“Llama la atención que durante el proceso de pesquisa del llamado ‘magnicidio frustrado’, tanto los agentes del Sebin, como los de la Dgcim, exigieran a las personas bajo torturas que grabasen confesiones, según las pautas dictadas por un libreto”, es una de las conclusiones más resaltantes a las que llegó la ONG “Una Ventana a la Libertad”, coordinada por Carlos Nieto Palma, en un informe que relata la situación de los Derechos Humanos en los Centros de Reclusión del Sebin y Dgcim en Venezuela.
Ese informe que acaba de ser publicado destaca que continuaron los señalamientos sobre torturas, tratos crueles, degradantes e inhumanos en la sede Boleíta de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM). “Durante el lapso cubierto por este informe, las denuncias se incrementaban en la medida en que subía la urgencia impuesta por las investigaciones en casos determinados. En oportunidades, las torturas parecían guiadas más por el afán de lograr confesiones que ‘resolvieran’ los casos, mediante la implicación pública de líderes políticos opositores, que por el interés de obtener información precisa y útil para la identificación plena de los responsables de los delitos investigados”.
Reseña Ventana a la Libertad en su informe que hubo cambios en el tratamiento a los internos en custodia por el Sebin y Dgcim. En el primero fue positivo porque en El Helicoide “hubo una disminución evidente del hacinamiento descrito en el primer informe”. En la DGCIM ocurrió lo contrario. “La población recluida en la sede central de la Dgcim ha ido en aumento”.
Aun así, en ambos lugares se llevaron a cabo reformas y ampliaciones de la capacidad para albergar a privados de libertad. “En la Dgcim no se ha podido mitigar la carencia de espacio. Este es un indicador del énfasis, colocado por el gobierno de Nicolás Maduro, en cuanto a la represión selectiva de personas ligadas al medio militar, tanto los profesionales de armas -activos o retirados- como sus familiares y, en ocasiones, personas allegadas”.
En ambos organismos de Inteligencia “se observa un cambio en la regularidad del suministro de alimentos a los reclusos”. Revela Una Ventana a la Libertad que “los funcionarios han señalado, a fuentes consultadas para este informe, que ellos ingieren las mismas raciones. Sin embargo, este no es un indicio de la calidad de la alimentación”.
Acertadamente reflejan que no hay en capacidad para que se adapten las raciones de alimentos, de acuerdos a las exigencias médicas que requieren algunos de los detenidos. “Otros, simplemente, rechazan los alimentos suministrados por considerarlos de baja calidad o elaborados en forma deficiente”.
En el informe se hace hincapié en el problema del acceso a agua potable en ambas instituciones, lo que afecta a los detenidos y al personal, lo que “se traduce en el deterioro de las condiciones de salubridad en las celdas. En el Sebin y la Dgcim los reclusos son los encargados de limpiar los lugares donde hacen pernocta”.
En el Sebin permiten que la propia población adquiera su servicio de agua, mediante pagos a proveedores privados. “Esto se ha convertido en una posible fuente de desigualdad entre aquellos que poseen los recursos para acceder al agua y los más desposeídos”.
Las clasificaciones
Según el informe de la ONG que coordina Carlos Nieto Palma, “en el Sebin y en la Dgcim se aplican ciertos criterios de clasificación de los detenidos por razones de sexo y de un factor que se podría llamar prominencia”.
Es así como en El Helicoide, que está a cargo del Sebin, existen dos celdas para mujeres, “pero no se garantiza que las mujeres estarán totalmente apartadas de la población masculina”; en Dgcim solo una celda para mujeres.
Hay que destacar que “los detenidos más prominentes, por razón de su trabajo, poder económico, grado o influencia percibida en el medio militar son trasladados hacia los centros de detención ubicados en Plaza Venezuela (Sebin) y Fuerte Tiuna (Dgcim). En este nivel, los fueros correspondientes se diluyen, así como las instituciones actuantes”.
“En el lapso que corrió a partir del primer informe, hubo intentos en ambas instituciones por implantar códigos de vestimenta”. En el Sebin la modalidad aplicada es similar a la puesta en práctica en los internados judiciales denominados de “nuevo régimen” por el ministerio para el Servicio Penitenciario. En la Dgcim, el uniforme sugiere la permanencia en una instalación militar.
Desde que se construyó el anexo en Fuerte Tiuna, “ahora tanto Dgcim como el Sebin poseen centros de detención que catalogan como de ‘máxima seguridad’. Los criterios para el traslado de una persona a estas instalaciones, siguen signados por una alta discrecionalidad”.
Según fuentes consultadas por la ONG les dijeron que “en ambos lugares (Dgcim Fuerte Tiuna y Sebin Plaza Venezuela), aunque los detenidos disponen de un mayor espacio en sus celdas, predominan condiciones de severo aislamiento, que solo han sido mitigadas ante acciones puntuales de protesta, como fue la huelga de hambre del mayor general retirado Miguel Rodríguez Torres”.
Señala el informe que uno de los cambios detectados en cuanto al Sebin Plaza Venezuela es “el cese de la llamada ‘tortura blanca’, que era aplicada mediante la exposición prolongada a luz artificial y a bajas temperaturas, sin posibilidades de comunicación con el exterior. Esto habría ocurrido en octubre de 2018, con la entrada a la dirección del GB Manuel Christopher Figuera, y se mantuvo con posterioridad a su salida, en abril de 2019”.
Dicen que el sector llamado La Tumba continúa siendo utilizado, “pero sin las características que suscitaron denuncias ante foros internacionales de protección de los Derechos Humanos”.
Recuerdan que los máximos representantes del Sebin y de la Dgcim fueron objeto de sanciones, tanto por países como por organismos multinacionales como la Unión Europea. “Una de las razones alegadas para estas medidas fue el respaldo de tales funcionarios a las violaciones a los derechos fundamentales de las personas detenidas o sujetas a investigación por razones políticas”.
Acotan que las reacciones de los funcionarios de ambas instituciones fueron distintas. “En el caso del general Christopher, incluso, el Departamento del Tesoro anunció su decisión de retirar la medida, una vez que abandonó el país. Esto sugiere que, aun cuando el Sebin y la Dgcim son utilizados por el régimen con propósitos de policía política, ambas entidades tienen culturas corporativas diferentes, que hacen del Sebin una institución más permeable a las influencias externas, en comparación con su contraparte militar”.
Discrecionales
Ventana a la Libertad considera que en la Dgcim como en el Sebin “las normas de régimen interno para el tratamiento de los detenidos parecieran guiadas por una alta discrecionalidad”.
“Parte desde la elaboración de ‘listas de exclusión’ de abogados, hasta la imposición de sanciones o castigos a los detenidos por conductas específicas, como puede ser la privación de visitas o el aislamiento por lapsos que son decididos sobre la marcha. Estas sanciones son aplicadas sin aviso previo y, desde luego, sin cubrir los extremos procesales establecidos para tal propósito en el Código Orgánico Penitenciario. De manera que tanto el detenido como sus familiares no saben a qué atenerse”.
También, “las denuncias indican que los agentes de la Dgcim Boleíta han diversificado y sistematizado las torturas hasta un punto tal que se han establecido secuencias de prácticas contra las víctimas, llamadas circuitos por los propios encargados de infligir estas torturas. Hay informaciones aportadas por los detenidos según las cuales las torturas pueden ser llevadas a cabo en la sede, así como también en inmuebles utilizados como “casas seguras” por los funcionarios”.
Lo que la ONG llama ‘casas seguras’ también son identificadas en la Dgcim como ‘bases’, de las cuales dicen que su ubicación “es incierta, pero los testimonios indican que están en sectores montañosos, en la periferia de Caracas. Según el abogado Alfredo Romero, los agentes disponen de estos inmuebles porque probablemente fueron incautados con motivo de investigaciones sobre presuntos actos de terrorismo o tráfico de drogas”.
Reconocen que las denuncias sobre torturas “no solo han sido formuladas en foros públicos, sino también en los tribunales, en el curso de las audiencias de presentación y de juicio. En todos los casos, chocan con evasivas de los jueces de control y de juicio, así como de fiscales del Ministerio Público”.
Incluyen “en este círculo de impunidad también participarían los médicos forenses designados para hacer los exámenes a las personas presuntamente torturadas. De esta forma, se impide la documentación oportuna de las lesiones ocasionadas por tales prácticas”.
Mencionan el caso de Hermilendris Benítez, “quien alegó en audiencia de juicio haber perdido el embrión que se gestaba en su vientre, como consecuencia de los golpes recibidos durante un interrogatorio en la Dgcim. Según su abogado, el informe consignado por los médicos forenses indicaba que ella tenía un quiste”.
“Los agentes de la Dgcim continúan manejándose como si fuesen parte de un supra poder, capaces de inducir las decisiones de jueces y fiscales, tanto civiles como militares. Sus acciones no se enmarcan en las limitaciones impuestas por las leyes procesales ni de policía de investigación”.
Consideran que por ello “incurren en prácticas tales como erigirse en investigadores y únicos testigos de las imputaciones, todo al mismo tiempo. Es significativo que durante el debate oral sobre el caso del “magnicidio frustrado” una funcionaria de Investigaciones Penales y Criminalísticas de la Dgcim declarase, bajo juramento, durante audiencia celebrada el 7 de febrero, que podía intervenir comunicaciones sin autorización previa de un juez de control, y que sus funcionarios podían hacer interrogatorios a presuntos imputados sin el conocimiento de fiscales del Ministerio Público, puesto que ellos actuaban para la preservación del Estado”.
Para finalizar, el informe resalta “el surgimiento de un nuevo actor dentro de los esquemas de represión selectiva: la Fuerza de Acciones Especiales de la Policía Nacional Bolivariana (FAES). Durante la realización de este informe, los agentes de la FAES han privado de libertad a los diputados a la Asamblea Nacional Gilbert Caro y Renzo Prieto. Igualmente, hicieron lo propio con un periodista que dio cifras sobre afectados por Covid19 distintas a las que divulgaban los voceros del régimen venezolano en ese momento” acciones que anteriormente eran ejecutadas por el Sebin.
“En su corta existencia (fue activada en 2017) la FAES ha acumulado numerosas denuncias sobre violación de los derechos fundamentales, que llevaron a la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, a solicitar al Gobierno la inmediata disolución de esta unidad. La decisión del presidente Nicolás Maduro en cuanto a no escuchar esta petición indica que posiblemente el régimen los considera necesarios para llevar a cabo y sin retardos todos sus propósitos de represión”.
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