En las últimas horas del martes 13 de diciembre, la Fiscalía de la Nación hizo público el pedido de 18 meses de prisión preventiva contra el expresidente de la República, Pedro Castillo, quien cumple detención preliminar por siete días tras un autogolpe seguido de un intento de fuga del país el pasado 7 de diciembre.
El fiscal supremo Uriel Terán fue el encargado de presentar este requerimiento contra el vacado exmandatario ante el Poder Judicial. Ahora, el juez supremo Juan Checkley tiene un plazo de 48 horas para programar una audiencia sobre este pedido en el marco de la investigación que se le sigue a Pedro Castillo.
Según se conoció, Terán presentó esta petición luego de que el juez supremo del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria aprobara la formalización de la investigación preparatoria contra el exjefe de Estado y el expresidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres.
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Al ser presentado este requerimiento, la detención preliminar dictada contra Castillo Terrones podría extenderse hasta que se emita el fallo correspondiente por un juez. De ser aplicable esta medida, se descartaría la liberación del exmandatario en las próximas horas.
Apelación contra detención preliminar fue rechazada
La Sala Penal Permanente rechazó este martes un recurso de apelación que interpuso el abogado del expresidente Pedro Castillo contra la detención preliminar por siete días que le impuso el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria por los presuntos delitos de rebelión y conspiración.
Según confirmó la Sala que preside el juez supremo César San Martín, la detención contra Castillo Terrones, efectuada mientras se dirigía a la Embajada de México tras su último mensaje a la nación, se ajustó a lo dispuesto en el Código Procesal Penal.
Ante ello, el juez supremo dispuso que el mandatario cumpla con los siete días que le impuso el juez Juan Carlos Checkley Soria a pedido del Ministerio Público.
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Es necesario mencionar que el magistrado consideró en su resolución que el delito de rebelión no se da únicamente mediante el alzamiento en armas, sino que pretende quitar autoridad a las instituciones democráticas, a fin de concentrar todo el poder.
Además, remarcó que al tratarse de un ilícito de intención sí permite la tentativa. Con respecto a la figura de conspiración, precisó que debe haber coautoría anticipada.
Lo mencionado por el ente regulador se dio luego que Ronald Atencio y Raúl Noblecilla, abogados del exmandatario, argumentaran en la audiencia que el expresidente no cometió los delitos que se le imputan, pues para que se configure el ilícito de rebelión es necesaria la participación de varias personas y que, además, se alcen en armas. Los juristas precisaron que estos supuestos no ocurrieron y aseguraron que el exmandatario no tenía intención de asilarse en México.
Cabe recordar que, Marcelo Ebrard, secretario de Relaciones Exteriores de dicho país, y el propio presidente mexicano Manuel López Obrador (AMLO) confirmaron públicamente que se Castillo Terrones había ratificado su solicitud de asilo a la embajada.
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