Estado de emergencia: ¿Se podrá viajar? ¿Habrán fiestas de Año Nuevo? Preguntas y respuestas sobre esta medida

Los ministros de Estado han informado en las últimas horas de qué forma se llevarán a cabo las fiestas de fin de año y aclararon las dudas sobre un posible toque de queda en el país

Guardar
Crisis en Perú: heridos y
Crisis en Perú: heridos y fallecidos, el escenario de los primeros días de manifestaciones.

El Gobierno de Dina Boluarte oficializó a través de un Decreto Supremo el estado de emergencia a nivel nacional debido a las violentas protestas en Perú. Al respecto, han surgido una serie de dudas sobre qué prohibiciones podrían establecerse y cómo esto podría afectar el día a día de los ciudadanos. Sobre todo, en una fecha próxima a celebrarse Navidad y Año Nuevo, donde es común planificar viajes y reuniones con los seres queridos. El abogado Heber Joel Campos conversó con Infobae Perú y resolvió estas interrogantes.

“El estado de emergencia ocurre cuando está en cuestión la seguridad pública y el orden interno. Esto tiene dos consecuencias. Primero, se puede suspender el ejercicio de algunos derechos. Esto tiene que ser muy claro, no es que se suspendan los derechos ni que se desconozcan, solo se suspende su ejercicio de algunos de ellos. Lo segundo es que se puede permitir que las Fuerzas Armadas se hagan cargo de manera directa de la seguridad pública. Pero la declaración de un Estado de Emergencia siempre es una medida excepcional”, explicó el letrado.

De acuerdo a Campos, esta medida puede durar, como máximo, 60 días. Sin embargo, sí es posible que el Poder Ejecutivo lo extienda mediante la creación de un nuevo Decreto Supremo que lo establezca. En el caso de la declaratoria de emergencia dictada actualmente, se ha establecido un tiempo límite de 30 días.

Te puede interesar: Protestas en Perú EN VIVO: estado de emergencia, vías bloqueadas y pérdidas millonarias en el séptimo día de manifestaciones

Restricciones en el Estado de Emergencia

El también profesor de la PUCP señaló a este medio que esta medida suspende el ejercicio de ciertos derechos que están previstos en el artículo 137 de la Constitución Política de Perú, pero no contempla todos los derechos de los ciudadanos. De acuerdo a la Carta Magna, solo se suspenden el ejercicio del derecho a la libertad y seguridad personal, inviolabilidad de domicilio y libertad de reunión y tránsito.

Artículo 137. Estado de emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2° y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo. En ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie.

En el caso de la libertad de reunión, este es uno de los ejercicios que se ha establecido anteriormente en el país durante el estado de emergencia declarado por la pandemia contra la COVID-19. Esta restricción consiste en la prohibición de cualquier tipo de reunión social.

En efecto, el Decreto Supremo publicado este miércoles indica que “quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú”.

Respecto a un posible toque de queda, hasta el cierre de esta nota, este recurso no ha sido incluido como una medida vigente. A través de Twitter, el ministro de Defensa explicó el Estado de Emergencia no impide la realización de eventos, fiestas o ceremonias de otra índole.

“El estado de emergencia nacional decretado hoy no impide la realización de eventos, reuniones, fiestas, conciertos o actividades comerciales. El país debe seguir adelante, especialmente porque miles de familias emprendedoras cuentan con los ingresos de la campaña navideña”, señaló Otárola.

Te puede interesar: EN VIVO: Titulares de Reniec, JNE y ONPE debaten en el Congreso el adelanto de elecciones

¿Qué pasa con las fiestas de fin de año?

Heber Joel detalló que las reuniones de fin de año sí podrían verse perjudicadas si es que el gobierno declara un toque de queda que prohíba las reuniones sociales y el tránsito en determinadas horas de la noche y madrugada. Pero esta medida debe ser comunicada por las autoridades y, hasta el momento, no se ha afirmado nada sobre ello.

