. La entidad detalló cuáles serán las fechas para el desarrollo de las consultas, la conformación de los partidos y coaliciones que participarán, y la inscripción de los candidatos a alcaldes, gobernadores, diputados, concejales, ediles y miembros de las administraciones locales.

La periodista, Maritza Aristizábal, conoció en exclusiva el proyecto de resolución que define el calendario para “los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos” que quieran participar. En el caso de las consultas, la Registraduría estableció una serie de fechas tanto para las inscripciones de los precandidatos como para la celebración de esas votaciones.

• 4 de marzo: Los partidos o movimientos políticos deberán comunicar por escrito al Consejo Nacional Electoral su decisión de realizar consultas populares, internas o interpartidistas para determinar quiénes serán los candidatos para las elecciones de octubre.

Los documentos a entregar a la entidad electoral debe “acreditar que la decisión se adoptó de acuerdo con lo previsto a los estatutos” y también tiene que especificar el mecanismo para la elección de los precandidatos. Si se trata de consultas internas, tienen que “aportar el registro de afiliados actualizado”, y si es una consulta popular o interpartidista deberán entregar una “copia del registro del Comité Inscriptor”.

Los partidos políticos o movimientos con personería política tendrán “hasta el cuatro (4) de marzo de dos mil veintitrés (2023) para manifestar que se retractan de su voluntad inicial”.

• 4 de mayo: En el caso de haber decidido ejecutar una consulta “para la escogencia de candidatos a cargos de elección popular”, los precandidatos tendrán máximo hasta esa fecha para inscribirse ante la Registraduría.

• 4 de junio: Es la fecha que determinó la entidad electoral para la ejecución de las consultas populares, internas o interpartidistas para escoger a los candidatos que participarán en los comicios regionales.

La inscripción de cédulas

La Registraduría informó que los colombianos podrán inscribir su cédula para las elecciones territoriales hasta el 29 de agosto. “Deben inscribir su cédula aquellos ciudadanos que cambiaron su lugar de residencia o que hayan regresado al país”, especificó la entidad y recordó que la medida también aplica tanto para los connacionales que están en otro país como los extranjeros residentes en Colombia que tengan cédula de extranjería.

Para realizar el proceso, estarán habilitadas las sedes de la Registraduría como algunos puntos de inscripción autorizados desde las 8:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde. Allí deberán presentar la cédula física o digital. “Cabe aclarar que este proceso no podrá llevarse a cabo con contraseñas, carné, libreta militar, licencia de conducción ni denuncias de pérdida de documento”, agregó la institución.

La entidad electoral también señaló algunas de las fechas claves para las elecciones territoriales:

• 29 de abril: Es la fecha límite para la instalación de las mesas de votación de los corregimientos.

• 29 de junio: Se vence el plazo para el registro de grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y comités promotores del voto en blanco y ya no habrá más inscripción de cédulas nuevas en el censo electoral. Asimismo, iniciará la inscripción de candidatos y las listas.

• 29 de julio: Comienza la propaganda electoral y se vence el periodo para la inscripción de candidatos y listas. A su vez, la Registraduría publicará el censo electoral.

• 31 de julio: La entidad conforma las listas de los jurados de votación.

• 2 de agosto: Empieza la instalación de las mesas de votación en el territorio nacional.

• 4 de agosto: Vence el periodo para la modificación de los candidatos a alcaldes, gobernadores, diputados, concejales, ediles y miembros de las administraciones locales.

El 6 de agosto se publicarán los candidatos que lograron inscribirse.

• 29 de agosto: Se cierra la inscripción de cédulas.

• 14 de octubre: Se realiza el sorteo y la publicación de los jurados de votación.

• 27 de octubre: Se vence el plazo para la inscripción de los testigos electorales y finaliza la propaganda electoral gratuita en los medios de comunicación.

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