El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el aumento de sueldo para los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes de los decretos legislativos 728 y 1057, así como de las leyes 30057, 29709 y 28091. Esto entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2023.
La institución publicó el 25 de diciembre el Decreto Supremo 311-2022 en el diario El Peruano y oficializó la medida que será beneficiosa para los empleados del aparato del Estado peruano. Según datos del MEF, estas mejoras salariales beneficiarán a 498.696 empleados públicos.
En el dictamen se señala que la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 autoriza al MEF para que apruebe el incremento mensual de los servidores de los regímenes de los decretos legislativos y leyes mencionadas, acordado en una cláusula del Convenio Colectivo Centralizado 2022-2023.
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De esa forma, se fija el aumento mensual aprobado para los siguientes servidores, directivos y funcionarios de los regímenes citados:
-Decreto Legislativo N.º 728: 51.11 soles
-Decreto Legislativo N.º 1057 (CAS): 64.19 soles
-Ley N.º 30057, Ley del Servicio Civil: 52.21 soles
-Ley N.º 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria: 55.67 soles
-Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República: 55.67 soles
La norma también remarca que en caso el ingreso mensual total, que incluya el incremento aprobado en el cuadro precedente, supere el monto de 15.600 soles, el incremento mensual se ajustara a dicho límite.
Además, se dispone que el incremento mensual aprobado en la presente norma tiene carácter remunerativo, es de naturaleza pensionable, se encuentra afecto a cargas sociales y constituye base de cálculo para los beneficios laborales que correspondan.
Condiciones
Se determina que para el otorgamiento del incremento mensual, se observan las siguientes condiciones:
a) En las entidades del Gobierno Nacional y en los gobiernos regionales, los servidores beneficiarios deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (Airhsp) del MEF.
b) El ingreso mensual total del servidor no debe superar el monto de 15,600 soles, de conformidad con el artículo 2 del decreto de urgencia 038-2006.
Además, se dicta que el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes de los DL 728 y 1057, así como de las Leyes 30057, 29709 y 28091, dispuesto en el presente decreto supremo constituye un concepto independiente a los ingresos que perciben y se incorpora en la planilla de pagos.
Se dispone que en el caso de las entidades del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF procede de oficio al registro de los aumentos mensuales, aprobados en la presente norma, en el Airhsp.
Financiamiento y vigencia
Se establece que el financiamiento de lo establecido en el presente decreto supremo es con cargo al presupuesto institucional de las respectivas entidades.
“En el caso de las entidades públicas a las que hace referencia el artículo 72 del decreto legislativo 1440, norma del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las municipalidades y los organismos públicos descentralizados de los gobiernos regionales y locales, en caso corresponda, el gasto que irrogue la implementación de lo dispuesto en el presente decreto se financia con cargo a sus respectivos presupuestos institucionales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público”, se lee en el texto del dictamen.
Escala de aumento
Los trabajadores estatales que están bajo el régimen laboral comprendido en el decreto legislativo N°728 recibirán un incremento mensual de 51.11 soles, lo que hace un total de S/613.32 en 12 meses.
Los que están bajo el régimen laboral comprendido en el decreto legislativo N.° 1057 (CAS), el aumento mensual será de 64.19 soles (S/770.28 en 12 meses)
Los de la Ley Servir, su incremento será de S/52.21 (626.52 soles en un año)
Los del INPE y de la Ley del Servicio Diplomático de la República recibirán un aumento de 55.67 soles, lo que equivale a S/668.04 al año.
Aguinaldo y bono
Este mes de diciembre, los trabajadores del sector público recibieron en total un monto de 1.050 soles como parte de una bonificación extraordinaria y pago de aguinaldo.
El aguinaldo 2022 se incrementó de 300 a 500 soles, de acuerdo a la última declaración de la presidenta Dina Boluarte, por lo que muchos trabajadores aún esperan el depósito de los 200 soles restantes.
En el caso del bono de 550 soles se da con el fin de ir incrementando las remuneraciones salariales en este sector. Este importante acuerdo se firmó el 30 de junio porque es la primera vez que un convenio logra mejoras para este grupo de servidores públicos.
565.000 trabajadores serán beneficiados con este acuerdo, que tendría un costo fiscal de S/ 830 millones. El Estado dispondrá de S/ 514 millones todos los años, ya que tiene naturaleza permanente.
¿Desde cuándo se cobrará este aumento de sueldo?
El decreto indica que desde el 1 de enero de 2023, los trabajadores estatales podrán cobrar este incremento salarial mensual, pero este se incorporará a la planilla de pagos, y está configurado como un concepto independiente a la remuneración que perciben.
Día no laborable
El gobierno de Dina Boluarte declaró, mediante el decreto N° 151-2022-PCM, al lunes 2 de enero como día no laborable. “En tal sentido es conveniente establecer los días no laborables sujetos a horas de trabajo compensables para el año 2023 y enero del año 2024″, se lee en el documento.
En el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, que establece los días no laborables, no se consideraba al 2 de enero del 2023 como un feriado o día no laborable.
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