Una gran conmoción generó un acto cruel contra los animales provocado por desconocidos quienes quemaron a 15 gatos en el parque Héroes y Mártires del Conflicto del Cenepa, de Chiclayo, durante las fiestas de Año Nuevo.
Los sujetos que llegaron al lugar le lanzaron gasolina a algunas de las casitas de madera y plástico construidas por los vecinos para los felinos que dormían en el interior del refugio.
“Yo he apagado el incendio y he tenido que cargar baldes de agua con mi familia”, comentó a América TV una de las primeras vecinas en percatarse del fuego.
Otros vecinos se fueron sumando para ayudar a apagar el fuego y socorrer a los gatos. Sin embargo, se percataron que alrededor 15 gatos terminaron quemados, algunos con heridas demasiado graves a los que se les tuvo que realizar la eutanasia para que no sufran por el dolor de las quemaduras.
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Ahora los vecinos exigen a las autoridades cumplir con la Ley promulgada de protección animal que contempla cárcel para quienes maltraten a las mascotas, por lo que solicitaron a la Policía Nacional investigar el hecho y capturar a los responsables.
“Se ensañaron con ellos. Había varios gatos a los que le echaron gasolina directamente. Lo que nosotros pedimos es que se haga valer la Ley 30407 de protección animal”, manifestó otra indignada vecina.
Actualmente alrededor de 60 felinos permanecen en el parque y son alimentados por un grupo de personas. Otros vecinos también se encargan de la limpieza y cuidados de estos animales, que presentan otras lesiones, como pérdida de la vista, también provocadas por humanos que los abandonaron.
Los vecinos también comentaron que en el año 2019 ocurrió un acto similar en el parque de Chiclayo conocido como el refugio de gatos.
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Ley contra el maltrato animal
La Ley Nº 30407 o Ley de Protección y Bienestar Animal dispones que quien abandone o maltrate a un animal doméstico o silvestre (perros, gatos, zorros, etc.), recibirá hasta tres años de pena privativa de la libertad.
La ley, publicada en enero de 2016, tiene por finalidad garantizar el bienestar y la protección de todas las especies de animales vertebrados domésticos o silvestres mantenidos en cautiverio, en el marco de las medidas de protección de la vida y la salud pública.
Entre las prohibiciones generales, indica la ley, figura el abandono de animales en la vía pública, por constituir un acto de maltrato y una condición de riesgo para la salud pública.
También se sanciona el uso de animales en espectáculos de entretenimiento público o privado donde se obligue al animal a realizar actividades no compatibles con su comportamiento natural.
Además, está prohibida la tenencia, caza, captura, crianza, compra y venta para el consumo humano de especies animales no definidas como animales de granja, excepto aquellas especies silvestres criadas en zoocriaderos o provenientes de áreas de manejo autorizadas.
El que comete actos de crueldad contra un animal doméstico o un animal silvestre, o los abandona, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años. De igual manera, con 100 a 180 días-multa y con la inhabilitación definitiva o temporal para la tenencia de animales.
Si como consecuencia de los actos de crueldad o del abandono el animal doméstico o silvestre muere, la pena es privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años.
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