Durante la temporada de verano, las personas acuden casi a diario a las playas del litoral peruano. Las playas del sur de Lima suelen ser las más visitadas, pero muchas veces los veraneantes se encuentran con un escenario no previsto, el acceso restringido al mar.
Al llegar a algunas playas del sur, las personas se darán cuenta de que el ingreso a las orillas en los que previamente hay una residencial de casas de playa es casi imposible, mientras que otros se toparán con una soga que “divide” el espacio de la playa que le correspondería al residente y el espacio que le tocaría al visitante.
Sin embargo, esta práctica no está contemplada por las leyes peruanas y se estaría ejerciendo un comportamiento discriminatorio.
¿Qué dice la ley sobre las playas peruanas?
De acuerdo a la Ley N° 26856 de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) las playas del litoral peruano son bienes de uso público.
“Las playas del litoral de la República son bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles. Se entiende como playa el área donde la costa se presenta como plana descubierta con declive suave hacia el mar y formada de arena o piedra, canto rodado o arena entremezclada con fango más una franja no menor de 50 metros de ancho paralela a la línea de alta marea. El ingreso y uso de las playas es libre […]”, se lee en el artículo 10 de la ley de la SBN.
Lo único privado es el área residencial construida que se ubica cerca al mar, pero estos inmuebles son los que deben habilitar caminos de acceso para que los visitantes logren ingresar al mar. La autógrafa establece que por cada 1000 metros debe existir una vía de acceso.
“En todos los balnearios y urbanizaciones colindantes a la playa, terrenos ribereños y similares bajo propiedad pública o privada debe existir por lo menos cada mil metros, una vía de acceso que permita el libre ingreso a las playas”, indica la ley.
Cabe resaltar que la norma en el Artículo 120, indica que, si no existe una vía de acceso adecuada, entonces el costo de la habilitación de obras la asume la municipalidad o autoridad competente.
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¿Qué sanción reciben los residentes en el caso de prohibir el ingreso a la playa?
De acuerdo a la Ley en mención, no existe sanción alguna; no obstante, una vez notificados sobre el impedimento que causa su predio para el ingreso a las playas, estos tendrán un plazo de un año para acordar la ubicación del camino público hacia el mar. En el caso de que no deseen ceder parte de su predio, deberán de hacer el pago anual por restringir la playa.
El monto equivale a cinco veces de su impuesto predial y deberá ser recaudado por la Superintendencia de Administración Tributaria (Sunat).
¿Qué hacer si no me dejan entrar a una playa con casas residenciales?
La Defensoría del Pueblo señala que todo acto que restrinja el ingreso a las playas o que establezca límites para que un grupo de personas estén en un lado y otras en otro lado, es un acto de discriminación.
Si eres testigo de este acto, acude a la municipalidad del sector y exige que intervengan las autoridades por no haber un libre tránsito hacia la bahía.
También puedes acudir a la Policía Nacional del Perú (PNP) para que levante un acta del hecho. Será ideal que captures fotos y videos de lo sucedido como evidencia.
En el caso de que tu denuncia no haya sido atendida, puedes acudir a la Defensoría del Pueblo para exponer tu caso o ponerte en contacto a través de sus canales digitales en Facebook y Twitter. También puedes llamar al 0800-15-170.
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