La Justicia del régimen cambió el delito de Traición a la Patria por el de Conspiración para los militares y acelera el caso de los drones

“La sentencia debe estar lista el lunes 01 de agosto”, se les anunció a los involucrados en el juicio

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Los segundos antes y después del estallido del drone el 4 de agosto de 2018

Para los detenidos y sus familiares han transcurrido largos cuatro años desde aquel 4 de agosto cuando ocurrió el caso de los drones, un intento de magnicidio contra Nicolás Maduro. Ha sido un juicio plagado de vicios, torturas, violaciones al debido proceso, entre muchas irregularidades más. Últimamente se habían realizado audiencias en las que se evaluaban algunas pruebas documentales, hasta que el lunes pasado hubo un cambio inesperado y acelerado para terminar el juicio, que podría deberse a que el jueves próximo se celebra el 85 aniversario de la GNB y se cumplen cuatro años del fallido atentado. “La sentencia debe estar lista el lunes 01 de agosto”, se les anunció a los involucrados en el juicio.

“La orden vino de arriba y este juicio hay que finiquitarlo el lunes”, es lo que desde el Tribunal Especial Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio con competencia en casos vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional de la jueza Hennit Carolina López Mesa y cuyo caso siguen los fiscales Farik Karín Mora Salcedo y Dinora Bustamante Puerta, se supo el jueves y que afecta a los 17 que aparecen en el expediente, para apresurar a tropezones el juicio sobre el Magnicidio o Caso de los Drones.

Hasta ahora el Tribunal había evaluado las pruebas muy lentamente. Hace una semana advierte que habrá para los militares un cambio de calificación en lo imputado de Traición a la Patria para Conspiración, por lo que según el Código Penal venezolano debió suspender el juicio para permitirle a los militares que se defiendan, declaren y se suministren las pruebas. “Vayan, vayan a hablar con ellos”, dijo la jueza y le abrieron la puerta de la DGCIM y Ramo Verde para que los abogados se entrevistaran con los militares del caso.

Los defensores llamaron a los militares para declarar y el jueves 28 de julio de 2022, estando en el juicio, la jueza López Mesa negó la suspensión del juicio, alegando que eso se había hecho desde el lunes 25 al jueves 28, de manera que en realidad negó lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal cuando se trata del cambio de calificación jurídica, cerró el debate a pruebas y le dio la palabra al Ministerio Público para que diera sus conclusiones.

“Todo fue a tropezones, sin permitir realmente que los militares detenidos tengan derecho real a defenderse de lo que ahora dice que cometieron. No han encontrado pruebas y se inventan a última hora lo de la Conspiración, luego de cuatro años de tenerlos presos; ahí queda claramente demostrado que no hay pruebas y por eso no les permiten defenderse apropiadamente”, dijo a Infobae el familiar de uno de los detenidos.

Lo insólito es que de un plumazo y en tiempo récord los abogados defensores deben presentar mañana lunes sus conclusiones y el Tribunal anunciará su sentencia. El caso de los drones es uno de los más escandalosos en lo que a la violación del debido proceso se refiere: todas las detenciones y allanamientos se hicieron sin orden judicial, a los detenidos se les negó muchísimas veces las reuniones con sus abogados, las incomunicaciones, torturas físicas y psicológicas no se procesaron, experticias sin solicitudes al Tribunal, parcialidad.

Las pruebas para acusarlos se basan en:

-Declaraciones rendidas en sede policial en presencia de funcionarios aprehensores, custodios o torturadores en las que se autoincriminaban.

-Experticias incompletas.

-Evidencias incautadas violando la cadena de custodia.

-Declaraciones de los funcionarios que se contradecían con su propia acta policial, o que manifestaban no saber nada o tener una participación escasa en el procedimiento, así como declaraciones de testigos presenciales que no vieron nada.

-Hubo funcionarios que fueron a declarar con intención de incriminar porque ocupan cargos gubernamentales y sin embargo se contradecían con los propios hechos.

-Las torturas a las que fueron sometidos no se investigaron, mucho menos los torturadores aún cuando muchos de ellos fueron identificados por las víctimas en el juicio.

