Francisco Barbosa se refirió a la suspensión de operativos policiales: “el jefe de la Policía Judicial de Colombia es el fiscal General de la Nación”

El fiscal afirmó que desde Estados Unidos le han manifestado su preocupación por la posibilidad de que se paren los operativos en contra de las bandas criminales relacionadas con narcotráfico

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El fiscal General, Francisco Barbosa,
El fiscal General, Francisco Barbosa, señaló que los operativos en contra de grupos armados no serán suspendidos: Colprensa - Camila Díaz.

Los choques entre la Fiscalía General de la Nación y el Gobierno nacional continúan tras las diferencias con respecto a la suspensión de procedimientos contra bandas criminales y grupos armados como las disidencias de las Farc y el Clan del Golfo.

En las últimas declaraciones del fiscal Francisco Barbosa, este dejo en claro que pese a lo mencionado por la Policía, es necesario entender que la cabeza de la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL -Dijin-, es el fiscal General de la Nación, en este sentido hizo énfasis en que pese a lo señalado por la administración actual, las operaciones policiales contra grupos armados en territorio continúan.

“El jefe de la Policía Judicial de Colombia es el fiscal General de la Nación en términos de la investigación y la persecución judicial, por lo que no puede decir (El director de la Policía Nacional, general Henry Sanabria) que no actuará policialmente con el CTI para capturar asesinos de líder sociales en el Cauca”, anotó Barbosa en una entrevista que sostuvo con Blu Radio.

En la misma línea que lo hizo con la petición de suspensión de órdenes de captura contra miembros de estructuras armadas que no tienen un carácter político y, por tanto, son considerados bajo la ley colombiana como crimen organizado, anotó que:

“Se le tiene que aclarar al país que las actividades policiales continúan y se mantiene la operación en esa zona”, anotó en el espacio periodístico; y agregó: “La suspensión de operativos policiales no significa la suspensión de operativos de captura contras esas personas a las cuales yo no les suspendí las órdenes de captura”.

Recordemos que el 16 de enero, el general Sanabria comentó que desde la institución que dirige no se está actuando contra los grupos debido a los decretos de cese bilateral entre el Gobierno nacional y las estructuras criminales firmados por el presidente de la República, Gustavo Petro.

Los decretos establecen no acciones ofensivas, es decir, operativos militares o policiales de ir a buscarlos en sus zonas campamentarias, pero frente a la presencia de ellos en sitios donde haya procedimientos de policía o haya orden de captura vigente, serán objeto de captura”, explicó el alto oficial.

Además, el fiscal comentó que las múltiples noticias alrededor de los diálogos con estos grupos armados han comenzado, ha crear preocupación en Estados Unidos, que ha venido apoyando los procesos contra el narcotráfico en el país y que se lo han manifestado: “Estados Unidos está siguiendo estas conversaciones día a día con la Fiscalía y el fiscal general de Colombia”.

“Me preocupa que esto ha bajado y han empezado a aumentar las masacres. El narcotráfico es el que genera la criminalidad en los territorios donde terminan asesinando a los líderes sociales y los reincorporados”

La situación no es nueva, pues hace unos días, frente a la petición de suspender órdenes de captura en contra de miembros de grupos armados ilegales relacionados con el crimen de narcotráfico, al respuesta de la Fiscalía fue similar.

“No existe un marco normativo que precise los términos del sometimiento de Grupos Armados Organizados sin carácter político ni de estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto. Sin este marco jurídico legal para el sometimiento a la justicia, no puede el ente investigador y acusador proferir una resolución en desmedro de los derechos fundamentales de las víctimas y de su deber constitucional de “velar por la protección de las víctimas””, se lee en el comunicado de la Fiscalía.

Y añade que, “La postura de la Fiscalía General de la Nación es que la concesión de beneficios judiciales para los miembros de estas estructuras armadas, como la suspensión de órdenes de captura, debe estar precedida de unos términos legales de sometimiento a la justicia y de un régimen de condicionalidad al cual deberán acogerse estas personas. Es a la luz de este marco legal que tendrá sustento jurídico la suspensión de las órdenes de captura”.

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