Fiscalía podría disponer de la detención por 15 días de las personas que realicen actos vandálicos en las protestas

Norma señala que quienes tomen locales, obstaculicen vías de comunicación o impidan el libre tránsito podrían recibir hasta 10 años de cárcel.

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Entre sus pedidos está la liberación del ex presidente de la república, Pedro Castillo Terrones. (La República)
Entre sus pedidos está la liberación del ex presidente de la república, Pedro Castillo Terrones. (La República)

Este miércoles 4 de enero se volverán a reiniciar las protestas contra el gobierno de Dina Boluarte en diferentes puntos del país. Al menos, diez regiones -como Arequipa, Puno, Cusco, Apurímac, Moquegua, Madre de Dios y Ayacucho por citar algunas- se unirá a la medida de fuerza que en su pliego de reclamos piden la renuncia de la presidenta, el cierre del Congreso y la instalación de una asamblea constituyente.

A parte de la huelga indefinida anunciada en esas siete regiones del sur del país, la población prepara una nueva “marcha de los Cuatro Suyos” que llegue hasta Lima. La fecha se anunciará tras una nueva consulta entre dirigentes y las bases regionales.

Los ánimos en contra de Boluarte han ido en aumento por disponer el Estado de Emergencia en varias ciudades que permitió que militares salgan a las calles. En videos compartidos en redes sociales se aprecia cómo estos dispararon a quemarropa con sus fusiles de guerra. Sin embargo, hay que mencionar que también se registraron actos vandálicos que conllevaron a la toma de aeropuertos y la destrucción de sedes de entidades públicas y privadas.

Félix Suasaca, presidente del Frente de Defensa Unificado Contra la Contaminación de la Cuenca Coata y el Lago Titicaca, indicó que se mantiene la unidad en la macrosur, a fin de acatar las medidas de protesta.

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“Este será un paro indefinido y de no ser atendidos o de no recibir una respuesta del nivel central, empezaremos a trabajar la parte legal para separar a la macro sur del Perú”, advirtió.

Al respecto, la Fiscalía de la Nación dispuso el 15 de diciembre pasado, a través de la Resolución Nº 2673-2022 MP-FN, que las fiscalías provinciales especializadas contra la criminalidad organizada puedan intervenir de forma inmediata y realizar diligencias urgentes por delitos que puedan cometerse “en el marco de las manifestaciones que se vienen realizando en el país”.

“(…) y en caso que los delitos materia de intervención no se encuentren en el ámbito de su competencia material, podrán derivar de manera directa la continuación de la investigación a la fiscalía provincial directiva”, señala lo dispuesto por el Ministerio Público sobre el actuar frente a las manifestantes que se tornen violentas por algunos azuzadores.

Según el ex director general de la Policía, Eduardo Pérez Rocha, esta disposición fiscal significa que la Fiscalía otorga facultades para disponer de detenciones preliminares hasta por 15 días.

“De esta manera, todo aquel que participe en actos vandálicos, que atente contra propiedades públicas o privadas o bloquee carreteras puede ser detenido hasta por 15 días”, explicó al diario Correo que lo cita.

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Además, el especialista menciona que la institución policial está facultada para utilizar armas disuasivas en caso las protestas, previstas para mañana, degeneren en actos violentos que pongan en peligro la vida de los efectivos policiales.

El exdirector de la PNP indica que las medidas que ha tomado el gobierno de Pedro Castillo no son efectivas. Foto: Andina
El exdirector de la PNP indica que las medidas que ha tomado el gobierno de Pedro Castillo no son efectivas. Foto: Andina

Penas claras

El Código Penal es claro cuando detalla los años de pena para los que infrinjan la ley.

  1. Artículo 200:

La toma de locales, obstaculizar vías de comunicación, impedir el libre tránsito o perturbar el funcionamiento de servicios públicos para obtener de las autoridades beneficios o ventajas está penado con 5 a 10 años de prisión.

2. Artículo 281:

Si el vándalo atenta contra instalaciones destinadas a servicios públicos de electricidad, telecomunicaciones o de transportes destinados al uso público recibirá una sanción de 6 a 10 años.

3. Artículo 283:

Quienes impidan o entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios de transporte, comunicación, provisión de agua, electricidad o hidrocarburos recibirán una pena entre 4 a 6 años.

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