El Tribunal Supremo venezolano decidió sin plazo que el CNE pueda sustituir los candidatos para las regionales

La alta corte tomó la medida justo 10 días antes del acto electoral por lo que, de igual forma, no podría hacer las sustituciones

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El Consejo Nacional Electoral, una de las armas centrales del chavismo
El Consejo Nacional Electoral, una de las armas centrales del chavismo

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) decidió el jueves que el Consejo Nacional Electoral (CNE) de ese país puede hacer sustituciones en las postulaciones de los candidatos para las elecciones del 15 de octubre hasta 10 días antes del acto electoral, fecha que se cumplió justo este jueves.

En ese sentido, el CNE, por decisión de la Sala Electoral del máximo tribunal, puede hacer la sustitución de candidatos en las tarjetas de votación que ha solicitado la oposición venezolana, que intenta sacar del tarjetón a los candidatos que quedaron excluidos luego de un proceso de primarias.

Sin embargo, la decisión del Supremo se publica este jueves, justo cuando inician los 10 días previos al acto electoral, por lo que en teoría el CNE, de igual forma, no podría hacer las sustituciones.

En un comunicado, el TSJ señaló que el CNE "puede establecer la oportunidad para la ejecución de la fase de sustitución y modificación de las postulaciones nominales, siempre y cuando no exceda el límite máximo temporal de diez días anteriores a la ocurrencia del acto electoral" y "atendiendo a las particularidades y requerimientos técnicos del proceso comicial".

Esta decisión del Supremo responde a un recurso de interpretación interpuesto ante ese tribunal por "Omar Ávila Hernández, quien actuó en su carácter de secretario general de (partido político) Unidad Visión Venezuela".

La alianza opositora venezolana Mesa de la Unidad Democrática (MUD) ha venido denunciando supuestas "irregularidades" del CNE en el proceso para los comicios regionales, entre las que destacó el retraso en la modificación de la tarjeta electoral.

El diputado venezolano Juan Andrés Mejía señaló que el árbitro electoral está en la obligación de tramitar esta solicitud de modificación y resaltó que es un "derecho constitucional".

(Con información de EFE)

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