Campos resaltó que las prohibiciones de reunión social deben venir acompañadas de justificaciones razonables y situadas en el contexto actual. El abogado comparó las medidas dictadas durante la pandemia y refirió que el estado de emergencia debe ser manejado de manera distinta.

“Cuando estuvimos en pandemia, lo que se buscaba con el toque de queda era que la COVID-19 no se propague. Entonces, las reuniones masivas se prohibieron. Pero en este caso, el estado de emergencia se decreta para evitar que estas movilizaciones afecten contra la integridad de las personas y se ponga en riesgo la seguridad pública. En ese entendido, el elemento principal será establecer medidas que tengan como efecto reducir el riesgo de que se descontrole el orden interno en el país. Visto de esa manera, no sé hasta qué punto sería razonable que se prohíba reunirse con su familia. Desde mi punto de vista, no lo sería”, señaló

Al respecto, José Tello, ministro de Justicia, dijo: “Si alguien se va a casar, no se preocupe, puede casarse”. Señaló que este es un ejemplo, pero así será con cualquier otra ceremonia u otro tipo de actividades. Remarcó que la población no debe entrar en el juego de los violentistas.

Por su parte, el ministro del Interior, César Cervantes, indicó que dichas actividades podrán realizarse con normalidad. Sin embargo, dejó en claro que las disposiciones continuarán en constante evaluación.

Ministro de Justicia se pronuncia sobre la posibilidad de hacer reuniones sociales. Canal N

¿Se podrá viajar?

Los viajes en diciembre son muy comunes. Las personas utilizan este mes para reunirse con sus seres queridos o simplemente disfrutar de un nuevo destino con sus familias. No obstante, con la declaratoria del estado de emergencia, se ha puesto en duda la posibilidad de viajar durante los próximos 30 días que dura esta medida. Al respecto, el ministro del Interior resolvió hoy esta duda.

“Las personas podrán viajar. Si la zona donde van a transitar no se ve afectada, con un pase especial. Pero todo está en evaluación”, dijo a Exitosa Noticias.

El día de hoy se han registrado un total de 14 ciudades en el norte, sur y centro del país cuyos accesos están cerrados a causa de las protestas. Este es el mapa que publicó la Policía de Perú sobre las regiones que mantienen sus vías interceptadas:

Cajamarca

- Km.117 Carretera Cajamarca - Chota

- Km. 59+500 Hualapampa Jaen - Cajamarca

- Km. 1545 - 1551 Cayalluc Cutervo - Cajamarca

- Km.148 y 152 Puente Oscar Burga. Carretera Cajamarca - Chota

- Km. 124 Carretera Cajamarca - Chota, sector Samancay, distrito de Chota

Bagua

- Km. 147 Carretera Fernando Belaúnde Terry, sector Chiple. Red vial de Oriente a Norte

- Km 59 + 500 Carretera Fernando Belaúnde Terry, sector Hualapampa

- Km. 200 Carretera Fernando Belaúnde Terry - Bagua Grande, sector Curva del Diablo

- Km. 229 Carretera Fernando Belaúnde Terry - Bagua Grande, sector puente San Luis

- Km. 293 + 450 Carretera Fernando Belaúnde Terry - Centro Poblado Pedro Ruiz Gallo

Tarapoto

- Km. 457 Carretera Fernando Belaúnde Terry - Sector Elías Soplín Vargas - Segunda Jerusalén

Chiclayo

- Km. 60 Carretera Fernando Belaúnde Terry - Sector puente Hualapampa, provincia de Huarmaca, departamento de Piura.

Trujillo

- Km. 512 Carretera Panamericana Norte - Sector San José, distrito de Virú, departamento de La Libertad.

- Km. 501 Carretera Panamericana Norte. Chao, distrito de Virú, departamento de La Libertad.

