Cuando el 14 de octubre de 2020 Nicolás Maduro dijo que “las gotitas milagrosas van directo para que te las tomes con fe. El cuerpo te queda fino, te elimina la COVID-19″, casi nadie sabía que detrás de eso se oculta una historia sórdida, que llevó a que tres semanas después los que financiaron el Carvativir fueran detenidos por la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim).
Para el 24 de enero de 2021, cuando Maduro anunciaba formalmente la presentación de las llamadas gotas milagrosas, a la pareja Campos Alvarado y Sánchez Machuca ya le habían quitado la propiedad intelectual del producto y solo aparecía el ingeniero químico Raúl Antonio Ojeda Rondón.
El 1 de mayo de 2020, la pareja Jheam Frank Campos Alvarado y Nerimar Yeila Sánchez Machuca, creyeron en que harían un gran negocio cuando Raúl Antoio Ojeda Rondón les propuso la sociedad del Carvativir, planteándoles que necesita recursos para financiar ese proyecto científico, y no tiene un socio que lo financie porque nadie cree en él. Ahí empezó la historia que mantiene en la cárcel a la pareja y sentenciados a cuatro años de prisión, según relata a Infobae un familiar “cansado de callar”.
“Ahora eso aparece, por obra y gracia, a nombre de Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) y el Ministerio de Ciencia y Tecnología. El mismo Estado les quitó, a Jheam y a Nerimar, la propiedad intelectual”.
Entre las cosas más difíciles de saber para su familia es lo que ocurrió el 17 noviembre de 2020, cuando a Nerimar Sánchez la presionaban para que renunciara a los derechos de la marca y a que vendiera sus acciones. “Los mantuvieron incomunicados mientras les decían que podían conseguirles una medida cautelar, porque tienen control sobre el Ministerio Público y el Tribunal que lleva su causa. A Jheam lo presionaron para que renunciara a la condición de presidente de la empresa a favor de su socio”.
“Ellos tienen abogados, pero en el Tribunal de Terrorismo lo que te dicen claramente es que el juez no es autónomo para decidir, quien decide es arriba. Al terminar las conclusiones les desestiman boicot, cambiaron asociación por agavillamiento y les mantuvieron peculado doloso propio. Todo eso sin que la Fiscalía entregara experticia contable”.
“Cuando Jheam y Nerimar solo tenía en avance la adaptación de un medicamento natural con propiedades altamente curativas. Ellos aportan para la I, II y III fase todo lo que se necesitaba, el solo llamaba para pedir y se costeaba todo”.
Resalta “esa pareja tiene cuatro hijos menores, dos de ellos apenas de 4 y 6 años de edad, víctimas de esta situación, porque los han separado de sus padres, ahora condenados a cuatro años de prisión, por las ambiciones de Raúl Antonio Ojeda Rondón”.
El contrato
Campos y Ojeda acuerdan la firma de un Contrato Laboral de Confidencialidad y Exclusividad entre Ojeda Rondón y la Sociedad Mercantil Miami Customs and Accesories, C.A., identificada con el Registro de Información Fiscal (RIF) N° J-29606828-3, representada en ese acto por Sánchez Machuca.
Para el 10 de septiembre de 2020, las partes acuerdan la compra de las acciones de la empresa Miami Customs and Accesories, C.A., y le cambian el nombre a Laboratorio Farmacológico de Venezuela (Labfarven), quedando como propietarios Ojeda Rondón (50% de las acciones) y Jheam Frank Campos Alvarado (las 50% restantes), según consta en el Registro Mercantil.
Cuatro días después, el 14 de septiembre de 2020, firman un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología y Laboratorio Farmacológico de Venezuela, C.A. cuyo objeto era profundizar específicamente la Fase III del ensayo clínico del antiviral Carvativir.
