La vicepresidente del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, se pronunció tras el fallo de la institución que permitirá reconformar el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Semanas atrás, el Congreso de la República presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31520 “Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas”. El recurso sobre esta norma fue presentada por el mismo bloque de legisladores que impulsaron la medida.
Según dicta el marco legal, si cinco de los seis magistrados del TC votaban a favor de la inconstitucionalidad de la ley, esta procedía ser constitucional: la suspensión de esta ley de parte del Poder Judicial, que se dictó poco después de aprobada, se dejaba sin efecto y esta entraba en vigencia.
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La Ley 31520 plantea que cinco de los siete miembros del Consejo Directivo de la Sunedu, antes escogidos mediante un concurso público, sean ahora representantes de las universidades públicas y privadas.
La propuesta es similar a la modalidad anterior que regía en la entidad educativa, donde se cuestionaba dicho modelo debido a que la fiscalización provenía de parte de los fiscalizados.
“En el Tribunal jamás estamos inquiriendo por la intención que tienen los recurrentes, por las personas que presentan cualquier tipo de demanda ante el TC. Si estos señores [del Congreso] que han presentado la acción de inconstitucionalidad, [tenían una] intención, eso no lo podríamos deducir cuando llegó [la demanda] y, aunque lo hubiéramos sabido, estábamos obligados a decidir de acuerdo con la Constitución”, manifestó Pacheco en diálogo con RPP.
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La magistrada del TC aseguró que las pretensiones de este grupo de congresistas, integrado por parlamentarios de Fuerza Popular, Perú Libre, entre otras bancadas, “no era un impedimento para que el TC se pronunciara”.
“Si ellos querían ver si realmente lo suyo era constitucional o no, a lo mejor le hubiera salido el tiro por la culata, si es que no lo era. Los argumentos que han empleado, hasta donde sé, son los mismos que la Sunedu utilizó para la medida cautelar que presentó. Es decir, hemos analizado en el fondo las mismas cuestiones”, señaló.
La funcionaria destacó que el TC debe evaluar “siempre (…) si cualquier acción de una persona o institución vulnera derechos fundamentales o derechos previstos” en la Carta Magna. “Solo podemos hacer eso, no podemos decir que nos parece que no es conveniente o que no es técnicamente suficiente porque no somos legisladores”, afirmó.
Descarta fraude procesal
La vicepresidente del Tribunal Constitucional también aclaró que no existe fraude procesal, tal como se indicó desde el escenario público, debido a que el mismo bloque de parlamentarios que impulsó la norma fue la que presentó la demanda de inconstitucionalidad.
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Luz Pacheco explicó que “no se dan las condiciones” para que pueda existir esta situación. “De ninguna manera, no la hubo. No se puede calificar de fraude, para que lo hubiera tendría que haber algo contrario a la norma”, dijo Pacheco.
La magistrada también resaltó que si el TC hubiese declarado una medida contraria a la que se dictó, la norma anterior no hubiese entrado en vigencia. “Si hubiéramos declarado que no es constitucional, no revive la norma anterior. Hubiésemos un daño peor al país”, manifestó.
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