Ucayali

- Km. 5500 Carretera Longitudinal de la selva (ex carretera F.B.T)

- Km. 110 Carretera Federico Basadre (Altura Puente San Alejandro)

- Km. 72, 86 y 90 Carretera Federico Basadre

- Km. 163 Carretera Federico Basadre

- Km. 152 Carretera Federico Basadre

- Km. 19 Carretera Federico Basadre

Cusco

- Km. 13 + 500 de la red vial nacional Cusco - Paruro

- Km. 1068 de la Red Vial Interoceánica Sur Nazca - Puno (Checacupe, Canchis - Cusco)

- Km. 1076 + 500 de la Red Vial Interoceánica Sur Nazca - Puno, sector de puente Combapata (Combapata, Canchis - Cusco)

- Km. 1085 sector Nacnagmarca, red vial Sur Nazca - Puno.

- Km. 1112, 1119, 1120 Sector Puente Arturo. Red vial Sur Nazca - Puno

- Km. 49 Red vial Sur Nazca - Puno. Entrada Óvalo Puma

- Km. 01 Red Vial Sur Nazca - Puno, salida la quebrada óvalo Arriero

- Km. 59 Puente Urubamba Vía Cusco - Urubamba

- Km. 199 Distrito de Huayopata, aprox. de la red vial Cusco - Quillabamba

- Km. 215 Distrito de Maramura, aprox. de la red vial Cusco - Quillabamba

- Km. 199 Distrito de Santa Ana, aprox. de la red vial Cusco - Quillabamba

- Km. 221 Distrito de Santa Ana, aprox. de la red vial Cusco - Quillabamba

Situación de la red vial
Situación de la red vial nacional por las protestas y marchas en el Perú

Madre de Dios

- Km. 383 Vía interoceánica Urcos Iñapari, sector Santo Domingo (cruce Laberinto)

- Km. 324 + 500 al Km. 355 de la vía Cusco - Puerto Maldonado

Ica

- Km. 252 y 261 carretera Panamericana Sur

- Km. 227 carretera Panamericana Sur, sector Puente Huamaní

- Km. 317 al 328 carretera Panamericana Sur

- Km. 290 carretera Panamericana Sur, sector de La Expansión - Ica

- Km. 448 carretera Panamericana Sur

- Km. 16 de la C.V.L.L jurisdicción del DESPRCAN Humay

Lima

Km. 40 carretera Penetración Huaura Sayán

Arequipa

- Km. 51 al 54 de la vía Arequipa - Puno

- KM. 617 + 500 Chala Caravelí Arequipa.

- Km. 01 al 04 Vía de penetración Arequipa, altura Balanza Repartición, sector 49

- Km. 09 Vía de penetración Matarani - altura del PP-II San Camilo

- Km. 928 CPS - Tambillo a la Pampa de Santa Rita de Siguas

- KM. 900 a la altura de Vaso Regulador de Agua, cruce con San Camilo.

- KM. 925 carretera Panamericana Sur, sector Santa Isabel de Siguas

- KM. 966 Carretera Panamericana Sur cruce con La Joya.

- KM. 969 Carretera Panamericana Sur a la altura de Leche Gloria.

- KM. 956 Carretera Panamericana Sur. Puente Devitor.

- KM. 938 Carretera Panamericana Sur. Santa Rita de Sihuas

- KM. 980 Carretera Panamericana Sur, distrito de San José.

- KM. 89 carretera Costanera - óvalo Matarani

- KM. 921 Carretera Panamericana Sur, altura de la planta de Leche Gloria.

- KM. 905 Carretera Panamericana Sur, cruce de Majes.

- KM.782 Carretera Panamericana Sur (Puente Ocoña).

¿Habrá toque de queda?

De acuerdo a la norma publicada ayer en el diario oficial El Peruano, por el momento el Gobierno no declarará toque de queda nacional, pero es una medida que no se descarta en el caso que las protestas se radicalicen a nivel nacional.

¿Las protestas continuarán?

Una de las interrogantes que han surgido tras la declaratoria del estado de emergencia hace referencia a la posibilidad de participar de manifestaciones sociales. Al respecto, el abogado y docente de la PUCP precisó que no es posible prohibir el derecho a la protesta. Por el contrario, el Estado debe garantizar que estas movilizaciones no pongan en riesgo la integridad física de ningún ciudadano ni se atente contra la propiedad pública y privada.

