Separaron de la Fuerza Armada venezolana a casi 6.000 sargentos por "hacer caso omiso del llamamiento de sus comandantes naturales”

La medida fue tomada sin realizar antes el procedimiento legal requerido para echar a un integrante de la Guardia Nacional. El número oficial de deserciones será más alto cuando se sepa la cifra de militares de otros rangos que se fueron en 2019

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Soldados venezolanos (Reuters)
Soldados venezolanos (Reuters)

Las deserciones en la Fuerza Armada Nacional Bolivariana son alarmantes: solo en lo que va del año 2019 el número llega a 6.000 militares de Tropa en un solo componente de los cuatro que tiene la institución castrense. Es por ello que el comandante general de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), MG Fabio Enrique Zavarse Pabón, ordenó que los desincorporan del componente.

Son exactamente 5.976 sargentos. Es decir que ahí no entran tenientes, capitanes, mayores, tenientes coroneles, coroneles ni generales, con lo que esa cifra crece como la espuma. La comunicación con los cuales Zavarse los desincorpora es la Nro. 47238, con fecha 7 de diciembre y lo hace argumentando salvaguardar el patrimonio público. “Para garantizar la oportuna, efectiva, eficaz y eficiente administración del recurso humano”. Además, reforzar los pilares fundamentales de la Fuerza Armada.

“Teniendo como norte depositar en los integrantes de la Guardia Nacional principios y valores que deben mantenerse en la vida profesional militar actuando con honestidad, equidad, decoro, lealtad, vocación de servicio, disciplina, eficiencia, eficacia, responsabilidad, puntualidad, sentido de pertenencia, pertenencia y transparencia”.

El comandante general dio la orden de separarlos de la FANB
El comandante general dio la orden de separarlos de la FANB

Considera que esa tropa profesional “se encuentra en estado difuso dentro del componente a pesar del llamado reiterado para que normalicen su condición. Hasta la fecha la mayoría de los efectivos militares que se encuentran en esa situación han hecho caso omiso al llamamiento de sus comandantes naturales, creando un ambiente de desobediencia e indisciplina afectando el interés jurídico del patrimonio público”.

Expresa que “esos militares decidieron unilateralmente no regresar a las unidades o dependencias a las cuales se encuentran escritos”. Es así como ordena la separación de la Fuerza Armada de casi cinco mil integrantes de tropa profesional de la Guardia Nacional.

No es legal

Para separar a algún integrante de la institución armada debe existir un procedimiento legal. El comandante Zavarse Pabón incurre en una omisión importante, porque nadie puede ser dado de baja o desincorporado, aunque sea en ausencia, pero debe existir una decisión del Consejo de Investigación en este caso.

Está repitiendo lo que Nicolás Maduro al degradar o expulsar de la Fuerza Armada a varios oficiales como lo ha hecho en repetidas ocasiones, sin realizar a un procedimiento legal previo.

El Comandante General de la GNB encubre su decisión citando varios artículos. Aquí les transcribimos las normas que él cita y ninguna sustenta la decisión que tomó.

Constitución de la República Bolivariana, de la que cita los artículos 2, 137 y 141. El 2 reza que Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia. El 137 dice que la Constitución y la ley definirán las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público. Y el 141 expresa que la Administración Pública está al servicio de los ciudadanos, explicando en qué se fundamenta.

Desertores expulsados
Desertores expulsados

En el caso de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada citó el general Zavarse los artículos 1, 4 (aparte 17) y 63. El 1 es el objeto de la Ley. El 4 que son las funciones de la FANB, expresa en el aparte 17: “Participar en la protección del patrimonio público en cualquiera de sus formas de manifestación”. Y el 63 determina la jerarquía militar de la Tropa Profesional.

El artículo que cita de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, el Nr. 35, se refiere al Control Interno para salvaguardar sus recursos.

En cuanto a lo que citó sobre la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, el artículo 5 expresa que “el Estado y la sociedad son corresponsables en materia de seguridad y defensa integral de la Nación…”. El 8 establece que “el Estado debe fortalecer, a través de sus órganos gubernamentales, la institucionalidad democrática…”.

Y finalmente la Ley contra la corrupción, de la cual cita los artículos 1, 13, 17 y 19. Partiendo de que el 1 es el objeto de dicha Ley, el 13 reza que “los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de parcialidad política o económica alguna...”. El 17 sobre la administración de los bienes y recursos públicos. Y el 19 establece que los funcionarios y empleados públicos actuarán de conformidad con lo establecido en la ley.

Cuando una disposición legal o reglamentaria deje a su juicio o discrecionalidad una decisión, medida o providencia, ésta deberá ser suficientemente motivada y mantener la debida proporcionalidad y adecuación con el supuesto de hecho y con los fines de la norma, y cumplir los trámites, requisitos y formalidades necesarios para su validez y eficacia”.

Militares expulsados
Militares expulsados

Es así como quedan formalmente fuera de la Fuerza Armada la siguiente cantidad de sargentos, desglosada según su jerarquía:

SS Sargento Supervisor: 11

SA Sargento Ayudante: 8

SM1 Sargento Mayor de Primera: 11

SM2 Sargento Mayor de Segunda: 36.

SM3 Sargento Mayor de Tercera: 413.

S1 Sargento Primero: 2468.

S2 Sargento Segundo: 3026.

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