Comisión Permanente aprueba informe para la inhabilitación por 10 años del congresista Freddy Díaz

El siguiente paso es nombrar a una subcomisión acusadora para que sustente el informe y formule la acusación ante el pleno del Congreso.

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Freddy Díaz no se encontraba presente esta sesión. (Agencia Andina)
Freddy Díaz no se encontraba presente esta sesión. (Agencia Andina)

La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó este martes el informe que recomienda la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por 10 años contra el parlamentario Freddy Díaz Monago, acusado de violar a una trabajadora de su despacho.

La decisión se tomó por unanimidad con 25 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

Ahora, la Comisión Permanente nombrará a una subcomisión acusadora integrada por uno o más miembros de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC), para que sustente el informe y formule acusación en su nombre ante el pleno del Congreso, de acuerdo con el artículo 89 del Reglamento del Congreso.

La presidenta de la Subcomisión, Lady Camones, informó previamente que la defensa del parlamentario acusado de violar a una trabajadora bajo su cargo presentó el lunes un nuevo pedido de nulidad ante dicha Subcomisión que “repite casi literalmente las seis nulidades planteadas durante el proceso llevado a cabo en la SAC”.

La mesa de la Permanente rechaza de plano la solicitud de pedido de nulidad.

Lady Camones lee el informe final sobre el caso de Freddy Díaz, acusado de violación sexual (Canal N)

Además Camones propuso al congresista Luis Ángel Aragón (Acción Popular) y a ella para ser parte de la Subcomisión acusadora. La propuesta fue probada por 25 votos a favor.

Freddy Díaz no se encontraba presente esta sesión, pese a ser notificado, según la congresista Martha Moyano.

Cabe señalar que en su sesión del pasado 23 de diciembre, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Parlamento aprobó el mencionado informe.

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Informe final

De acuerdo a la conclusión sobre la razonabilidad y proporcionalidad de la sanción de inhabilitación, se señala que esta cumple con el principio de proporcionalidad, por tanto, son razonables, y de esta forma compatibles con la Constitución.

Además, se señala que “se ha demostrado que el congresista denunciado hizo mal uso de su poder como Congresista de la República y su investidura para sostener relaciones sexuales e ingerir licor con una trabajadora que está bajo su cargo, provocándole un daño psíquico a la misma y sobre todo empleando las instalaciones y recursos públicos que le asigna el Congreso de la República”.

Asimismo, “se ha demostrado que el congresista denunciado ha incurrido en infracciones constitucionales de los artículos 10, 2° (numerales 1 y 24 (literal h)), 38° y 390 de la Constitución Política del Estado”.

El documento añade que en la conducta de Freddy Díaz se han observado factores adicionales a los hechos materia de investigación que justifican la aplicación de la sanción propuesta, como son los siguientes:

– Es un alto funcionario del Estado, que tiene una mayor responsabilidad de actuar en beneficio de los peruanos, en vez de hacer mal uso de su cargo,

– Los hechos se llevaron a cabo al interior de un despacho congresal, haciendo un mal uso de los bienes asignados a su persona por su condición de congresista”.

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“En este sentido, analizando las circunstancias, gravedad y otros factores relacionados a los hechos materia de investigación, así como superado el test de proporcionalidad (el cual incluye razonabilidad), se propone la sanción de inhabilitación para el ejercicio de la función pública por 10 años”, indica el informe final.

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