Medidas de prevención

Heber Joel Campos ofreció las siguientes recomendaciones para evitar tener conflictos durante el estado de emergencia.

- La primera recomendación es estar identificado. Eso es clave. Siempre es importante esto, pero, sobre todo, en un momento como este donde se anuncia un estado de emergencia.

- La segunda recomendación es actuar con prudencia y responsabilidad. Si sabemos que hay algunas localidades donde se están desarrollando actos de violencia, hay que evitar ir a esos lugares.

- La tercera recomendación es tener conocimiento de nuestros derechos. Nunca hay que descartar eso. Si somos objetos de una detención arbitraria o una intervención abusiva, tenemos que denunciarlo inmediatamente y reclamar esa vulneración de nuestros derechos a través de un recurso denominado “habeas corpus” que se puede presentar directamente ante cualquier autoridad jurisdiccional. Esto no requiere de asistencia legal. Cualquier persona puede preparar uno señalando el acto lesivo y reclamando por las libertades. Pero esto es una prevención extrema que no debemos perder de vista.

Motivos de detención

Si bien el estado de emergencia representa una suspensión de ciertos derechos, esto no significa que las personas son vulnerables a ser detenidas o ser privadas de su libertad sin motivo alguno. El abogado Campos explicó que durante estos 30 días todas las intervenciones policiales deben tener una debida justificación y los efectivos deben informar qué procedimientos van a realizar en un operativo “de lo contrario, eso es una detención arbitraria”.

“Para poner un ejemplo muy sencillo: si es que el estado de emergencia establece una suspensión en el ejercicio del derecho de libertad de tránsito entre las 10 de la noche y las 5 de la mañana, y yo me aparezco a las 11 de la noche en el parque de mi casa para conversar con unos amigos, puede venir la Policía, intervenirme y detenerme. La autoridad está actuando en función de lo que prevé el estado de emergencia y es válido. Pero solo si existe una norma que prohíba eso que yo estaba haciendo”, dijo.

Mininter brinda más detalles

César Cervantes, ministro del Interior,
César Cervantes, ministro del Interior, dio algunas especificaciones luego de conocerse el decreto supremo del estado de emergencia (PNP)

El ministro del Interior, César Cervantes, que las reuniones familiares programadas para la fiesta de Navidad y Año Nuevo no deberán verse afectadas por el estado de emergencia establecido por el gobierno de Dina Boluarte.

Según mencionó, el decreto publicado en el diario oficial El Peruano no impedirá las reuniones familiares, sin embargo, no se descarta totalmente medidas más rígidas para estas fechas. Todo esto continuará siendo evaluado a medida que pasen los días y según cómo se van desarrollando las protestas.

Ayuda humanitaria

Últimas noticias en Cusco: turistas
Últimas noticias en Cusco: turistas varados, protestas y manifestaciones por crisis política en Perú. (Noticias Ser / Andina)

Este miércoles 14 de diciembre, el alcalde de Machu Picchu, Darwin Baca León, infirmó que más de 800 turistas se encuentran varados. Para el burgomaestre, esta es una situación extrema que requiere la atención inmediata de las autoridades peruanas.

Ante la grave y tensa situación, la autoridad edil sugirió realizar un puente humanitario de emergencia en las próximas horas y además solicitó la ayuda de las localidades aledañas para resguardar la integridad de los turistas.

“Con el puente humanitario se podrían dar facilidades para que el tren pueda salir de Machu Picchu hasta Ollantaytambo y de Ollantaytambo hacia la ciudad del Cusco en unidades vehiculares”, comentó a través de una entrevista con RPP Noticias.

“Es urgente la evacuación de los turistas y se está coordinando con la empresa PeruRail, el gobierno regional del Cusco y la Gerencia Regional de Comercio Exterior Turismo y Artesanía (Gercetur), para determinar el mecanismo de transporte”, confirmó ante miles de televidentes.

SEGUIR LEYENDO

<br/>

<br/>

Guardar