La Registraduría Nacional del Estado Civil, en cabeza de Alexander Vega, anunció quiénes deberán inscribir, nuevamente, su cédula antes de los comicios electorales del 29 de octubre:
“Los ciudadanos que deben inscribir su cédula de ciudadanía para participar en las elecciones territoriales 2023, son únicamente aquellos que cambiaron su lugar de residencia y quieren actualizar su puesto de votación. Los demás, podrán hacerlo en el puesto de votación donde sufragaron la última vez”, informó la entidad en un tweet.
Y continuó: “Únicamente los ciudadanos que cambiaron su lugar de residencia y quieren cambiar su lugar de votación, podrán adelantar el trámite acudiendo directamente a la Registraduría más cercana”.
Los demás ciudadanos que conforman el censo electoral podrán votar en el mismo punto en el que lo hicieron durante la “segunda vuelta” presidencial, que arrojó como ganador al actual mandatario Gustavo Petro, el 19 de junio del 2022.
Para ese entonces, “Un total de 39.002.239 colombianos estaban habilitados para ejercer su derecho al voto en Colombia y en el exterior”, según un informe de la Registraduría publicado justo antes de la primera vuelta de las elecciones presidenciales.
Aún no se ha dado a conocer la cifra actualizada, por lo que, por el momento, se desconoce el número de personas que estarán en edad de votación para octubre de 2023, pero es un tema del cual ya estuvieron hablando el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría Nacional.
Se tiene previsto que las cifra se dará a conocer el 29 de julio, un mes después de que se suspenda la incorporación al censo electoral de cédulas de primera vez.
¿Hasta cuándo podrá inscribirse la cédula para cambiar el lugar de votación?
El plazo que la Registraduría ha dado para inscribir la cédula va del 29 de octubre de 2022 al 29 de agosto de 2023, 10 meses en los que los ciudadanos colombianos podrán cambiar su lugar de votación para las elecciones territoriales del periodo 2024-2027.
Dos meses antes del cierre de inscripción de cédulas para votantes, es decir, el 29 de junio, iniciará el periodo de inscripción de candidatos, que se extenderá hasta el 29 de julio, el mismo día en el que se permite iniciar con la propaganda electoral, empleado el espacio público.
¿Qué está en juego?
Según dio a conocer la Registraduría Nacional, el 29 de octubre, antes de la media noche, serán elegidos: 1.102 alcaldes, 32 gobernadores, 12.072 concejales, 6.513 ediles de las Juntas Administradoras Locales (JAL) y 418 diputados de las asambleas departamentales.
Sin embargo, los extranjeros residentes en Colombia, mayores de 18 años, no podrán votar por gobernadores, ni diputados, pero sí por los alcaldes, concejales y ediles o miembros de las Juntas Administradoras Locales.
Para lo anterior, deben cumplir varios requisitos: Tener visa de residente de conformidad con las normas que regulen la materia, acreditar como mínimo cinco años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia, portar su cédula de extranjería como residente, estar inscrito en el registro electoral y no estar incurso en alguna de las inhabilidades constitucionales o legales.
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