Viernes 9 de diciembre: ¿feriado o día no laborable?

Este viernes se conmemora un aniversario más de la Batalla de Ayacucho y el gobierno decretó como día libre para todos los peruanos, pero hay dudas respecto a este nueva fecha del calendario nacional.

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El 8 y 9 de diciembre fueron declarados feriados nacionales en el Perú
El 8 y 9 de diciembre fueron declarados feriados nacionales en el Perú

El viernes 9 de diciembre fue declarado por el gobierno peruano como feriado nacional. La norma publicada en el Diario Oficial El Peruano indica que esta fecha es en conmemoración de la Batalla de Ayacucho, que consolidó la independencia de América. Sin embargo, las dudas han surgido entre los trabajadores sobre si este día es también considerado día no laborable y, por ende, las horas dejadas de laborar deberán recuperarse.

De acuerdo a la norma, el 9 de diciembre se introduce como nuevo ‘feriado calendario’ (Ley 31381) modificando el artículo 6 del Decreto Legislativo 713, mediante el cual se consolidó la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos de la actividad privada.

Los días feriados en Perú son señalados por la ley (artículo 6 del D.L N° 713), en donde el trabajador tiene derecho a descansar en ese día y que dicho descanso sea remunerado.

Mientras que los ‘días no laborables’ son horas dejadas de trabajar y que el trabajador deberá devolver en la fecha estipulada, previo acuerdo con el empleador. En este caso, es potestad del jefe de la empresa dar libre a sus trabajadores, de lo contrario se labora como un día normal.

La remuneración que percibe el trabajador por este día corresponde a un día de trabajo, y se abonará en forma directamente proporcional al número de días efectivamente trabajados, excepto el Día del Trabajo, en el cuál se abonará un día de remuneración, sin condición alguna.

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El feriado del 9 de diciembre será aprovechado por miles para hacer turismo interno
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Cuánto te deben pagar por el feriado

Por ejemplo, en el caso de que tu remuneración mensual sea de 1,025 soles, tu remuneración diaria es de 34.17 soles al hacer una división de tu sueldo entre 30 días (1,025/30).

Al saber cuánto percibes por día, puedes calcular cuál sería tu pago. Te correspondería una remuneración por el trabajo realizado: 34.17 soles, una remuneración por la sobretasa del 100%: 34.17 soles.

En ese sentido, el total serían 68.34 soles por cada feriado laborado adicional a tu remuneración mensual. Entonces, por dos feriados laborados te deberían abonar 136.68 soles, con lo cual a fin de mes recibirás en total 1,161.68 soles.

Otras consideraciones del feriado

El trabajador que labore en los días declarados por ley como feriados podrá también sustituir el día laborado por otro, de acuerdo a la programación y acuerdo con el empleador.

En caso tu empleador te otorgue un día de descanso en sustitución de cada feriado laborado, ya no recibirás suma adicional alguna. Ten en cuenta que los trabajadores de la micro y pequeña empresa también tienen derecho a gozar de descansos remunerados en los feriados no laborables.

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Multas para empresas

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas a los descansos en feriados no laborables es considerado como una infracción “muy grave” y dependiendo del tipo de empresa y cantidad de trabajadores afectados se puede sancionar de la siguiente manera:

Si es una microempresa: La multa oscila entre 1058 y 3128 soles. Si se trata de una pequeña empresa, la multa está entre 3542 y 35 mil 190 soles. Y si es una no MyPE, la multa se considerará entre 12 mil 098 a 241 mil 638 soles.

Si se labora en el feriado nacional, la empresa debe remunerar el doble de lo que se percibe por día
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Diciembre

Viernes 8 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción

Sábado 9 Diciembre: Día de la Batalla de Ayacucho

Lunes 25 Diciembre: Navidad

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