Ley del teletrabajo: reglamento y todo lo que debes saber de la norma

En la resolución del MTPE, se precisa que los empleadores deben compensar a los trabajadores por el uso de equipos propios, el servicio de internet y el consumo de luz.

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Las empresas tendrán 60 días
Las empresas tendrán 60 días para adecuarse a nuevo reglamento de teletrabajo.

El reglamento de la nueva ley del teletrabajo se publicó el pasado 22 de diciembre de forma preliminar en el Diario Oficial el Peruano, a través de la Resolución Ministerial N.° 347-2022-TR del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

En el texto del documento se indicó que el sector otorgó un plazo de 10 días calendario (hasta el 1 de enero del 2023) para recibir sugerencias, comentarios o recomendaciones de los empleadores y trabajadores, de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general.

Según la norma, el teletrabajo puede realizarse de manera total (que todas las prestaciones de labores, salvo eventuales actividades o coordinaciones, no sean presenciales) o parcial (se acuerda la prestación de actividades presenciales y no presenciales).

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MTPE prepublicó el reglamento de
MTPE prepublicó el reglamento de la nueva ley del teletrabajo. (Andina)

Entre otras consideraciones, se precisó que dicha modalidad es “voluntaria” y con un acuerdo de por medio entre empleador y trabajador.

En caso no se llegue a dar el acuerdo no se dará la extinción de la relación laboral ni se modificarán las condiciones del trabajo. Además no hay limitación para que las labores se realicen en territorio nacional o extranjero.

En la ley del teletrabajo se señaló que las empresas contratantes deben entregar los equipos y el servicio de acceso a internet, o asignar las compensaciones económicas por la provisión de estos al teletrabajador y del consumo de energía eléctrica. Salvo que las partes lleguen a otro acuerdo.

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La pandemia obligó a muchas
La pandemia obligó a muchas empresas a optar por la modalidad del teletrabajo. (Andina)

El reglamento también es claro en que si un teletrabajador realiza la provisión de los equipos “no significará” que no deba ser compensado.

“La provisión de estos no implica, bajo ningún supuesto, que el/la teletrabajador/a asuma la totalidad de los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral”, se lee en el documento.

El empleador estará obligado a compensar entre 39 y 140 soles mensuales por el servicio de internet, dependiendo de la región en la que se encuentre y el operador contratado.

Una gran número de trabajadores
Una gran número de trabajadores aplican el teletrabajo y afirman que sienten con más tiempo y productivos.

Asimismo, la compensación por el uso de la electricidad dependerá de si el teletrabajador ocupa una computadora de escritorio o una laptop. En el primer caso el pago mensual será de 69,84 soles, mientras que en el segundo asciende a47,90 soles.

Cabe precisar que mediante convenios o acuerdos colectivos se pueden disponer “mejoras” a lo planteado en dicho reglamento.

La norma, sea reglamentada o no, entrará en vigencia el 1 de enero y todos los trabajadores que se encuentran laborando a través de la antigua ley de teletrabajo o a través del trabajo remoto deberán acomplarse.

Beneficios

Eduardo García ocupa actualmente la
Eduardo García ocupa actualmente la titularidad en el Ministerio de Trabajo.

El ministro de Trabajo, Eduardo García, destacó que el teletrabajo trae una serie de beneficios a los trabajadores como ahorrar horas de traslado que son consumidas en el tránsito, además del ahorro que representa no gastar en pasajes diarios. Asimismo, destacó que esta modalidad de trabajo permite conciliar la vida laborar y familiar.

En ese sentido, destacó que en esta nueva ley se delimite las responsabilidades entre el trabajador y su empleador y se precise que los costos de energía eléctrica e Internet usados en el teletrabajo sean asumidos por el empleador.

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