“Al momento de defender en estrados los intereses supremos de la república, en la fase preliminar del juicio contencioso ahora planteado, hubo ausencia del régimen de Nicolás Maduro Moros, quien al igual que el de Hugo Chávez Frías, respondiendo no a los intereses del país sino a los lineamientos diplomáticos del régimen cubano y en el marco de la estrategia de la ALBA, prefirieron sumar apoyos en el seno de la Organización de Estados Americanos”, destaca en un documento el Consejo Superior de la Democracia Cristiana, en relación a los derechos históricos de Venezuela sobre la Guayana Esequiba.
Suscriben el documento: Pedro Pablo Aguilar, Oswaldo Álvarez Paz, Henrique Salas Romer, Humberto Calderón Berti, Andrés Caldera Pietri, José Curiel Rodríguez, Abdón Vivas Terán, Julio César Moreno León, José Rodríguez Iturbe, Maritza Izaguirre, Román Duque Corredor, Haroldo Romero, Gloria Capriles, Nelson Maldonado, Ivonne Attas, Emilio López, Jesús “Chucho” Ganem, Guillermo Yepes Boscán, Enrique Naime. Sec. Ejecutivo Lorenzo Tovar Colmenares. Consultores: Gustavo Tarre Briceño y Asdrúbal Aguiar. Copei: Roberto Enríquez y Robert García. Proyecto Venezuela: Henrique Fernando Salas. Convergencia: Biagio Pilieri.
Recuerdan la sentencia, del 18 de diciembre de 2020, de la Corte Internacional de Justicia, en la que se declara competente para conocer sobre la validez o no del Laudo Arbitral, que en 1899 le amputa a Venezuela sus derechos soberanos, histórica y jurídicamente incuestionables, sobre el territorio que conforma a la Guayana Esequiba y, de ser el caso, establecer nuestra frontera con la República Cooperativa de Guyana.
Consideran que “sean cuales fueren las razones” de la actuación de los gobiernos de Chávez y Maduro ante el caso del Esequibo, ese comportamiento fue “omisivo y lesivo a nuestra soberanía, incluso si se considerase que la demandante Guyana no podía acudir unilateralmente al Alto Tribunal de La Haya sin contar con el consentimiento de Venezuela, hubo de tener presente el régimen que esa posibilidad estaba abierta”.
“Ella ha sido motivo de discrepancias entre nuestro país y la misma Guyana, pero es una de las alternativas de solución contempladas por el Consejo Superior de la Democracia Cristiana, Acuerdo de Ginebra que, en 1966, le da piso cierto, firme y jurídico, a nuestra histórica reclamación”.
Hubo mala fe
A juicio de la organización está abierta la herida “que aún sufre el sentimiento patrio, desde cuando se coaligan la Gran Bretaña y la Rusia para, bajo coacción y mediando prevaricación de los jueces arbitrales en 1899 –como lo demostrara el Memorándum de nuestro abogado Severo Mallet Prevost de 1949 sobre cuya base se logra firmar en 1966 el Acuerdo de Ginebra, logro diplomático de los gobiernos de Rómulo Betancourt y Raúl Leoni– es un elemento para considerar”.
Agregando que “el mismo ya no es suficiente para encontrar ‘soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia’ entre las partes, entre Venezuela y Guyana, como lo dispone dicho instrumento”.
“Lo que fuera objeto histórico de controversia política y diplomática –el acto arbitral írrito e injusto– se ha vuelto ahora una cuestión juridificada, sin mengua de la exigencia de su resolución práctica, al encontrar como su fundamento, justamente, al señalado Acuerdo para resolver sobre la reclamación y que aceptaran Gran Bretaña y la misma Guyana, entonces en vías de independencia”.
“La mala fe guyanesa llevó al fracaso de la Comisión Mixta que funcionó entre 1966 y 1970”, la cual estaba encargada de encontrar ‘soluciones satisfactorias’. El esfuerzo posterior de distención bilateral estaba destinado a crear un clima de entendimiento para reanudar las negociaciones y sin ceder en los derechos de Venezuela, que implicara el Protocolo de Puerto España suscrito durante el primer gobierno de Rafael Caldera y renovado en el de Luis Herrera Campíns.
