Sunat: Sepa cómo se realiza la declaración anual del Impuesto a la Renta 2022

La presentación de la declaración anual de renta 2022 iniciará el 24 de marzo y se extenderá hasta el 11 de abril del 2023, de acuerdo con el último dígito del RUC del contribuyente.

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Todos los años, miles de empresas en el Perú declaran frente a la Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria (Sunat) el Impuesto a la Renta.
Todos los años, miles de empresas en el Perú declaran frente a la Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria (Sunat) el Impuesto a la Renta.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó el cronograma de vencimientos, formularios y otras disposiciones para que los contribuyentes presenten la Declaración Jurada anual del Impuesto a la Renta 2022 y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF).

Los plazos para la presentación de la Declaración Anual de Renta 2022 inician el 24 de marzo y durarán hasta el 11 de abril de 2023. Asimismo, están ordenados de acuerdo con el último dígito del RUC del contribuyente.

En esa línea, para las personas naturales -según la resolución de Superintendencia N.º 288-2022/Sunat- el formulario virtual N.º 709 estará disponible en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) y en el APP Personas a partir del 6 de marzo del 2023. En esta fecha podrán presentar su declaración sin necesidad de esperar los vencimientos.

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Además, también como todos los años, estará a disposición del público el archivo personalizado con información referencial de las rentas, gastos, retenciones y pagos del Impuesto a la Renta y del ITF para que puedan verificarlo, completarlo o modificarlo, de corresponder, para la presentación de la Declaración Anual.

Cronograma Declaración de Impuesto a la Renta 2022. Fuente: Diario El Peruano.
Cronograma Declaración de Impuesto a la Renta 2022. Fuente: Diario El Peruano.

Por su parte, para las empresas, el Formulario Virtual N.º 710, simplificado o completo, se encontrará habilitado en Sunat Virtual a partir del 2 de enero del 2023. Esto con el fin de facilitar la declaración, ya que contiene información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN), que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.

Obligados a declarar

Deben presentar la Declaración Anual de Renta 2022 las personas naturales que:

- Hubieran percibido Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y, al mismo tiempo, deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.

- Los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.

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- Los que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categorías que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.

- También deben cumplir con esta obligación quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.

- Los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.

Una declaración incompleta o mal efectuada puede generar deudas de miles de soles ante el ente recaudador de tributos.
Una declaración incompleta o mal efectuada puede generar deudas de miles de soles ante el ente recaudador de tributos.

En el caso de las empresas se mantiene la obligación de presentar la Declaración de Renta 2022 para aquellos contribuyentes que hubieran generado rentas o pérdidas de Tercera Categoría del Régimen General o del Régimen Mype Tributario (RMT).

También se encuentran obligados a presentar la declaración, las personas o entidades generadoras de Rentas de Tercera Categoría que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.

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Finalmente, se ha incorporado en la obligación de presentar la Declaración Anual de Renta 2022 a aquellos contribuyentes del Régimen General que deduzcan los créditos por impuesto abonado por la distribución de dividendos o utilidades.

¿Cómo se realiza la declaración de la renta?

Existen dos formas:

a. El Formulario Virtual N° 710: Renta Anual - Simplificado – Tercera Categoría, debe ser utilizado por los sujetos que durante el ejercicio gravable a declarar hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del RMT, salvo que en dicho ejercicio gravable se encuentre en los supuestos detallados en el inciso siguiente.

Si deseas declarar, ingresa al Formulario Virtual N° 710: Renta Anual - Simplificado – Tercera Categoría

b. Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, debe ser utilizado únicamente por los sujetos que durante el ejercicio gravable a declarar hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto, y que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

1. Sus ingresos netos superen las 1.700 (mil setecientas) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

2. Gocen de algún beneficio tributario.

3. Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.

4. Estén obligados a presentar la declaración jurada anual informativa Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País.

Conoce cómo declarar el impuesto a la Renta a la  Sunat.
Conoce cómo declarar el impuesto a la Renta a la Sunat.

5. Estén obligados a presentar el Balance de Comprobación.

6. Pertenezcan al sistema financiero.

7. Hayan presentado el anexo a que se refiere el artículo 12 del Reglamento del ITAN, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2005-EF, mediante el cual se ejerce la opción de acreditar los pagos a cuenta del Impuesto contra las cuotas del ITAN.

8. Hayan intervenido como adquirentes en una reorganización de sociedades.

9. Deduzcan gastos en vehículos automotores asignados a actividades de dirección, representación y administración, de conformidad con lo dispuesto en el inciso w) del artículo 37 de la Ley.

10. Hayan realizado operaciones gravadas con el ITF, conforme a lo previsto en el inciso g) del artículo 9 de la Ley del ITF.

Hayan celebrado contratos de colaboración empresarial que lleven contabilidad independiente de la de sus socios o partes contratantes.

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