-Si existiese debido proceso en Venezuela, auún cuando el hecho hubiese sucedido tal cual lo exponen los autores del régimen, todos los acusados tendrían que ser absueltos.

Aquel 4 de agosto

El caso de los drones se debe al intento de magnicidio contra Nicolás Maduro ocurrido el 4 de agosto 2018 durante el acto de celebración del día de la Guardia Nacional, en la avenida Bolívar de Caracas. En pleno evento se oye una explosión, Cilia Flores se agacha con gesto de temor, los soldados en formación corren, el jefe de Casa Militar mira asombrado, pasan unos segundos antes que varios hombres reaccionen con unas lonas de protección blindadas con las cuales cubren a Maduro, un miembro de la Guardia de Honor quita de un empujón hacia un lado al Ministro de la Defensa, Maduro intenta seguir hablando, pero se oye una voz que le indica sacarlo a la derecha y ahí termina todo: solo fueron 30 segundos.

A partir de ahí ocurrieron muchas cosas. La principal de ellas es que Nicolás Maduro tuvo la certeza de que el “ahí viene el lobo” era una realidad que aún hoy no ha podido vencer. Se aprovechó el evento para sacar del paso a militares que estaban bajo sospecha de los cuerpos de inteligencia.

El SEBIN hizo algunas investigaciones
El SEBIN hizo algunas investigaciones y también allanó y torturó

Fiscalía se ciñó a lo que indicó la Dirección de Contrainteligencia Militar (Dgcim), que realizó el procedimiento de investigación. El Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) hizo una pequeña parte de la investigación. Ninguno de los dos cuerpos policiales cumplió con los procedimientos indicados por el COPP y por eso hubo allanamientos sin orden, revisión de teléfonos y correos sin orden del Tribunal.

Tanto la DGCIM como el SEBIN aplicaron tortura y tratos crueles a los detenidos, los presentaron ante el Tribunal de la Juez de Control Carol Bealexis Padilla Reyes de Arretureta fuera del lapso legal y con evidentes signos de tortura. Nada de eso ha sido investigado.

Un hecho resaltante es que los torturadores fueron reconocidos en el juicio por las víctimas, quienes lo hicieron saber a viva voz en el Tribunal. “Lo más detestable es que muchos de los torturadores son los mismos que aparecen como investigadores”, señala el familiar de uno de los jóvenes detenidos.

Mientras la tía de uno de los imputados asegura que “cuando ellos denunciaban en el Tribunal haber sufrido de torturas, eran castigados al llegar al centro de reclusión. No sabemos cómo se enteraban tan rápido”.

Quiénes son

Son 17, entre civiles y militares, los que aparecen en el expediente, de los cuales por lo menos nueve de ellos fueron obligados a hacer videos.

Los militares del caso:

-El General de División Alejandro Pérez Gámez, quien era Jefe de Operaciones de la Guardia Nacional y a quien la Fiscalía señala como responsable de haber filtrado información a los autores del hecho. Este oficial ha sido un incondicional de la revolución bolivariana y así lo ha pregonado, además de disfrutar con comodidad del poder antes de aparecer en el caso del Magnicidio.

-General de Brigada Héctor Hernández Da Costa.

-Teniente Coronel Pedro Javier Zambrano Hernández.

-Sargento retirado Juan Carlos Monasterio Vanegas.

General de División Alejandro Pérez
General de División Alejandro Pérez Gámez
Coronel Pedro Zambrano
Coronel Pedro Zambrano

Civiles:

-Alberto José Bracho Rozquez.

-Angela Lisbeth Espósito Carrillo, venezolana quien tiene también nacionalidad española: representante de la ONG Fundanimal. La señalaron de haberle dado hospedaje a Rivas Vivas.

-Argenis Gabriel Valera Ruiz.

-Brayan de Jesús Oropeza Ruiz.

-Emirlendris Carolina Benítez Rosales.

-Hennyberth Emmanuel Rivas Vivas, señalado de ser el encargado de grabar el magnicidio y quien después huiría a Colombia con ayuda del Coronel Ramón Santiago Velasco García.

-José Eloy Rivas Díaz

-José Miguel Estrada González.

-Juan Carlos Requesens Martínez, quien para el momento de su detención era diputado a la Asamblea Nacional.

-Oswaldo Gabriel Castillo Lunar.

-Wilder Anderson Vásquez Velásquez.

-Yanin Fabiana Pernía Coronel.

-Yolmer José Escalona Torrealba.

Angela Lisbeth Espósito Carrillo
Angela Lisbeth Espósito Carrillo
Oswaldo Castillo
Oswaldo Castillo
Yanin Fabiana Pernía Coronel
Yanin Fabiana Pernía Coronel

Así se violó el debido proceso

El resumen de lo que dicen detenidos, abogados, familiares, así como conocedores de las leyes venezolanas, se encuentra en lo siguiente:

-Nueve de las personas sindicadas de estar presuntamente incursas en el caso de los drones fueron víctimas de brutales torturas y obligados a rendir declaraciones autoincriminatorias, ampliamente divulgadas en medios de comunicación.

-Los mismos funcionarios que participaron en las torturas declaraban en calidad de testigos en el juicio oral y público, lo que permitió su identificación por parte de los acusados y aunque a viva voz los señalaban la jueza no hizo los trámites legales correspondientes.

-Varios de los acusados manifestaron en varias oportunidades que los fiscales del Ministerio Público presenciaron las torturas en la sede de la DGCIM.

-La mayoría de los detenidos fueron acusados por los mismos delitos, es decir, no hubo individualización de conductas.

-Han transcurrido cuatro años desde el inicio del juicio y ya la detención a todas luces es arbitraria, en virtud que el 17 de septiembre de 2021, fue reformado el Código Orgánico Procesal Penal y en su artículo 230 prohíbe que la detención se prolongue por más de 3 años, en este caso, permanecen detenidos negándose la aplicación a una norma vigente emanada del propio parlamento de mayoría oficialista, lo que denota la intención de dar una impresión a la comunidad internacional diferente de la praxis real que padecen los perseguidos por razones políticas.

-Los allanamientos, la revisión de correos y de teléfonos se hicieron sin autorización judicial, infringiendo el principio de inviolabilidad de las comunicaciones privadas y el hogar.

-El juicio carece de publicidad, en principio se limitaba el ingreso a la Sala de Audiencias de personas autorizadas por el tribunal, lo que impedía que familiares, personal del cuerpo diplomático acreditado en la República y cualquier persona ingresara a la Sala. Ello se ha ido relajando permitiendo el ingreso de máximo dos familiares, pero tras espera de horas, de hecho, en casos extremos convocan en horas de la mañana 10 am, para ingresar a la Sala, a las 6 o 7 de la noche; luego de las 3 pm, quien no es abogado es desalojado del Palacio de Justicia.

-Aún cuando los funcionarios que declaran en el juicio manifiestan no recordar, no saber lo que le preguntan o no tener participación relevante, el tribunal y la fiscalía busca fijar los hechos a través de soportes escritos que se pretenden incorporar como prueba documental sin ser tales, y sin que hubiese podido ser controlado su contenido por la defensa.

-Los juicios son orales y públicos, la oralidad demanda que los funcionarios que han participado en la investigación y levantaron las actas de investigación penal, comparezcan al Juzgado y depongan sobre la actividad de pesquisa realizada en este asunto.

-Algunos funcionarios como el Teniente de Navío Abel Reinaldo Angola García alias Aureliano, quien fue señalado como responsable de graves torturas a los detenidos, no aparece suscribiendo actas de investigación, y aun así se presentó al Juicio con la intención de hacer una suerte de análisis y aportar conclusiones que extrae de la investigación, como si se tratare de un fiscal o de un juez en la fase preparatoria e intermedia, vale decir que fue promovido y comparece con la intención de hacer la tarea del juez y del fiscal.

El funcionario de DGCIM Teniente
El funcionario de DGCIM Teniente de Navío Abel Reinaldo Angola García alias Aureliano, responsable de graves torturas a los detenidos

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