“Las condiciones para las negociaciones de un ‘arreglo práctico de la controversia’, se estrellaron contra la tozudez y el rechazo guyanés de 1983. De donde, ambas partes, se avinieron en poner el entuerto en manos del secretario de la ONU. A él se le encomendó señalar la vía apropiada, diplomática o judicial, para resolver”.
Hubo distintos emisarios personales del secretario de la ONU “designados y aceptados por ambos Estados entre 1989 y 2017”, advirtiendo que de no avanzar su último emisario en el encuentro entre las partes de “una solución satisfactoria para el arreglo práctico de la controversia”, pasado un año y a menos que mediase una oposición conjunta de ambos Estados, referiría la cuestión a la Corte Internacional de Justicia.
“No podríamos dejar de señalar que, para el logro de la firma del Acuerdo de Ginebra y en su implementación durante la democracia, destacaron las gestiones de los cancilleres Marcos Falcón Briceño e Ignacio Iribarren Borges, Arístides Calvani y José Alberto Zambrano Velasco, habiéndole correspondido al último trabajar tanto en el Protocolo de Puerto España como su no renovación y sostener sin descuidos las gestiones ante el Secretario General de la ONU”.
Agrega el documento que “dejó como legado su obra que recoge la historia de nuestra reclamación: Our historic claim (1982). El fallo preliminar de la Corte Internacional de Justicia, en consecuencia, cierra ese debate preliminar y está Venezuela en la situación de enfrentar con responsabilidad al medio de solución establecido, para alcanzar el propósito que le llevara a la firma del Acuerdo de Ginebra mencionado”.
El llamado es al pueblo
Destaca el Consejo Superior de la Democracia Cristiana que “encontrándose la nación y nuestra república en una situación de grave debilidad, al punto que vienen a la memoria aquellas en las que diatribas intestinas hicieron perder a Venezuela el territorio de la Guajira en el extremo occidental y luego ser víctimas de un arbitraje corrompido, palmariamente contrario a las normas del Derecho internacional que nos arranca un costado en el extremo oriental”.
“Esta vez media la intervención de una instancia judicial reconocida por su solvencia, como lo es la Corte Internacional de Justicia. La ausencia de Venezuela, por ende, ha motivado su advertencia clara y aleccionadora. En su fallo mencionado recuerda que ‘cuando un Estado se abstiene de comparecer ante la Justicia no se le permite luego aprovecharse de su ausencia’”.
“Sobre la nulidad del laudo arbitral que, en 1899, decidiera arrebatarnos la Guayana Esequiba y la aceptación por la Gran Bretaña del acto de injusticia histórica del que hemos sido víctimas, aceptando firmar el Acuerdo de Ginebra, le corresponde al régimen imperante en Venezuela corregir su lenidad y llevar ante la Corte todos los elementos que tiene a manos y en su favor la república”.
Recomiendan que debe atacarse “el fondo, a saber, que el tribunal arbitral dictó un laudo que, en procura de sus abyectos propósitos, no contó con presencia de juez y abogados venezolanos; omitió aquél motivar la decisión; decidió no aplicar los principios de Derecho internacional reconocidos; ni investigó los títulos históricos de Venezuela apoyados en la titularidad de España; y, al término, abordó en su sentencia de despojo cuestiones que escapaban al conocimiento del tribunal arbitral”.
El Consejo Superior de la Democracia Cristiana, ante los hechos señalados, hace un llamado al pueblo venezolano “y considera su deber obligante alertarlo sobre el momento de gravedad histórica que acusa la república. Le invita para que de manera serena pero inconmovible eleve su opinión y asuma una conciencia activa sobre un tema que amenaza el destino nacional”.
Finalmente “que exija del régimen y el sector de la Fuerza Armada que lo sostiene un comportamiento que no debilite nuestra postura ante la Corte Internacional de Justicia, y que los sólidos argumentos históricos y jurídicos que dicen sobre la invalidez de pleno derecho del laudo arbitral de 1899 lleguen oportunamente a conocimiento de los jueces de la Corte, desde el ángulo de nuestros sólidos argumentos”.
MÁS SOBRE ESTE TEMA: