Nunca como ahora una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) causa tanta inquietud en el Gobierno de Nicolás Maduro, en el marco de la gran cantidad de hechos que demuestran la violación de los derechos humanos de civiles y militares, de celdas de tortura como La Tumba en el Servicio Bolivariano de Inteligencia (SEBIN) o la Casa de los sueños en la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) en su sede principal de Boleíta en Caracas.
Esmeralda Arosemena de Troitiño es la presidente de la CIDH y relatora para Venezuela y Paulo Abrao es el Secretario General. Se prevé que la CIDH visite a Venezuela entre el 3 y el 8 de febrero del 2020, en una “Observación In Loco”, que consiste en observar e informar a la comunidad internacional sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela, ya que es el método que más usan los organismos internacionales, entre ellos la Organización de Estados Americanos (OEA), Organización de las Naciones Unidas (ONU), Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre otras instituciones, como manera de observar los estándares nacionales de protección de los derechos humanos.
La Comisión también realiza visitas in loco con la finalidad de analizar temas específicos que son materia de relatorías, como las condiciones de los centros penitenciarios y el status jurídico de los detenidos, situación de los trabajadores migrantes y sus familias, libertad de expresión, entre muchos más.
Una vez que realizan la visita, esas relatorías presentan un estudio, a nivel del hemisferio, sobre el o los temas de estudio, soportándolo principalmente en las observaciones in situ que hayan realizado en el país que invita a la Comisión.
Ahora bien, la CIDH es un órgano de la Organización de los Estados Americanos (OEA), institución que ha mantenido una situación bastante conflictiva con Nicolás Maduro, además de que la Comisión no fue invitada por su Gobierno sino por Juan Guaidó en su figura de presidente interino.
Las víctimas
Desde el año 2014 la situación de la violación de los derechos humanos en Venezuela se ha agudizado. La estructura de poder del Gobierno, en combinación con los tribunales, las fiscalías, los cuerpos de inteligencia y las policías y/o cuerpos militares de orden público.
El objetivo principal de la CIDH es entrevistarse con víctimas de violaciones a los derechos humanos en Venezuela o con sus familiares, entre las que estarán presos comunes y políticos, enfermos que no han recibido la necesaria atención médica, también sindicatos, estudiantes, mujeres, autoridades de las universidades autónomas entre otras más.
Aunque el Estado venezolano está obligado a garantizar que el trabajo de la Comisión se realice sin ningún tipo de interferencias, así como a brindar todo el apoyo que sea necesario para el éxito de esta visita, el conflicto político existente en el país amenaza el éxito de la visita porque funcionarios en la frontera han manifestado que la orden es que los miembros de la Comisión no entren a territorio venezolano.
La última visita que la CIDH hizo a Venezuela fue la de mayo de 2002 por invitación del entonces presidente Hugo Chávez Frías, para que constataran la situación del país. Era un escenario totalmente distinto porque entonces los cuerpos de seguridad no ejecutaban acciones violatorias de derechos humanos en la magnitud de las que sí ocurren ahora en Venezuela.
Vamos a la Comisión
Organizaciones de Derechos Humanos en Venezuela prevén que los organismos de control en la frontera o aeropuertos no permitan que la CIDH entre a Venezuela, pero se están preparando para que las víctimas de violación de derechos humanos o familiares se acerquen a los consejeros en la frontera con Colombia.
El Reglamento de la CIDH establece sobre las observaciones In Loco, que se practicarán por una Comisión Especial designada a ese efecto. El artículo 54 determina que el miembro de la Comisión que sea nacional o que resida en el territorio del Estado en donde deba realizarse una observación in loco estará impedido de participar en ella.
A su vez en el artículo 55 se lee que “la Comisión Especial organizará su propia labor. A tal efecto, podrá asignar a sus miembros cualquier actividad relacionada con su misión y, en consulta con el Secretario Ejecutivo, a funcionarios de la Secretaría Ejecutiva o al personal necesario”.
Más importante es el artículo 56 donde queda establecido que “El Estado que invite a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una observación in loco, u otorgue su anuencia a dicho efecto, concederá a la Comisión Especial todas las facilidades necesarias para llevar a cabo su misión y, en particular, se comprometerá a no tomar represalias de ningún orden en contra de las personas o entidades que hayan cooperado con ella mediante informaciones o testimonios”.
La CIDH se propone darle cumplimiento al artículo 57, en el que se establece que “la Comisión Especial o cualquiera de sus miembros podrá entrevistar, libre y privadamente, a personas, grupos, entidades o instituciones”.
Seguramente el punto E de ese artículo es uno de los que representa mayor obstáculo porque le da a la CIDH “acceso a las cárceles y todos los otros sitios de detención e interrogación y podrán entrevistar privadamente a las personas recluidas o detenidas”.
La CIDH parece dispuesta a cumplir su misión, en materia de derechos humanos en Venezuela, aunque el Gobierno de Nicolás Maduro tenga resistencia a permitirle el ingreso al país.
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