Sunedu rechaza “campaña de desinformación contra la Reforma Universitaria”

“Es falso que la Sunedu o la Ley Universitaria 30220 atenten contra la autonomía universitaria. Contrariamente a lo que se pretende afirmar, la Sunedu no tiene injerencia alguna en los currículos de estudio”, señalaron tras la decisión del TC.

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Sunedu rechaza campaña de desinformación. (Andina)
Sunedu rechaza campaña de desinformación. (Andina)

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) expresó su rechazo a lo que considera una campaña de desinformación respecto a la reforma universitaria después de que el Tribunal Constitucional (TC) emitiera una sentencia respecto a la Ley 31520 del Congreso que permite la recomposición del Consejo Directivo de la entidad supervisora.

Los integrantes del Consejo Directivo (CD) de la Sunedu consideraron prematuro emitir un pronunciamiento institucional sobre una sentencia que no ha sido publicada aún, y de la que solo han tomado conocimiento a partir de la difusión de una nota de prensa y las declaraciones de magistrados del TC.

Sin embargo, expresaron su sorpresa por la actuación del TC, al adelantar el sentido de su fallo “con inusual premura”. Por ello, creyeron conveniente “aclarar” los siguientes puntos:

Es falso que la Sunedu o la Ley Universitaria 30220 atenten contra la autonomía universitaria. Contrariamente a lo que se pretende afirmar, la Sunedu no tiene injerencia alguna en los currículos de estudio que se imparten en las universidades, ni en la contratación o nombramiento de docentes, ni en los criterios de calificación que emplea cada casa de estudios”, señaló la institución a través de un comunicado.

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Sunedu considera que sus facultades de supervisión le permiten asegurar que la oferta educativa reúna las condiciones básicas de calidad.
Sunedu considera que sus facultades de supervisión le permiten asegurar que la oferta educativa reúna las condiciones básicas de calidad.

Sunedu considera que sus facultades de supervisión le permiten asegurar que la oferta educativa reúna las condiciones básicas de calidad y que los recursos de las universidades se empleen efectivamente en brindar el servicio educativo.

“Es falso que la Sunedu sea manejada por el Poder Ejecutivo, por algún partido político o por un grupo minoritario de universidades. La ley establece claramente que la Sunedu es un organismo autónomo y técnico. En esa línea, las decisiones que toma su CD son absolutamente independientes. Ni el superintendente ni los miembros del CD responden por sus votos ante ninguna autoridad”, agregaron.

Argumentaron que cinco de los siete integrantes del consejo directivo son seleccionados por concurso público de méritos y con opinión favorable del Consejo Nacional de Educación. Solamente dos (el superintendente y el representante de Concytec) son designados sin concurso público.

“Es falso que la Sunedu haya utilizado el licenciamiento para favorecer a ciertos grupos empresariales. A la fecha, la Sunedu ha licenciado 93 universidades, de las cuales más de la mitad (47) son públicas”, apuntaron.

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“Es falso que la Sunedu haya utilizado el licenciamiento para favorecer a ciertos grupos empresariales. A la fecha, la Sunedu ha licenciado 93 universidades, de las cuales más de la mitad (47) son públicas. No existen monopolios en la educación superior universitaria peruana. Lo que ha habido es un necesario proceso de depuración, en el que 45 universidades que no cumplían con las condiciones básicas de calidad han perdido la autorización para seguir operando con un servicio educativo deficiente”, indicaron.

Finalmente negaron que sea cierto que “Sunedu haya invertido dinero público en publicidad en medios de comunicación”.

Rectora de la UNMSM conforme

Por su parte, la rectora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), Jeri Ramón Ruffner, sostuvo que el TC, al declarar infundada la demanda constitucional contra la Ley 31520, devuelve la autonomía a las universidades públicas para que puedan mejorar la calidad de su educación e investigación.

Indicó que la referida norma se tiene que ejecutar inmediatamente para que las universidades y sus respectivas facultades recuperen su pleno funcionamiento en todo el país.

“Al restituirse con la Ley 31520 el primer punto de la autonomía y el uso pleno del artículo 18 de la Constitución Política, yo creo que es muy importante esta modificación. Luego el artículo 17, que es fundamental también para el desarrollo de las universidades en cuanto a su composición”, manifestó a través de Red de Comunicación Regional (RCR).

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