“En octubre de 2020, en las instalaciones del Fondo Nacional de Desarrollo (Fonden), en presencia del representante del Ministerio de Ciencia y Tecnología, le entregan a Campos Alvarado 180 mil euros en efectivo, correspondiente a la solicitud de desembolso del 1 de octubre de 2020, correspondiente al proyecto Desarrollo de la Fase III del Ensayo Clínico del Antiviral denominado Carvativir, según Acta de Entrega de Efectivo. En la cadena de custodia la DGCIM tiene $92 mil 800, pero no permitieron que los abogados tengan acceso a las facturas de las pruebas de laboratorios que se le realizaron a los pacientes que formaban parte del proyecto antiviral”.
Familiares y amigos se han enterado ahora que “cuando secuestran a Jheam y a su esposa, el capitán Santiago de la DGCIM, sacó a Nerimar de la celda y la amenaza para que le firme una carta donde ella renunciaba a sus derechos sobre la marca del Carvativir, porque de lo contrario sufriría las consecuencias. Ella se negó y alias Santiago le dijo: ‘Tú si eres arre…, me vas a poner condiciones. Piensa en tus hijos Nerimar porque no los volverás a ver’. Después sacó a Jheam de su celda para la convenciera de firmar, pero él se negó”.
“Nunca habíamos querido decir nada, porque ellos se han sentido coaccionados, además que han visto tratos crueles e inhumanos, cómo torturaban a otras personas que estaban detenidas en esa misma celda, las sacaban, las torturaban y las regresaban ensangrentadas, adoloridas, sin comida ni agua. Nerimas contó que el día de la presentación la obligaron a firmar los derechos del imputado con fecha 13 de noviembre, cuando realmente ellos fueron detenidos el 08 de noviembre”.
Dgcim y detención
El 21 de agosto de 2020, Laboratorio Farmacológico de Venezuela (Labfarven) solicita inscripción y registro del Carvativir ante el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI), mediante solicitud número: 020-005857, Tramitante/Agente: Jheam Frank Campos Alvarado.
Como todo lucía prometedor, “el 29 de octubre de 2020, mudaron a Labfarven para la urbanización San Bernandino de Caracas, para culminar con los estudios de la Fase III. Ahí es cuando Raúl Antonio Ojeda Rondón, se relaciona con funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) para quitarles la empresa a Jheam Frank Campos Alvarado y Nerimar Yeila Sánchez Machuca”.
Familiares de la pareja relatan que “el 8 de noviembre de 2020, funcionarios de la Dgcim, a la orden del teniente coronel (GNB) Alexander Granko Arteaga, detienen y secuestran a Jheam y Nerimar. Ocho días después, el 16 de noviembre los presentan ante el Tribunal de Terrorismo por presuntos delitos de peculado doloso propio, según el artículo 54 de la Ley contra la corrupción, boicot previsto y sancionado en el artículo 53 de la Ley Orgánica de Precios Justos, y asociación prevista y sancionada en e la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo”.
El 27 de mayo de 2021 se celebró audiencia preliminar en el Juzgado Segundo de Control con Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo, el cual acordó mantener la privativa de libertad contra Campos Alvarado y Sánchez Machuca, y el pase a juicio oral y público.
“Ya evacuados cada uno de los órganos de prueba el juez de juicio envía una minuta a la Sala Penal del TSJ indicando: visto que el Ministerio Público no pudo demostrar la culpabilidad de los ciudadanos Jheam Frank Campos y Nerimar Sánchez Machuca, por la comisión de los delitos de peculado doloso, boicot y asociación, y no se pudo verificar efectivamente la presunta comisión de los delitos antes mencionados, se puede establecer que no existe responsabilidad penal para condenar a los acusados”.
“Sabe usted que Bárbara Rojas, secretaria de la Sala Penal, mediante llamada telefónica, conversó con el Juez y le indico que la doctora Elsa dijo que debían condenarlos por un delito a sabiendas que no existe responsabilidad penal de los acusados”.
Finalmente es importante destacar que el portal Armando Info revela que Ojeda era dueño de una discoteca en la isla de Margarita, que cerró por uso de estupefacientes y que entre las 10 personas detenidas estaba Jheam Campos Alvarado y su socia, quienes “quedaron imputados por el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de ocultamiento en grado de cooperadores inmediatos, como puede leerse en un expediente judicial de febrero de 2010, del Tribunal Penal de Control del estado Nueva Esparta”.
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